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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 77380
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se conceden ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 , se autoriza y dispone el gasto, se reconoce la obligación y se propone el pago

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Texto

Hechos

1.Por Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020, se han aprobado las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 (BOIB n.º 122, de 11 de julio).

2.Dentro del plazo establecido a la Orden mencionada en el párrafo 1, han tenido entrada a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de forma telemática la solicitud y la documentación prevista en la convocatoria por parte de los autónomos a que hace referencia el anexo.

3.La Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular, órgano instructor del procedimiento, ha examinado las solicitudes y ha comprobado que las personas que constan en el anexo cumplen los requisitos establecidos a la convocatoria, así como también que se encuentran al corriente de pagos en la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria Autonómica, con la Agencia Tributaria Estatal y con la entidad local del domicilio fiscal, de acuerdo con la declaración responsable de cada una de las personas solicitantes.

4.El artículo 7.7 de la Orden mencionada en el párrafo 1, indica que la notificación a los interesados se hará mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

5.Hay crédito adecuado y suficiente para hacer efectiva esta subvención, en la partida presupuestaría 12801.413G01.47000.00 FF 20121, del presupuesto de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020.

Fundamentos de derecho

1. El Real Decreto 99/1996, de 26 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de cooperativas, calificación y registro de sociedades anónimas laborales y programas de apoyo a la ocupación (BOE n.º 52, de 29 de febrero) y el Decreto 32/1996, de 7 de marzo (BOIB n.º 35, de 19 de marzo), por medio del cual la CAIB las asumió.

2. El Real decreto legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de Ocupación.

3. El Texto Refundido de la ley de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

4. El Decreto Ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19

5. Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 10 de julio de 2020 por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 (BOIB n.º 122, de 11 de julio).

6. La competencia para resolver la concesión de estas subvenciones corresponde al consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de acuerdo con el artículo 7.2 de la Orden mencionada por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria, en relación con el artículo 2.4 del Decreto 11/2021, de 15 de febrer, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 21, de 15 de febrer).

7. De acuerdo con el artículo 11 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 44, de 3 de abril) y los artículos 10.1.b y 11.1 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020 (BOIB n.º 175, de día 31 de diciembre), el órgano competente para autorizar y disponer el gasto así como para reconocer las obligaciones económicas y proponer el pago es el titular de la sección presupuestaria respectiva.

Además los beneficiarios tienen que informar a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de cualquier alteración de las condiciones que se hayan tenido en cuenta para conceder la subvención.

Resolución

1.Conceder ayudas para mantener la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de los autónomos afectados directamente por la COVID-19 a las personas relacionadas al Anexo que se adjunta a esta resolución, por las cuantías individuales que este Anexo dispone.

2.Autorizar y disponer un gasto global de 89.500,00 € a favor de las personas relacionadas al Anexo que se adjunta a esta resolución por las cuantías individuales que este Anexo dispone con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 FF 20121 de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020, según la distribución que se muestra en la tabla siguiente:

Partida

Importe (euros)

12801.413G01.47000.00 FF 20121

89.500,00

Total

89.500,00

3.Reconocer la obligación y proponer el pago global de 89.500,00 € a favor de las personas relacionadas en el Anexo que se adjunta a esta resolución , por las cuantías individuales que este Anexo dispone, con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 FF 20121 de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020, según la distribución que se ha mostrado a la tabla anterior.

4.Comunicar a los beneficiarios que las ayudas que establece esta Resolución están sometidas en el régimen de Marc nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a autónomos consistentes en ayudas directas destinadas a apoyar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19 de la Comisión Europea.

5.Comunicar a las personas beneficiarias que tendrán que cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 9.1 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020, por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19.

6.Comunicar a los beneficiarios que tienen que informar a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de cualquier alteración de las condiciones que se hayan tenido en cuenta para conceder la subvención.

7.Así mismo, comunicar a los beneficiarios que los incumplimientos darán lugar al reintegro de las subvenciones percibidas en el términos previstos en el artículo 9.2 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020 mencionada en el párrafo anterior y de acuerdo con lo establecido en los artículos 44 y 45 del Texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares y el resto de normativa aplicable.

8.Notificar a las personas beneficiarias esta Resolución, mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución –que agota la vía administrativa– se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el que disponen el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración autonómica de las Islas Baleares y el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de haber recibido la notificación o publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Palma, 25 de marzo de 2021

El director general de Promoció Econòmica, Emprenedoria i Economia Social i Circular

Manuel Porras Romero

(Por delegación del consejero de Modelo económico, Turismo y Trabajo BOIB núm.97 de 2019 )

 

ANEXO

Con cargo a la partida  12801.413G01.47000.00 FF 20121, se autoriza y dispone el gasto de los siguientes expedientes:

Núm. expediente

Núm. de registro

NIF del beneficiario

Importe de la ayuda

[AUT 11174/2020]

L99E190670/2020

43154133S

2500,00

[AUT 11165/2020]

L99E190595/2020

43212479X

2500,00

[AUT 11115/2020]

L99E190238/2020

43106456V

2500,00

[AUT 11090/2020]

L99E189914/2020

23659883J

3000,00

[AUT 11050/2020]

L99E189696/2020

34067724D

2000,00

[AUT 11047/2020]

L99E189672/2020

14585784N

3000,00

[AUT 11029/2020]

L99E189598/2020

35562053M

2000,00

[AUT 11023/2020]

L99E189583/2020

43141409X

2500,00

[AUT 11002/2020]

L99E189507/2020

X4931236J

2000,00

[AUT 10928/2020]

L99E189114/2020

08959257K

2000,00

[AUT 10919/2020]

L99E189088/2020

43157229Y

2000,00

[AUT 10911/2020]

L99E189062/2020

18233960C

3000,00

[AUT 10902/2020]

L99E189034/2020

43118115S

2500,00

[AUT 10891/2020]

L99E189000/2020

X0355167R

2000,00

[AUT 10883/2020]

L99E188974/2020

X7946469S

2500,00

[AUT 9783/2020]

L99E114795/2020

Y3321654P

2000,00

[AUT 9621/2020]

L99E114527/2020

41501863L

2000,00

[AUT 9603/2020]

L99E114504/2020

43087749D

2000,00

[AUT 9030/2020]

L99E113462/2020

41496708Q

3000,00

[AUT 8951/2020]

L99E113342/2020

13296153Z

2000,00

[AUT 8937/2020]

L99E113315/2020

43158380F

2500,00

[AUT 8465/2020]

L99E112343/2020

43190567V

2500,00

[AUT 8347/2020]

L99E111991/2020

41511798H

2000,00

[AUT 7990/2020]

L99E111291/2020

78305718X

2500,00

[AUT 7569/2020]

L99E110898/2020

48902228L

2000,00

[AUT 7442/2020]

L99E110675/2020

31852995L

2500,00

[AUT 7403/2020]

L99E110578/2020

41500001C

2000,00

[AUT 7211/2020]

L99E110281/2020

77731122T

3000,00

[AUT 6908/2020]

L99E109884/2020

X3735491S

3000,00

[AUT 6800/2020]

L99E109631/2020

52913299M

2000,00

[AUT 6787/2020]

L99E109605/2020

05227756V

2000,00

[AUT 6372/2020]

L99E108874/2020

41508847B

2500,00

[AUT 6198/2020]

L99E108478/2020

47649797F

3000,00

[AUT 6168/2020]

L99E108436/2020

41613368C

2000,00

[AUT 6086/2020]

L99E108362/2020

41328551N

3000,00

[AUT 5545/2020]

L99E107425/2020

41500848Q

2000,00

[AUT 4407/2020]

L99E106171/2020

X2187883P

2000,00

[AUT 4124/2020]

L99E106029/2020

41507560N

2000,00

[AUT 3754/2020]

L99E105814/2020

43106267N

2000,00