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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 69687
Decreto de delegación de competencia para autorizar matrimonios civiles

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Texto

La alcaldía presidencia por decreto de fecha  19 de marzo de 2021, inscripción número 2021/785, ha dictado resuelto:

“1- Delegar en Júlia Acosta Miquel la competencia que el artículo 51.1 del Código Civil otorga a esta alcaldía para autorizar los matrimonios civiles que se celebran en este término municipal, cuando los contrayentes solicitan que sea autorizado el matrimonio por alguno de los miembros electos de la corporación o cuando la Alcaldía no pueda asistir. 

A estos efectos, la coordinación para la designación de la concejala actuante se establecerá por el departamento de alcaldía. 

2- Las competencias delegadas se ejercerán en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en ningún otro órgano o miembro de la corporación. 

3- Las resoluciones que se adopten por delegación, que serán inmediatamente ejecutivas y presuntamente legítimas, y se entenderán dictadas por esta Alcaldía como titular de la competencia originaria. 

En el texto del acta matrimonial adoptada por el miembro de la corporación en virtud de esta delegación se hará constar esta circunstancia. 

4- De conformidad con el artículo 44.2 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen  Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, esta delegación tendrá efectos desde el día siguiente de la fecha de esta resolución y será de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación de esta alcaldía. 

5- Dar cuenta de la presente resolución al Pleno en la primera sesión que se convoque de conformidad con el artículo 38.d) y 44.4 ROF; notificarla personalmente a la delegada y publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, y difundirla, de acuerdo con el principio de transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en la sede electrónica municipal, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno. 

6- Comunicar esta resolución a la concejal afectada y a los servicios administrativos del departamento de alcaldía para su conocimiento y efectos, entendiéndose aceptada esta delegación de competencias de forma tácita, si dentro del plazo de tres días hábiles contados desde la notificación de la resolución, la destinataria no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no aceptan la delegación, según lo establecido en el artículo 114 del ROF. “

 

Manacor, 22 de marzo de 2021

El alcalde Miquel Oliver Gomila