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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA

Núm. 84051
Aprobación definitiva de a modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por paradas, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso público e industrias de la calle y rodaje cinematográfico. Exp 386-21

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Texto

Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 4 de febrero de 2021, se aprobó provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal  reguladora de la tasa por paradas, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso público e industrias de la calle y rodaje cinematográfico, la cual ha sido expuesta al público por un plazo de treinta días hábiles y no se han presentado reclamaciones a la misma. 

Por ello, conforme a lo dispuesto por el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, dicho acuerdo se entiende definitivamente adoptado y se publica su texto íntegro:

Primero.- Modificar la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por paradas, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso público e industrias de la calle y rodaje cinematográfico estableciendo la siguiente disposición adicional:

“La presente ordenanza permanecerá suspendida a partir del día siguiente a la publicación en el BOIB y hasta el 31 de diciembre de 2021.”

 

Capdepera, 29 de marzo de 2021

El alcalde Rafel Fernández Mallol