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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 77547
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 15 de febrero de 2021, relativo a la aprobación del programa, bases y convocatoria de ayudas para la mejora de la eficiencia energética de las viviendas para paliar la pobreza energética (Exp. 5105-2020-000008)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 554490

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b i 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/554490):

Primero. Beneficiarios

Línea 1: Ayudas dirigidas a personas inquilinas que se encuentran en situación de pobreza energética.

Línea 2: Ayudas dirigidas a personas propietarias que se encuentran en situación de pobreza energética.

Para poder optar a estas ayudas deben cumplir los requisitos siguientes:

- Estar empadronado/a en uno de los ocho municipios de Menorca con una antelación minima de un año.

- Ser mayor de 18 años y ser una unidad familiar independiente.

- Disponer del bono social al 25% o al 40% o haber solicitado en los últimos 6 meses una ayuda de emergencia para el pago de la factura de la luz o del agua a los SSCB del ayuntamiento de referencia, a Cáritas o a Cruz Roja.

- No disponer de ingresos para atender la situación de necesidad o de emergencia según las condiciones establecidas en la base quinta de las bases de la convocatoria.

Segundo. Objeto

Mejora táctica de las viviendas construidas de forma deficiente y en los que viven personas con un umbral de renta que no les permite pagar el recibo de la luz o que disfrutan del bono social, así como personas que no llegan a calentar o enfriar la vivienda para conseguir un confort térmico adecuado.

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca en la sesión de carácter ordinario de día 15 de febrero de 2021.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 40.000 € (cuarenta mil euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto durante tres meses a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Sexto. Otros datos.

- El importe máximo que se podrá conceder por solicitud será de 700,00 € en el caso de las ayudas de la linea 1 de esta convocatoria y de 1.400,00 €  en el caso de que las ayudas sean de la línea 2 .

- Documentación específica para la línea 1: Contrato del alquiler de la vivienda.

- Documentación específica para la línia 2: Nota registral informativa del Registro de la Propiedad con una antigüedad máxima de un mes.

 

 

Maó, 26 de marzo de 2021

Por delegación de la Presidenta, El secretario del Consejo Ejecutivo, Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB nº. 97, de 16.7.2019)