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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 72030
Modificación decreto delegación atribuciones y competencias

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Texto

Esta Alcaldía ha emitido en fecha 18 de marzo el Decreto 2021-892, que a continuación se transcribe:

“ASUNTO: MODIFICACIÓN DECRETO DELEGACIÓN DE ATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS DE LA PRIMERA TENIENTE DE ALCALDE, SRA. PILAR RIBAS TORRES.

Habiendo observado que en el Decreto de delegación de atribuciones y competencias emitido el día 12 de marzo, núm. 816/2021, no constan la totalidad de delegaciones que esta Alcaldía considera necesario que se hagan, y visto lo que dispone el art. 44 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, HE RESUELTO:

1º.- Modificar el Decreto de Alcaldía núm. 816/2021, en cuanto a las competencias otorgadas a la primera Teniente de Alcalde, Sra. Pilar Ribas Torres, ampliando las referentes a delegación en materia de expedientes sancionadores, manteniendo el resto de delegaciones efectuadas, que se recogen en el Decreto 816/2021. Especificándose a continuación todas las competencias que se delegan a la citada concejala:

AREA DE SERVICIOS GENERALES.

SRA. PILAR RIBAS TORRES

CONTRATACIÓN, COMERCIO E INDUSTRIA, RÉGIMEN INTERNO, RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL, TRANSPARENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONES, PROTECCIÓN CIVIL, EMERGENCIAS Y POLICIA LOCAL

Coordinación de proyectos y contratación. Seguimiento y control de la ejecución de los proyectos que las distintas concejalías van impulsando.

Informar en coordinación con el resto de áreas sobre planes, proyectos y estudios promovidos por otras administraciones coordinándose las actuaciones necesarias para la ejecución, relaciones con otras administraciones, gestión de la comunicación entre administraciones. 

Control y seguimiento de los proyectos municipales y del plan de gobierno para la ejecución de los proyectos más importantes de este mandado.

Protección civil y emergencias. Será responsable de este Departamento que forman esencialmente el grupo de voluntarios de protección civil que, pese a tener diseñada su propia estructura, tendrá esta concejalía como responsable político a nivel de propuestas de presupuestos, necesidades tanto a nivel personal como técnico o de equipamientos. De la misma manera el control, revisión y seguimiento de los planes municipales de emergencias y de las evaluaciones de riesgos.

Policía local. De acuerdo con los responsables de la Dirección de la Policía Local, tendrá a su cargo las relaciones políticas y administrativas necesarias como interlocutor del equipo de gobierno, con todas las cuestiones relacionadas con el funcionamiento de la policía local de Sant Josep, tanto a nivel de personal, como de equipamientos, vehículos, presupuesto y resto de aspectos relacionados.

Comercio. La gestión y dirección de los mercados municipales, planificar, proponer o impulsar medidas para fomentar el desarrollo y promocionar el comercio local, fomentar la asociación de comerciantes y darles soporte, organizar cursos de formación. 

Régimen interno, Responsabilidad patrimonial y transparencia. Se delega el seguimiento y control de todos los departamentos que afecten al régimen interno, responsabilidad patrimonial y transparencia, para el buen desarrollo de la organización.

Resolución de expedientes de responsabilidad patrimonial en cuantía inferior a  6000€.

El inicio de expedientes sancionadores y la resolución de expedientes en materia de ordenanzas municipales en cuantía inferior a 30.000 €.

La delegación efectuada incluye la representación del Ayuntamiento en los actos relacionados con las anteriores atribuciones, así como, la firma de documentos para presentar ante otras administraciones, ante terceros o, de trámites necesarios para poder ejecutar las competencias que en esta materia se atribuya, por la legislación vigente o futura, al alcalde sin incluir la resolución de actos administrativos que afecten a terceros.

2º.- Que se publique en el BOIB, se notifique a las personas interesadas y se de cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre, todo esto conforme establece el artículo 44 del RD 2568/86, de 28 de noviembre.”

Lo que se publica para general conocimiento

 

Sant Josep de sa Talaia, 23 de marzo de 2021

El alcalde Angel Lluis Guerrero Domínguez