Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 78745
Notificación de Corrección de errores de la Resolución de denegación de fecha 29 de enero de 2021 a los beneficiarios de las ayudas, RCE1 de fecha 25 de marzo de 2021, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 17 de marzo de 2015 por la que se aprueba la convocatoria de ayudas destinadas a la Protección de variedades autóctonas en riesgo de Erosión Genética, para el año 2015, Prórroga 2020
El apartado 8.4. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 17 de marzo de 2015 por la que se aprueba la convocatoria para la Protección de variedades autóctonas en riesgo de Erosión Genética, para el año 2015, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas .
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 25 de marzo de 2021, firmó la siguiente resolución,
"INFORME, PROPUESTA Y RESOLUCIÓN DE CORRECIÓN DE ERRORES DE LA RESOLUCIÓN DEL VICEPRESIDENTE DEL FOGAIBA DE DIA 29 DE ENERO DE 2021
Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020
Mesura 10.1.3. Protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética
Convocatoria 2015 – Pròrroga 2020
Antecedentes
1.Con fecha 19 de marzo de 2015 se publicó, en el BOIB núm. 38, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas a la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética.
2.Con fecha 11 de junio de 2015 se publicó en el BOIB núm. 87, una modificación de la Resolución citada anteriormente.
3.Con fecha 4 de febrero de 2020 se publicó en el BOIB núm. 15, la Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2020, de las ayudas para prorrogar los compromisos asumidos para la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética.
4.Con fecha 27 de mayo de 2020, el Sr. ANTONIO MUNTANER CORRÓ con NIF 78206246J, presentó en el Registro del FOGAIBA, una solicitud de ayuda para poder acogerse a la prórroga de los compromisos asumidos para la protección de variedad autóctonas en riesgo de erosión genética al amparo de la Resolución de la presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de día 3 de febrero de 2020 por la que se aprueba la convocatoria de 2020, publicada en el BOIB Núm. 15 día 4 de febrero de 2021.
5.Con fecha 4 de enero de 2021 se publicó en la web del FOGAIBA la propuesta provisional de denegación del anexo I, otorgando 10 días para presentar alegaciones.
6.Con fecha 29 de enero de 2021 el vicepresidente del FOGAIBA dictó Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 17 de marzo de 2015, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética, para el año 2015, Prórroga 2020, en la que se incluye la denegación de la subvención a ANTONIO MUNTANER CORRÓ, con NIF***0624**.
7.Según consta en la resolución antes mencionada, el motivo por el que se denegó la ayuda fue por el incumplimiento del el Apartado Tercero, punto 6 de la Resolución de la Presidenta del FOGAIBA por la que se aprueba la convocatoria , para el año 2020, de las ayudas para prorrogar los compromisos asumidos para la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética, al amparo de la Resolución del presidente del FOGAIBA de día 17 de marzo de 2015.
8.Con fecha 19 de febrero de 2021 el interesado presentó en el Registro del FOGAIBA documentación que acreditaba el cumplimiento del requisito de estar al corrientes de las obligaciones tributarias. El Sr. ANTONIO MUNTANER CORRÓ con NIF***0624** aportó la Resolución de la Tesorería del ayuntamiento de Pollença de fecha 26 de enero de 2021quan por la que se estima el recurso interpuesto por el Sr. ANTONIO MUNTANER CORRÓ con DNI***0624** contra la providencia de apremio en relación a la notificación efectuada por la Agencia Tributaria de las Islas Baleares según la cual el Sr. MUNTANER no había abonado la tasa correspondiente a una licencia de obras concedida por el Ayuntamiento de Pollença. De acuerdo con la Resolución de tramitación del recurso se da de baja la liquidación de día 3 de octubre de 2017 por un importe de 841,31 euros y se procede a su devolución más los intereses de demora.
9.En el Anexo I de la Resolución de denegación de día 29 de enero de 2021 figura el sr. ANTONIO MUNTANER CORRÓ como interesado a quien se le ha denegado la solicitud de la ayuda.
10. Se han detectado errores en el Anexo I que afectan únicamente al Sr. ANTONIO MUNTANER CORRÓ.
Fundamentos jurídicos
1.Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 17 de marzo de 2015 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas para la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética.
2. Resolución del Presidente del FOGAIBA por la que se modifica la Resolución de 03/17/2015, por la que se aprueba la convocatoria 2015 de las ayudas destinadas a la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética (09/06/16).
3. Resolución del presidente FOGAIBA por la que se modifica la Resolución de 17/03/2015, por la que se aprueba la convocatoria 2015 de las ayudas destinadas a la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética (11/06/2015)
4. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 22 de julio de 2016 (BOIB núm 95 de 28 de julio) por la que se modifican los créditos y las cofinanciaciones de varias convocatorias de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a las medidas contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
5. Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 3 de febrero de 2020, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2020, de las ayudas para prorrogar los compromisos asumidos para la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética.
6. Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.
7. Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.
8. Reglamento delegado (UE) núm. 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, con respecto al sistema integrado de gestión y control y en las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural ya la condicionalidad.
9. Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
10. Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, con respecto al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.
11. Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura ya la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
12. Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de apoyo a la cosecha en verde, en el sector vitivinícola.
13. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
14. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
15. Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.
16. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
17. Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para ala concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
18. Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Islas Baleares.
19. Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeos grícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en la comunidad autónoma de las Islas Baleares BOIB núm. 082 de 2007; en virtud de la Orden de la Consejera de Agricultura y pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero por parte del Fondo de garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, establece en el artículo 1 que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consejería de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero , a partir del 1 de enero de 2006.
20. Ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Propuesta de Resolución de correción de errores
Por todo ello, este Servicio informa favorablemente y propone al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1.- Corregir el error del Anexo I de la Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 29 de enero de 2021 por la que se deniega la ayuda solicitada a ANTONIO MUNTANER CORRÓ con NIF***0624**.
2.- Conceder la ayuda solicitada al Sr. ANTONIO MUNTANER con NIF****624** ya que ha quedado acreditado con la documentaciÓn aportada por parte del interesado que cumple con la circunstancia de estar al corriente de las obligaciones tributarias.
3. Publicar la resolución en el BoletÍn Oficial de la Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015 del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, 23 de marzo de 2021
La jefe de la Sección II Gema Canós Franch |
El jefe del Servicio deAyudas al Desarrollo Rural Isidre Canyelles Simonet |
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Conforme con la propuesta, dicto resolución |
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Palma, 25 de marzo de 2021 |
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El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA |
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Fernando Fernández Such” |
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Palma, 25 de marzo de 2021 El director gerente del FOGAIBA (P.S. Resolución de 31.10.2019 BOIB num 51 de 7.11.2019) El secretario general Jorge Sánchez Fernández