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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE ESCORCA

Núm. 78079
Aprobación padrón fiscal del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica para este año 2021 y su notificación colectiva

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Texto

Por decreto de Alcaldía de fecha 15 de marzo de 2021 se ha aprobado el padrón fiscal del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica para este año 2021, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de estos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio, se exponen al público en el BOIB, en el tablón municipal de edictos y en el tablón de anuncios de la sede electrónica, por el plazo de quince días hábiles, a fin que los que se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, tengan por convenientes.

Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en estos podrá interponerse recurso previo de reposición ante Alcaldía en el plazo de un mes a contar des del día siguiente de la finalización del plazo de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de desembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en periodo voluntario del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica para este año 2021, en la Oficina de Recaudación Municipal, los días hábiles, de 9 a 14 horas.

Concepto

IVTM 2021

Plazo de cobro en periodo voluntario

31/03/2021-31/05/2021

Plazo de cobro en periodo de prórroga (5% recargo)

01/06/2021-01/07/2021

Fecha cargo domiciliaciones

31/03/2021

Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo presentando el aviso en las oficinas de Caixabank o en la oficina de Recaudación Municipal.

Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago podrán pagar en la oficina de Recaudación municipal en el horario y plazo establecido.

Transcurrido el plazo de cobro en periodo voluntario y en periodo de prórroga sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el periodo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de desembre, General Tributaria, que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, si cabe, de las costas del procedimiento de apremio.

 

Escorca, 26 de marzo de 2021

El alcalde

Antoni Solivellas Estrany