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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE

Núm. 86855
Anuncio del Consell de Mallorca de información pública de la aprobación inicial del Proyecto de acondicionamiento y mejora del pavimento de un tramo de la carretera vieja de Lluc a Pollença (TM de Pollença)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El 26 de marzo de 2021 la consejera<A[consejera|consellera]> ejecutiva del departamento Sostenibilidad y Medio Ambiente del Consell de Mallorca, por delegación del Consejo Ejecutivo, dictó lo siguiente:

“RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN INICIAL DEL PROYECTO DE ACONDICIONAMIENTO<A[ACONDICIONAMIENTO|CONDICIONAMIENTO]> Y MEJORA DEL PAVIMENTO DE UN TRAMO DE LA CARRETERA VIEJA DE LLUC A POLLENÇA (TM DE POLLENÇA),

Antecedentes de hecho:

Visto el PROYECTO DE ACONDICIONAMIENTO<A[ACONDICIONAMIENTO|CONDICIONAMIENTO]> Y MEJORA DEL PAVIMENTO DE UN TRAMO DE LA CARRETERA VIEJA DE LLUC A POLLENÇA (TM DE POLLENÇA), redactado el 11 de enero de 2021 por<A[para|por]> el ingeniero de caminos, canales y puertos ESTEBAN PISANO PORADA.

Dado que el citado proyecto, una vez entregado por el técnico redactor, fue sometido a supervisión técnica del departamento de Movilidad e Infraestructuras y, en fecha 12 de marzo de 2021, se redactó el pertinente Informe de supervisión por parte de la ingeniera técnica de obras públicas, Inés Salvá Mas, con el conforme de la ingeniera de supervisión de proyectos, Silvia Pastor Pellicer (ECCiP).

Dado que el 25 de marzo de 2021 el Jefe<A[cabeza|cabo|jefe]> del Servicio de Estudios, Planificación y Gestión Ambiental y el director insular de Medio Ambiente, han emitido Memoria justificativa relativa a la necesidad de aprobación del proyecto y de contratación de las obras de acondicionamiento<A[acondicionamiento|condicionamiento]> y mejora del pavimento de un tramo de la carretera vieja de Lluc a Pollença (T.M. de Pollença).

Dado que la citada memoria justificativa señala que el presupuesto de ejecución por contrato, asciende a 283.471,89 euros, IVA incluido, que será el presupuesto base de licitación.

Fundamentos<A[Fundamentos|Cimientos]> jurídicos:

De acuerdo con el artículo 231 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), una vez redactado y supervisado el proyecto mencionado, y previamente al replanteo y a la contratación de la ejecución de las obras que se contemplan, hace falta que el órgano competente apruebe el proyecto. La aprobación del proyecto corresponderá al órgano de contratación a menos que tal competencia esté específicamente atribuida a otro órgano por una norma jurídica.

Visto lo dispuesto en el artículo 36 apartado del Reglamento Orgánico de la Corporación (BOIB nº. 89, de 19/07/2018), y de acuerdo con la base de ejecución 23 (apartado 4º) del presupuesto vigente, corresponde al Consejo Ejecutivo atribuir la contratación y el otorgamiento de concesiones por importe superior a doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 €), cuando la competencia no corresponde al Pleno del Consejo de Mallorca. Ahora bien, de acuerdo con la delegación de atribuciones efectuada por el Consejo Ejecutivo día 12 de agosto de 2015 (BOIB nº. 123, de 15 de agosto), corresponde a las consejeras<A[consejeras|conselleres]> y consejeros<A[consejeros|consellers]> ejecutivos la facultad de dictar actos administrativos en materia de contratación que, de acuerdo con la normativa vigente, no requieren informe previo preceptivo de la Secretaría General de la corporación, como es el caso.

Visto el artículo 149 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares (LMRLIB), estos proyectos, cuando sean obras de primer establecimiento o reforma estructural, se tienen que exponer al público por<A[por|para]> un plazo no inferior a 15 días.

Por ello, de acuerdo con las competencias atribuidas por delegación del Consejo Ejecutivo del Consell de Mallorca (según el acuerdo del Consejo Ejecutivo de 12 de agosto de 2015 -BOIB nº. 123, de 15 de agosto de 2015), en concordancia con lo previsto en los artículos 1 (letra k) y 3 del Decreto de Presidencia de día 9 de diciembre de 2019 (BOIB nº. 167, de 12 de diciembre de 2019) por<A[por|para]> el cual se determina la organización del Consell de Mallorca, la vicepresidenta segunda y consejera<A[consejera|consellera]> ejecutiva de Sostenibilidad y Medio Ambiente RESUELVE:

  1. Aprobar inicialmente el PROYECTO DE ACONDICIONAMIENTO<A[ACONDICIONAMIENTO|CONDICIONAMIENTO]> I MEJORA DEL PAVIMENTO DE UN TRAMO DE LA CARRETERA VIEJA DE LLUC A POLLENÇA (TM DE POLLENÇA), redactado en fecha 11 de enero de 2021 por<A[para|por]> el ingeniero de caminos, canales y puertos ESTEBAN PISANO PORADA, con un presupuesto base de licitación de 283.471,89 euros, IVA incluido,

  2. Someter el Proyecto al trámite de información pública mediante la publicación del anuncio en el BOIB, así como también en la página web del Consell de Mallorca y en su tablón de anuncios, a los efectos de que durante el plazo de quince (15) días hábiles, a contar desde la última publicación, los interesados puedan consultar el expediente y formular las alegaciones que consideren pertinentes. (ubicación del expediente en la Secretaría Técnica del departamento de Medio Ambiente del Consejo de Mallorca C. General Riera, 111 de Palma-07010).”

  

Palma, 26 de marzo de 2021

La secretaría técnica del departamento de Sostenibilidad y Medio Ambiente

Mercedes Moragón Planas