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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE SANTA MARIA DEL CAMÍ

Núm. 82504
Propuesta resolución expediente sancionador

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Habiendo resultada infructuosa la notificación de la Propuesta de Resolución del expediente sancionador que se sigue contra el Sr. Francisco Campos Castro, por la realización de un depósito de basura incontrolado, se publica ésta en el BOIB de acuerdo con el art. 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

"Examinadas las actuaciones que obran en el expediente sancionador seguido contra el Sr. Francisco Campos Castro con DNI 43146716G, por la realización de un depósito de basura incontrolado en la entrada del punto verde del polígono de Son Llaüt, vulnerando el contenido de los artículos 14 e) y 24 a) de la Ordenanza municipal de Gestión de residuos;

En base al art. 13 del Decreto 14/1994 de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, se efectúa la siguiente,

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

1.-Por Decreto de Alcaldía se dispuso la incoación de expediente sancionador al Sr. Francisco Campos Castro con DNI 43146716G, por la realización de un depósito de basura incontrolado en la entrada del punto verde del polígono de Son Llaüt.

2.-Efectuados los nombramientos de instructora y secretaria del expediente, se dió traslado al interesado, concediéndole el plazo de quince días para realizar las alegaciones que tuviera por pertinentes y proponer prueba.

3.-El Sr. Francisco Campos Castro, no presentó alegaciones.

4.-Dichas actuaciones están tipificadas en la Ordenanza municipal de Gestión de Residuos como infracción grave (art. 24 a)); sancionable con una multa de 750,01 € a 1.500 euros, conforme el art. 26 de la citada Ordenanza.

No obstante, puesto que se trata de un hecho puntual y reconocido por el propio interesado, se podría rebajar la cuantía de la sanción a juicio de la que suscribe y fijarla entre 60 y 750 € que es la misma escala que la de los supuestos de menor relevancia.

Vistos los arts. 13 y siguientes del Decreto 14/1994 de 10 de febrero por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora y dado todo lo expuesto; la instructora que suscribe formula al Sr. Alcalde-Presidente la siguiente propuesta:

Imponer al Sr. Francisco Campos Castro en calidad de responsable de la infracción tipificada en el art. 23.1 b) de la Ordenanza municipal de Gestión de Residuos de este municipio, una sanción de 100 €.

LA INSTRUCTORA

Fdo: Margalida Bonet.

02-03-2021".

Esta propuesta es un acto de trámite, no decisorio, y por tanto no susceptible de recurso, sin perjuicio de impugnar en su día la Resolución que ponga fin al procedimiento.

 

Santa María del Camí, 29 de marzo de 2021

El alcalde-presidente

Nicolau Canyelles