Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 87901
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la que se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears del Acuerdo de ampliación del periodo de ultraactividad del Convenio colectivo de la empresa Unidad Editorial Ediciones Locales, SL y su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (código de convenio 07001152011988

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1.  El 22 de junio de 2020, la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la empresa Unidad Editorial Ediciones Locales, SL, acordó y subscribió el Acuerdo de ampliación de periodo de ultraactividad.

2.  El 29 de junio, Ricardo Manuel Martínez Jiménez, en representación de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación del mencionado Acuerdo.

Fundamentos de derecho

1.  El artículo 90.3 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

2.  El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

3.  El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Inscribir y depositar el Acuerdo de ampliación de periodo de ultraactividad del Convenio colectivo de la empresa Unidad Editorial Ediciones Locales, SL, en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears.

2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora.

3. Ordenar la traducción del texto a la lengua catalana y hacer constar que la versión castellana del texto es la original firmada por la Comisión Negociadora y que la versión catalana es una traducción.

4. Publicar el Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 5 de octubre de 2020

El directora general Trabajo y Salud Laboral Virginia Abraham Orte

 

 

 

En Madrid, a 22 de junio de 2020

REUNIDOS

De una parte,

D. Ricardo Martínez Jiménez con DNI 07242891F, Director de Recursos Humanos y Organización del Grupo Unidad Editorial, actuando en nombre y representación de  Unidad Editorial Ediciones Locales, S.L., en adelante la Empresa.

Y de otra,

Dña. Carmen Morales García con DNI 48871207W, quien interviene como representante del centro de trabajo de Palma de Unidad Editorial Ediciones Locales, S.L., antes Editora de Medios de Valencia, Alicante y Castellón, S.L. y antes Rey Sol, S.A.,  y que ostenta la mayoría de la Comisión Negociadora del convenio colectivo.

Las partes se reconocen plena capacidad jurídica para otorgar el presente documento, y al efecto

EXPONEN

Que el 30 de junio de 2020 expira el periodo de ultraactividad del convenio colectivo de empresa, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 punto 5 del Convenio Colectivo de Unidad Editorial Ediciones Locales, S.L.

Que los firmantes parten de la consideración de que la ultraactividad de los convenios colectivos es materia disponible para los negociadores, por así establecerlo el apartado tercero del artículo 86 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

En virtud de lo expuesto los firmantes, que representan a la totalidad de los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de empresa

ACUERDAN

I. Prorrogar la ultraactividad del Convenio Colectivo de empresa por el periodo de seis meses a partir del 30 de junio de 2020, garantizando hasta el 31 de diciembre de 2020 el mantenimiento del convenio vencido.

II. El presente acuerdo entrará en vigor en la fecha de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2020 salvo que se produzca en fecha anterior la entrada en vigor de un convenio colectivo de empresa que sustituya al que se prorroga en su ultraactividad.

III.  Proseguir la negociación y  firma de un nuevo convenio colectivo.

Y para que así conste a los efectos oportunos, se firma por cuadruplicado ejemplar  el presente documento en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

POR REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES

POR LA EMPRESA