Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 69528
Rectificación de error en la resolución núm. 2021000018 de la consejera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica y Empresarial, y Cooperación Municipal de fecha 11 de marzo de 2021 (publicada en el BOIB núm. 35 de 13 de marzo de 2021)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En fecha 22 de marzo de 2021, la consejera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica y Empresarial, y Cooperación Municipal del Consejo Insular de Ibiza ha dictado la Resolución número 2021000021, del tenor literal siguiente:

«El Consejo Insular de Ibiza aprobó las bases de la convocatoria extraordinaria de ayudas dirigidas a paliar las consecuencias de las restricciones motivadas por la crisis sanitaria de la Covid-19 en los sectores económicos de la restauración y otros, que fueron fueron publicadas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 16, de 6 de febrero de 2021, y el extracto de la convocatoria el día 9 de febrero de 2021, en el BOIB núm. 17. Estas bases fueron publicadas en la Base Nacional de Datos de Subvenciones (BNDS), con núm. referencia IGAE 548.016.

Detectado un error en el informe propuesta de la Jefa de Sección de Industria, de fecha 03/10/2021 (documento electrónico número 13523627763407416747), que a su vez provocó error en la resolución señalada en el encabezamiento, por lo se aprobó concesión y primer y segundo pago, correspondiente al mes de enero y febrero, de la convocatoria de ayudas dirigidas a paliar las consecuencias de las restricciones motivadas por la crisis sanitaria de la Covid-19 en los sectores económicos de la restauración y otros, en colaboración con el Gobierno de las Islas Baleares, consistente en que, en cuanto al municipio de Santa Eulària des Riu, se transcribió erróneamente la última cifra del número NIF de la entidad beneficiaria, y por tanto, se ha de modificar lo siguiente:

DONDE DECÍA:

“Núm. Núm. Expediente: BENEFICIARIO/A NIF Beneficiario/a Importe Económico

62

2021/3278G

XXXXXXX

V57459207

3.000 € ”

DEBE DECIR:

“Núm. Núm. Expediente: BENEFICIARIO/A NIF Beneficiario/a Importe Económico

62

2021/3278G

XXXXXXX

V57459208

3.000 € “

Dado el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que establece que las administraciones públicas pueden rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, procede rectificar el error producido.

Por todo lo anterior, visto el informe propuesta de la Jefa de Sección de Industria de fecha 19 de marzo de 2021, en uso de las facultades que tengo conferidas

RESUELVO

PRIMERO.- Rectificar el núm. de NIF correspondiente ARTIBIZA DISTRIBUCION IAE, entidad beneficiaria de la concesión y primer y segundo pago, correspondiente al mes de enero y febrero, de la convocatoria de ayudas dirigidas a paliar las consecuencias de las restricciones motivadas por la crisis sanitaria de la Covid-19 en los sectores económicos de la restauración y otros, cofinanciadas por el Gobierno de las Islas Baleares, para que quede de la siguiente manera:

“62

2021/3278G

XXXXXXX

V57459208

3.000 € “

SEGUNDO.- Publicar la resolución rectificativa en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. »

Ibiza, 23 de marzo de 2021

El jefe de sección de Cultura, Educación y Patrimonio

José V. Garibo Redolat