Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA

Núm. 86820
Extracto de la Convocatoria de ayudas de minimis 2021 para apoyar la realización de proyectos cinematográficos o audiovisuales

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 555275

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

1. Bases reguladoras

Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran recogidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca. (Aprobada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 BOIB núm. 21, de 18.02.2017-, modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 BOIB núm. 96, de 04.08.2018).

2. Objeto

Esta convocatoria tiene por objeto llevar a cabo en Mallorca un proyecto cinematográfico o audiovisual que cumpla los requisitos que se indican para cada una de las líneas o categorías:

  • Línea 1: Producción propia de cortometrajes, tanto de ficción como animados.

  • Línea 2: Producción propia de documentales, destinados a los mercados nacionales e internacionales.

  • Línea 3: Desarrollo de guiones para cortometrajes, largometrajes documentales y largometrajes de ficción.

Con esta convocatoria se quiere promover la producción cinematográfica y audiovisual, fomentando un tejido cultural cinematográfico de Mallorca y, en consecuencia, se creen productos de calidad destinados a los mercados nacionales e internacionales.

3. Beneficiarios

  • De acuerdo con lo previsto en el punto 4 de la convocatoria, pueden ser beneficiarias de las líneas 1, 2 y 3, las personas que, estando dados de alta en un epígrafe del IAE del sector de producción audiovisual, cumplan los requisitos siguientes:

  • Personas físicas (autónomos o empresarios individuales) residentes en Mallorca a la fecha de publicación en el BOIB del extracto de esta convocatoria.

  • Personas jurídicas que tengan su domicilio fiscal en Mallorca o, siendo nacionales de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, tengan un establecimiento operativo en Mallorca, antes de la publicación de esta convocatoria.

  • Comunidades de bienes que desarrollen su actividad en Mallorca. Las personas físicas que conforman una comunidad de bienes, no podrán ser beneficiarias de esta convocatoria de manera individual si ya se presentan como parte integrante de una comunidad de bienes. Asimismo, no se puede disolver la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en el artículo 7 de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM.

  • Para las Líneas 1, 2 y 3 (producción propia de cortometrajes, documentales y desarrollo de guiones para cortometrajes, largometrajes documentales y largometrajes de ficción.), En el caso de personas jurídicas, el productor de la obra audiovisual debe ser independiente.

  • En cuanto a la línea 3, no pueden ser beneficiarios de esta convocatoria los autores de guiones.

 

4. Dotación presupuestaria

Durante el ejercicio presupuestario 2021, se prevé destinar para las ayudas de minimis de esta convocatoria un crédito de 216.000,00 € a cargo de las aplicación presupuestaria 20.33430.47904 del ejercicio presupuestario 2021.

​​​​​​​Esta dotación se distribuirá entre las diferentes líneas y categorías de la siguiente manera:

  • Línea 1: 16.000,00 €, para la producción propia de cortometrajes.

  • Línea 2: 180.000,00 €, para la producción propia de documentales.

  • Línea 3: 20.000,00 €, para el desarrollo de guiones para cortometrajes, largometrajes documentales y largometrajes de ficción.

5. Presentación de solicitudes

Las solicitudes se pueden presentar en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

La documentación que se debe presentar para solicitar la ayuda se relaciona en el punto 12 de la convocatoria.

Las personas o entidades interesadas deberán rellenar los modelos de solicitud de esta convocatoria que están disponibles en la sede electrónica del Consell de Mallorca: https://seu.conselldemallorca.net/ apartado "Subvenciones, ayudas becas y premios".

La presentación de solicitudes se hará a través del Registro electrónico del Consell de Mallorca https://cim.sedipualba.es/segex/tramite.aspx?idtramite=12082

Se les recuerda que con la entrada en vigor del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. Se puede tramitar un certificado de representación como persona jurídica a través del siguiente enlace: https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/certificado-de-representante/persona-juridica.

6. Otros datos

El texto completo de la convocatoria, así como los anexos se pueden descargar en la Sede Electrónica del Consell de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net/).

 

Palma, 29 de marzo de 2021

El secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística (Por delegación de la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística. Resolución de 07/23/2019. BOIB núm. 109 de 08/08/2019)