Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR
Núm. 87191
Aprobación inicial de la modificación presupuestaria 20/2020 en la modalidad de suplemento de crédito
MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA
(SUPLEMENTO DE CRÉDITO 20/2021)
Ejercicio 2021
En la intervención de este Ayuntamiento, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 172 y 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, está expuesta al público la modificación 20/2021 en la modalidad de suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería para gastos generales aprobada inicialmente en sesión plenaria de 29/03/2021.
Las personas interesadas, que estén legitimadas según lo dispuesto en el artículo 170.1 del citado Real decreto Legislativo 2/2004, y por los motivos enumerados en el número 2 del artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los trámites siguientes:
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la CAIB.
b) Oficina de presentación: Registro General.
c) Órgano ante el cual se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
En el supuesto de que no se presente ninguna reclamación, la modificación presupuestaria se considerará definitivamente aprobada.
De conformidad con el articulo 177.6 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el articulo 38.4 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, el acuerdo de modificación de Crédito 20/2021 en la modalidad de suplemento de crédito, será inmediatamente ejecutivo, sin perjuicio de las reclamaciones que contra el mismo se puedan promover, que tendrán que substanciarse en el plazo de los ocho días siguientes a la presentación, entendiéndose desestimados de no notificar-se su resolución al recurrente dentro de este plazo.
Llucmajor, 30 de marzo de 2021
El alcalde
Eric Jareño Cifuentes