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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 77990
Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se incrementa el crédito previsto en la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 18 de noviembre de 2020, por la que se convocan subvenciones para dar apoyo a proyectos piloto y al desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías para el año 2020

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Texto

El Programa de desarrollo rural de las Illes Balears para el periodo 2014-2020 (PDR) prevé toda una serie de medidas de ayuda destinadas al sector agrario, según el Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013. En concreto, entre otras medidas, el PDR prevé la submedida 16.2, correspondiente al apoyo para proyectos piloto i para el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías, que contribuye claramente a los objetivos transversales de mejora del medio ambiente y a la adaptación y mitigación del cambio climático, así como a la mejora de la competitividad de la agricultura y de la cadena alimentaria.

Mediante esta medida se impulsan los proyectos estratégicos realizados por una pluralidad de agentes de un sector productivo agroalimentario o forestal, y se fomentan las actuaciones de diseño, producción y desarrollo tecnológico de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en el sector agrícola, alimentario y forestal, incluidas las operaciones preparatorias, las pruebas y otras inversiones tangibles o intangibles.

En fecha 26 de febrero del 2015 se publicó en el Butlletí Oficial de les Illes Balears núm. 29 la Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de desarrollo rural de las Illes Balears 2014-2020, que en su artículo 2 indica que son objeto de ayuda la medida de cooperación y, en concreto, la submedida 16.2, correspondiente al apoyo para proyectos piloto y para el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías.

Por otra parte, el Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears, establece en su artículo 2.a que el FOGAIBA tiene por objeto ejecutar la política de la consejería competente en materia de agricultura y pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero, incluidas las derivadas de la política agrícola común y de los fondos procedentes del Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca (IFOP), de las medidas de desarrollo rural y de otros regímenes de ayudas previstos en la normativa de la Unión Europea.

Mediante el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. En concreto, en el anexo 1 se acuerda la adscripción del FOGAIBA a la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación.

En fecha 21 de noviembre del 2020 se publicó en el BOIB núm. 198 la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 18 de noviembre de 2020, por la que se convocan subvenciones para dar apoyo a proyectos piloto y al desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías para el año 2020.

Esta convocatoria se dotó con la cantidad de 1.400.000,00 € con cargo a los presupuestos del FOGAIBA de los años 2020 y 2021, con posibilidad de incrementar los créditos que se puedan destinar a esta finalidad.

Visto que esta línea de ayudas está en proceso de tramitación y que la demanda de ayudas ha sido superior a la prevista inicialmente y dada la disponibilidad presupuestaria, es necesario incrementar la dotación económica inicialmente prevista.

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del director gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Incrementar en seiscientos noventa y seis mil ochocientos treinta y siete euros con cincuenta y cinco céntimos (696.837,55 €) el crédito previsto en la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 18 de noviembre de 2020, por la que se convocan subvenciones para dar apoyo a proyectos piloto y al desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías para el año 2020, publicada en el BOIB núm. 198, de 21 de noviembre del 2020, por lo que queda destinado un crédito final para esta convocatoria de ayudas de dos millones noventa y seis mil ochocientos treinta y siete euros con cincuenta y cinco céntimos (2.096.837,55 €), con cargo a los presupuestos del FOGAIBA del año 2021.

Estas subvenciones serán financiadas por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears con fondos del impuesto de turismo sostenible, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de la Ley 2/2016, de 30 de marzo, del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible.

Segundo

Esta resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y debe publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, 25 de marzo de 2021

La presidenta del FOGAIBA María Asunción Jacoba Pía de la Concha García-Mauriño