Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 71404
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 18 de marzo de 2021 por la que se modifica la composición de la Comisión Técnica de Catalán de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)
Antecedentes
1. De acuerdo con el artículo 18.3 de los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP), aprobados por el Decreto 31/2012, de 13 de abril, mediante una resolución de la persona titular de la consejería competente en materia de función pública, se pueden crear comisiones específicas de lenguas, integradas por profesionales expertos en la enseñanza y evaluación de la lengua, a efectos de garantizar el cumplimiento de las normas que regulan el conocimiento de los diferentes niveles de las lenguas y establecer el diseño y el sistema de evaluación de pruebas.
2. En 2010, mediante la Resolución de la presidenta de la EBAP de 21 de septiembre de 2010 (BOIB núm. 145, de 7 de octubre), se creó la Comisión Técnica de Elaboración y Revisión de las pruebas de catalán de la EBAP.
3. Mediante la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 18 de enero de 2018 (BOIB núm. 12, de 25 de enero), se dio continuidad a la constitución de la Comisión Técnica de Catalán de la EBAP y se aprobaron sus normas de funcionamiento y atribuciones vigentes. Además, se nombraron a sus miembros.
4. El artículo 2.2 del anexo 1 (normas de funcionamiento y atribuciones) de la Resolución mencionada en el punto anterior especifica que la comisión vigente puede actuar hasta que se nombre una nueva, o en caso de renuncia de algún miembro.
5. En el anexo 2 de la misma Resolución se detalla la composición de la Comisión Técnica de Catalán de la EBAP.
6. En fecha 19 de noviembre de 2020, el señor Gabriel Rossinyol Seguí, vocal de la Comisión Técnica de Catalán vigente, ha presentado su renuncia a ocupar su cargo.
7. En fecha 14 de diciembre de 2020, la señora Maria Sampol Ballester, ha tomado posesión del puesto de trabajo de jefa de estudios de la Jefatura de Formación de Lenguas de la EBAP y ha manifestado su voluntad de formar parte de la Comisión Técnica de Catalán de la EBAP.
8. En fecha 17 de diciembre de 2020, el señor Gabriel Suau Otero, secretario de la Comisión Técnica de Catalán vigente, ha manifestado su voluntad de dejar el cargo de secretario y de continuar como vocal de la Comisión.
9. En fecha 15 de marzo de 2021, la señora Aina M. Cifre Bennasar, presidenta de la Comisión Técnica de Catalán vigente, ha manifestado su voluntad de dejar el cargo de presidenta y de continuar como secretaria de la Comisión.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto 31/2012, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública (BOIB núm. 54, de 17 de abril de 2012).
2. La Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 18 de enero de 2018 por la que se da continuidad a la constitución de la Comisión Técnica de Catalán de la EBAP, se aprueban sus normas de funcionamiento y atribuciones, y se nombran a sus miembros (BOIB núm. 12, de 25 de enero de 2018).
3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).
4. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar el anexo 2 de la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 18 de enero de 2018 por la que se da continuidad a la constitución de la Comisión Técnica de Catalán de la EBAP, se aprueban sus normas de funcionamiento y atribuciones, y se nombran a sus miembros, que queda redactado de la siguiente manera:
ANEXO 2
Composición de la Comisión Técnica de Catalán de la EBAP
— Presidenta: Maria Sampol Ballester
— Secretaria: Aina M. Cifre Bennasar
— Vocal 1º: Gabriel Suau Otero
— Vocal 2ª: Lira Sastre Moragues
— Vocal 3ª: Rut José Prat
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8.3, 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma, 18 de marzo de 2021
La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad
Mercedes Garrido Rodríguez