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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MARIA DE LA SALUT

Núm. 71810
Decreto de Alcaldía núm. 115, de 24 de marzo de 2021, por el que el Sr. Alcalde delega en una concejala de la Corporación Local la competencia para celebrar un matrimonio civil

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Texto

En cumplimiento del artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el Sr. Bernat Quetglas Jordà, en su condición de Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Maria de la Salut, publica el decreto de Alcaldía núm. 115, de 24 de marzo de 2021, transcrito ut infra:

«DECRETO DE ALCALDÍA

Dado que se considera conveniente y adecuado, por haberlo solicitado así los contrayentes, delegar en la Sra. Catalina Morey Ferriol, concejala de la Corporación Local, la autorización del acto de celebración del matrimonio civil entre la Sra. Aina Maria Bergas Fons y el Sr. Rafael Morey Sanz, el día 27 de marzo de 2021, a las 17.30 horas.  

Dado que, en virtud del artículo 51 del Real decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil, tienen competencia para celebrar el matrimonio el Juez de Paz o Alcalde del municipio donde se celebre el matrimonio o concejal en quien este delegue.

Visto que esta Alcaldía, de conformidad con el artículo 43.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (en adelante, ROF), tiene reconocida por Ley la posibilidad de delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Comisión de Gobierno, sin perjuicio de las delegaciones especiales que para cometidos específicos, puede realizar en favor de cualesquiera concejales, aunque no pertenezcan a la misma.

Examinada la documentación que le acompaña, visto el informe de Secretaría de fecha 24 de marzo de 2021, el Sr. Bernat Quetglas Jordà, en su condición de Alcalde Presidente de la Corporación Local, de conformidad con lo que se establece en el apartado cuarto de la Instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre Directrices sobre la autorización del matrimonio civil por Alcaldes, y en los artículos 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43 a 45, 114 a 118, 120 y 121 del ROF,

RESUELVE

Primero.- Delegar en favor de la Sra. Catalina Morey Ferriol, concejala de la Corporación Local, el ejercicio de la competencia correspondiente a la autorización del acto de celebración del matrimonio civil entre los contrayentes Sra. Aina Maria Bergas Fons i el Sr. Rafael Morey Sanz, el día 27 de marzo de 2021, a las 17.30 horas.  

Primero bis.- Estimar la solicitud formulada y autorizar el uso de la Sala de Plenos de la Casa consistorial, para el día 27 de marzo de 2021, a las 17.30 horas.

Segundo.- La delegación deberá estar documentada previamente, bastando que en el acta de autorización del matrimonio se haga constar que la concejala ha actuado por delegación del Alcalde.

Tercero.- La delegación conferida en la presente resolución requerirá para su eficacia la aceptación de la concejala delegada, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se formula ante el Alcalde expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que esta le sea notificada.

Tercero bis.- Publicar la presente resolución, en el Tablón de edictos de la Corporación Local y en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Cuarto.- Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación en su próxima reunión.

 

Maria de la Salut, 24 de marzo de 2021

El  alcalde

Bernat Quetglas Jordà