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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 68959
Área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI - Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI para los años 2021, 2022 y 2023

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Texto

Por acuerdo de la Junta de Gobierno n.º JGL_20210317_01_023, de 17 de marzo de 2021 se ha dispuesto lo siguiente:

1.º- Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI para los años 2021, 2022 y 2023, conforme con lo dispuesto en el artículo 8.1, de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2.º- Publicar el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI para los años 2021, 2022, y 2023, en el BOIB.

3.º Dejar sin efectos el Plan Estratégico de Subvenciones del área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI 2020, 2021 y 2022 (JGL_20200205_01_015), adoptado por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 5.02.2020, así como su modificación aprobada por acuerdo de Junta de Gobierno local (JGL_20200715_01_U029), de fecha 15 de julio de 2020, publicado en el BOIB num.128 de fecha 18 de julio de 2020.

 

Palma, 22 de marzo de 2021

El jefe de servicio de Igualdad, Juventud y Derechos Cívicos José Manuel Carrillo Martínez

 

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2021 - 2023 ÁREA DE JUSTICIA SOCIAL, FEMINISMO Y LGTBI

I. FUNDAMENTO, NATURALEZA JURÍDICA, MARCO NORMATIVO, VIGENCIA, PUBLICIDAD Y PRINCIPIOS ORIENTADORES

1. FUNDAMENTO

A todos los efectos el Plan estratégico de subvenciones tiene su fundamento en la exposición de motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y, de manera específica, en el mandato establecido por el articulado de dicha norma, en los arts. 10 y siguientes del Reglamento de dicha Ley (RGLS), aprobado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Según la exposición de motivos mencionada, una parte importante de la actividad financiera del sector público se canaliza a través de subvenciones a fin de dar respuesta, con medidas de apoyo financiero, a demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas o privadas.

Desde la perspectiva económica, las subvenciones son una modalidad importante de gasto público y, por lo tanto, tienen que ajustarse a las directrices de la política presupuestaria, actualmente orientada por los criterios de estabilidad presupuestaria y crecimiento económico.

El Plan estratégico de subvenciones del área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI está estrechamente ligado a la estrategia global de participación del Ayuntamiento de Palma, que tiene entre sus principales objetivos la mejora de la participación y la implicación de la ciudadanía en la toma de decisiones y en las políticas públicas.

Este Plan estratégico de subvenciones responde también al objetivo de fortalecer el tejido asociativo, como pieza clave para la participación, la calidad democrática y la cohesión social. Con estas consideraciones se pretende que este Plan estratégico de subvenciones contribuya a fortalecer la participación social y cívica de los colectivos a los cuales se dirige, más allá de la dotación económica de las subvenciones que se  prevén.

Atendidas las consecuencias del Covid-19 y en cuanto a las materias atribuidas en el área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI, se hace necesario adaptar las condiciones y los objetivos de las subvenciones a los contextos cambiantes en que se desarrollan las actividades de las entidades sociales para dar respuesta a las nuevas necesidades de la ciudadanía de Palma. Por este motivo, el área ha elaborado un nuevo Plan estratégico que sustituye y modifica el anterior, tal como dispone el art. 8.1, de la Ley 38/2003. Concretamente, este artículo establece que los órganos de las administraciones públicas o cualquier ente que proponga el establecimiento de subvenciones con carácter previo tiene que concretar en un Plan estratégico de subvenciones los objetivos y los efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para lograrlos, los costes previsibles y las fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

2. NATURALEZA JURÍDICA

El Plan estratégico de subvenciones es un instrumento de gestión de carácter programático, sin rango normativo, y su aprobación no genera derechos ni obligaciones para el Ayuntamiento. Recoge las líneas de subvención previstas de acuerdo con unos determinados objetivos estratégicos relacionados con las competencias atribuidas a la Àrea de Justicia Social, Feminismo y LGTBI.

Para el establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan es un requisito básico incluir las consignaciones presupuestarias correspondientes en los presupuestos anuales, así como aprobar las bases reguladoras de su concesión, en el marco de las de ejecución del Presupuesto.

3. MARCO NORMATIVO

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

- Reglamento orgánico de participación ciudadana (BOIB n.º 187, de 31 de diciembre de 2004).

- Ordenanza de subvenciones del Ayuntamiento de Palma, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria del 26 de febrero de 2015 (BOIB n.º 35, de 12 de marzo).

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo de las administraciones públicas.

4. VIGENCIA

De acuerdo con el art. 4.2. de la Ordenanza y el 11.4 del RGLS, los Planes estratégicos tienen que contener una previsión para un periodo de vigencia de tres años. Por eso, se prevé la vigencia de este Plan para los años 2021, 2022 y 2023.

5. PUBLICIDAD

Atendidos los arts. 5.4 y 6.2 de la Ley 19/2013 de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el Plan se tiene que publicar en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Palma (www.palma.cat).

6. PRINCIPIOS ORIENTADORES

- Transparencia

Este principio se materializa en la convocatoria previa en la cual se garantiza la objetividad, la transparencia, la publicidad, la concurrencia y la igualdad en la distribución de fondos públicos. Se tiene que garantizar la transparencia en todas las fases de información, ejecución, seguimiento y evaluación. El Ayuntamiento tiene que rendir cuentas a la ciudadanía sobre la implementación del Plan y los efectos que ha tenido.

Este principio también se materializa en la publicidad de las subvenciones concedidas, en los términos previstos por el art. 18 de la Ley 38/2003.

- Libre concurrencia, igualdad y no discriminación

Este principio se materializa en la determinación de los requisitos que tienen que cumplir las entidades beneficiarias para la plena satisfacción del interés general.

- Objetividad

Las subvenciones se conceden siguiendo criterios objetivos, previamente establecidos a la convocatoria a fin de garantizar el conocimiento previo por parte de las entidades potencialmente beneficiarias.

 

- Eficacia y eficiencia

Los objetivos marcados se tienen que cumplir con eficacia y la asignación de recursos públicos tiene que ser eficiente y se tiene que justificar cuantitativa y cualitativamente.

- Participación y proximidad

Se tiene que garantizar que este Plan llega a todas las entidades interesadas por todas las vías de que dispone el Ayuntamiento.

El Ayuntamiento de Palma tiene que asegurar los canales de diálogo y comunicación con el tejido asociativo y poner al alcance los medios técnicos, tecnológicos y humanos necesarios para garantizar la accesibilidad de todos los colectivos a las actuaciones previstas en el Plan, de acuerdo con su necesidad y realidad, prestando apoyo técnico y tecnológico cuando sea necesario.

Se tiene que tender progresivamente a una mayor implicación y participación de la ciudadanía y de las entidades en el diseño, el seguimiento y la evaluación del Plan.

- Acceso a las TIC

Se tiene que sacar partido de las potencialidades que ofrecen las tecnologías de la información y la comunicación para propiciar la participación. Este objetivo se tiene que acompañar con acciones que reduzcan la fractura digital existente entre la ciudadanía.

- Perspectiva de género

La normativa y las acciones que genere este Plan tienen que incorporar la perspectiva de género. Se entiende por perspectiva de género la toma en consideración de las diferencias entre mujeres y hombres en un ámbito o una actividad, teniendo en cuenta la manera como las diversas actuaciones, situaciones y necesidades afectan las mujeres.

II. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS Y CONVOCATORIAS DE SUBVENCIÓN

1. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

- Visibilizar, capacitar y apoderar las personas y los colectivos que por razón de género, origen, orientación sexual, identidad o expresión de género lo requieran.

- Trabajar con el conjunto de la ciudadanía para mejorar la convivencia y promover la corresponsabilidad en la prevención y la erradicación de situaciones de discriminación por razón de género, origen, orientación sexual, identidad o expresión de género.

- Potenciar la participación de la ciudadanía, especialmente la juventud, en la vida social y cultural de la comunidad.

- Promover y fomentar los objetivos de desarrollo sostenible marcados en la Agenda 2030 aprobada por la Asamblea de las Naciones Unidas.

- Paliar el impacto económico y social como consecuencia de la pandemia provocada por el Covid-19, especialmente en los colectivos vulnerables por razón de género, origen, edad, orientación sexual, identidad o expresión de género.

2. CONVOCATORIAS DE SUBVENCIÓN

CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN DE PERSONAS MAYORES

Descripción

Afrontar el envejecimiento de la población es un reto de las administraciones públicas. Se calcula que en 2050 más del 25% de la población será mayor de 65 años.

Esta realidad requiere políticas locales adecuadas a un colectivo muy numeroso, diverso y con realidades y necesidades heterogéneas. Es un grupo de población cronológicamente envejecido pero funcionalmente joven. Su participación directa tiene que orientar las acciones y complementar las iniciativas de las administraciones.

En cuanto al tejido asociativo de Palma, constan inscritas 61 asociaciones y 3 federaciones de personas mayores en el Registro municipal de entidades ciudadanas. No obstante, su participación en los órganos de participación municipal es, a día de hoy, escasa.

Las próximas convocatorias (2021, 2022 y 2023) se dirigirán a las asociaciones de personas mayores de la ciudad de Palma que realicen programas, proyectos y actividades dentro de la línea de envejecimiento activo y la promoción de actividades intergeneracionales.

Objetivos

- Fomentar la relación directa con las asociaciones de personas mayores que desarrollan proyectos y actividades dirigidas a incrementar la participación social de las personas mayores de 50 años.

- Promover acciones dentro de la línea de envejecimiento activo: optimizar las oportunidades de salud, participación y seguridad con el fin de mejorar la calidad de vida a medida que las personas envejecen según la definición de la OMS (Ginebra, OMS, 2002).

- Incrementar las actividades intergeneracionales como una forma de participación comunitaria.

- Promover acciones destinadas a abordar la soledad de las personas mayores mediante proyectos dirigidos a fomentar la convivencia con personas en situación de vulnerabilidad.

- Promover la inclusión de las personas grandes en el mundo digital: acciones y actividades que afronten la brecha digital.

- Promover actuaciones para prevenir y/o sensibilizar sobre el impacto del Covid-19 en los colectivos de alto riesgo.

- Adaptar los espacios donde se desarrolla la actividad asociativa a la nueva normalidad.

Línea de subvención

Esta convocatoria de subvención se centra en los siguientes programas, proyectos y actividades:

- Programas de actividades habituales y las actividades puntuales dentro de ámbito del envejecimiento activo y actividades intergeneracionales que lleven a cabo las asociaciones de personas mayores de Palma y que tengan como objeto principal los siguientes temas:        

  • mejora de la salud desde las vertientes física y social para fomentar la actividad física y relacional.
  • mejora de la calidad de vida desde las vertientes cognitiva y emocional para fomentar la autonomía personal.
  • aumento de la participación social en su entorno próximo y en el ámbito de la ciudad.
  • difusión de información que incremente la seguridad y la autonomía personal de las personas mayores.

- Programas y proyectos de colaboración con otras entidades y servicios de los diferentes ámbitos (social, sanitario, cultural...) que favorezcan la integración y la participación social.

- Proyectos y acciones intergeneracionales que favorezcan la participación social y comunitaria.

- Proyectos y acciones que aborden la problemática de la soledad.

- La inclusión de forma transversal a los programas, a los proyectos, a los talleres y a las acciones de la perspectiva de género, la promoción de la igualdad y del voluntariado, y la utilización de nuevas tecnologías.

- Programas, proyectos, dotación de recursos, acciones, medidas o cualquier actividad dirigida a prevenir y/o sensibilizar sobre el impacto y/o los efectos del Covid-19 en los colectivos especialmente vulnerables o de alto riesgo.

- Proyectos para adaptar los espacios donde se desarrolla la actividad asociativa a los requisitos impuestos por la normativa en materia de Covid-19.

Efectos

Se trata de mantener un contacto permanente y directo con las asociaciones de personas mayores de la ciudad de Palma, con el objetivo de apoyar proyectos y actividades de interés público que promocionen el envejecimiento activo y la participación social de las personas mayores.

Hace falta que estas actividades complementen y amplíen las ofertas de la iniciativa pública y sean una vía de participación de la ciudadanía, de enriquecimiento de la vida comunitaria y de consolidación del tejido asociativo.

Se valora positivamente la inclusión en las programaciones de la perspectiva de género, de acciones para el fomento de la igualdad, del trabajo en red con otros servicios y entidades territoriales, de promoción del voluntariado y de participación cívica en las estructuras participativas de la ciudad, así como la inclusión del trabajo con nuevas tecnologías como eje transversal que permita mejorar la participación y la autonomía dentro de los domicilios y en el entorno próximo.

Órgano gestor / responsable

De acuerdo con el art. 27.4 de la Ordenanza de subvenciones, el órgano instructor es la persona titular de los servicios administrativos del centro gestor que indica la convocatoria.

El órgano competente para conceder subvenciones en el ámbito del Ayuntamiento de Palma es el órgano competente para la autorización del gasto, según lo que disponen las Bases de ejecución del Presupuesto vigente.

Seguimiento y evaluación de la convocatoria

Con la valoración cualitativa y cuantitativa de las memorias técnicas y las conclusiones extraídas se propone, si procede, la continuación, la sustitución o la modificación de determinados criterios y puntos de las Bases de la convocatoria, así como de los diferentes apartados que incluyen, con el objeto de mejorar la eficacia y la eficiencia en relación con la consecución de los objetivos planteados.

Las conclusiones del seguimiento de esta convocatoria pueden quedar reflejadas en la redacción del siguiente Plan estratégico mediante las modificaciones oportunas.

Valoración cualitativa

Se hará una valoración cualitativa a partir de l'evaluación de las memorias técnicas de actividades presentadas por las asociaciones en las justificaciones de la subvención, de acuerdo con los requisitos de justificación de la convocatoria.

Indicadores cuantitativos de los programas, proyectos y actividades

- número de solicitudes presentadas/aceptadas/denegadas

- número de actividades habituales/puntuales

- número de personas participantes/sexo

- número de actividades coincidentes con las líneas planteadas/por asociación

Informe anual

Con el resultado de la valoración cuantitativa y cualitativa, el segundo trimestre de cada año se emitirá un informe que recogerá la relación de actividades realizadas y la eficacia y la eficiencia de los recursos destinados en relación con la consecución de los objetivos previstos.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE JUVENTUD

1. Descripción

De los datos de que se dispone, procedentes de las memorias de los servicios de Juventud, se deduce que las principales necesidades de los jóvenes son las siguientes:

- trabajo

- formación, básicamente orientada al trabajo

- ayudas para la emancipación y el acceso a la vivienda

- ocupación del tiempo libre

Atendidas las competencias del Ayuntamiento en estas temáticas, la finalidad primordial de las convocatorias de subvenciones en materia de juventud se dirigirá al ámbito del tiempo libre, con la introducción de todos los elementos que convierten el ocio en un espacio educativo para el fomento de los valores que fortalecen la democracia, la convivencia y la participación de la sociedad.

La ciudad de Palma tiene una amplia tradición de entidades, asociaciones y colectivos de jóvenes que trabajan para la dinamización del ocio. Poco a poco han dado paso a proyectos y programas que dentro del marco del tiempo libre y de ocio han devenido espacios para la educación no formal y la educación informal en cuanto a los valores democráticos y participativos.

También se cuenta con un amplio colectivo de músicos y artistas dinámicos e innovadores que en muchos de casos forman parte de la propuesta cultural de la ciudad y enriquecen los espacios dedicados al ocio de la ciudad con diferentes formas de expresión artística.

El ocio y la cultura necesitan este proceso dinamizador que permite su actualización y se tienen que buscar las fórmulas para aproximarlos a la población juvenil, puesto que es mediante estos dos elementos que se puede facilitar su participación en la vida y el funcionamiento de la ciudad.

2.  Objetivos

- Facilitar el acceso a los y las jóvenes a unas actividades de ocio que favorezcan el conocimiento, el aprendizaje y la práctica de un modelo educativo de democracia y participación, igualdad, diversidad, solidaridad y respeto hacia los otros y hacia el entorno.

- Fomentar el conocimiento de la cultura propia de nuestra comunidad en aspectos como la lengua, el patrimonio historico-artístico, las fiestas populares, la música, etc.

- Fomentar y facilitar la participación de las personas usuarias en la gestión de su vida social y cultural.

- Fomentar el aprendizaje de la educación ambiental, con actitudes de respeto hacia la conservación de la biodiversidad y para la mejora de los recursos naturales.

- Fomentar aprendizajes para el desarrollo sostenible en la vida cotidiana y en especial promover acciones para combatir el cambio climático y sus efectos, y fomentar actividades de ocio respetuosas con el medio ambiente.

- Fomentar la convivencia entre los y las jóvenes y/u otros grupos generacionales, buscando espacios y mecanismos de interrelación.

- Fomentar la educación para un modelo de vida saludable, incidiendo especialmente en los aspectos relativos a la prevención de conductas adictivas, en la promoción del bienestar emocional y de la salud afectivosexual y en el trabajo de procesos que puedan derivar en situaciones de exclusión social, y transformarse en un recurso de aprendizaje y de inclusión social.

- Fomentar la creación y la expresión culturales, musicales y artísticas de los y de las jóvenes.

- Educar para la equidad de género y la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y la eliminación de la discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo.

- Prevenir la LGTBIfobia en los entornos educativos y espacios de ocio.

Para esta convocatoria se considerarán temas de especial valor los siguientes:

  • la preservación y mejora del medio ambiente, haciendo especialmente mención a las iniciativas relacionadas con la sostenibilidad.
  • el desarrollo de unos hábitos de vida y un ocio saludable, y especialmente las iniciativas que prevengan las adicciones al alcohol, a sustancias y al juego, así como aquellas propuestas que prevengan la socialización a nivel sexual de la población juvenil mediante la pornografía. 
  • la participación social.
  • la cultura de nuestra comunidad.
  • la equidad de género en general, y el feminismo, en particular.
  • la diversidad sexual y de género y la eliminación de la discriminación o las conductas de odio, especialmente por razón de orientación sexual, identidad de género o expresión de género.
  • la convivencia intergeneracional, especialmente los que vayan dirigidos a trabajar el envejecimiento activo y paliar la soledad.
  • la difusión de los Derechos de la Infancia aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

3. Efectos

Estas subvenciones se fundamentan en el interés general de apoyar a los y a las jóvenes, a las entidades juveniles y a las federaciones y agrupamientos de entidades juveniles sin ánimo de lucro, para que con sus proyectos y sus actuaciones dinamicen el ocio de la ciudad y promuevan la participación de los y de las jóvenes, creando un marco idóneo para la educación no formal a la vez que complementan la tarea que el Ayuntamiento lleva a cabo para ofrecer un tiempo de ocio saludable y educativo.

Todos estos proyectos y/o actividades se tienen que desarrollar dentro del ámbito del ocio, tienen que tener un cariz educativo y se tienen que dirigir a jóvenes de 14 a 30 años.

4.  Líneas de subvención

4.1.  Programas, proyectos y actividades en materia de juventud

Esta convocatoria de subvención consta de tres modalidades subvencionables:

Modalidad 1, que incluye las siguientes iniciativas:

- los gastos generados por el procedimiento de constitución legal de la asociación y/o entidad juvenil como tal.

- los programas de actividades socioeducativas y de dinamización dentro del ámbito del ocio que se realizan de forma habitual.

- las actividades socioeducativas y de dinamización dentro del ámbito del ocio que se realizan de forma puntual.

- las actividades específicas que en el ámbito del ocio tienen como objeto los temas de especial valor.

- las actividades formativas, de reciclaje y de perfeccionamiento dirigidas a los monitores y las monitoras, personal directivo y/o voluntariado de la asociación o entidad, en el ámbito del tiempo libre.

- el alquiler de la sede social de la asociación o entidad, y el de los espacios que son necesarios para llevar a cabo las actividades del proyecto, si se acredita esta necesidad.

- la difusión, el merchandising y el diseño y el mantenimiento de web u otras aplicaciones de software que tienen como finalidad dar a conocer las entidades y asociaciones y la tarea que llevan a cabo, con especial mención a la legislación vigente y a los objetivos y a los valores de esta convocatoria.

Modalidad 2, que incluye las siguientes iniciativas:

- las actividades que se llevan a cabo durante los periodos de vacaciones, en sus diferentes variantes (colonias, campamentos, actividades de aventura, campos de trabajo, colonias urbanas, etc.).

- el alquiler de los espacios necesarios para la realización de las actividades.

- la difusión y el merchandising que tienen como finalidad dar a conocer las actividades que se llevan a cabo, con especial mención a la legislación vigente y a los objetivos y valores de esta convocatoria.

Modalidad 3, que incluye las siguientes iniciativas:

Los proyectos, las actividades y las propuestas promovidas por jóvenes creadores o dirigidas a su capacitación, su formación y la difusión de su obra dentro del ámbito artístico y/o de la expresión cultural.

Los jóvenes creadores pueden solicitar ayudas para las siguientes actividades y gastos:

- participación a certámenes, exposiciones o concursos

- alquiler de salas y montaje de exposiciones

- realización de books  fotográficos o catálogos

- cursos de formación especializada complementaria a la oficial

- material para ensayos, actuaciones y funciones

- diseño y edición de material publicitario

Los grupos musicales y los  solistas pueden solicitar ayudas para las siguientes actividades y gastos:

- realización de conciertos en Mallorca y fuera de Mallorca

- grabación de temas

- autoedición de CD y videoclips

- cursos de formación especializada complementaria a la oficial

- diseño y edición de material de publicidad del grupo o solista

4.2.  Federaciones y agrupamientos de entidades juveniles de Palma

Esta convocatoria de subvención consta de dos modalidades subvencionables:

Modalidad 1 - Mantenimiento general de la federación, el agrupamiento o el movimiento

Se  pueden incluir los gastos de alquiler de instalaciones, luz, agua, teléfono, otros suministros o contrataciones imprescindibles para el desarrollo de la entidad (seguros, extintores, etc), personal de administración, reparaciones, y material fungible. Todos estos gastos o compras se tienen que hacer dentro del año del ejercicio de la convocatoria.

Modalidad 2 - Proyectos y actividades

Se  pueden incluir las iniciativas de dinamización del ocio que llevan a cabo   las federaciones, los agrupamientos o los movimientos y se dirigen al colectivo de jóvenes asociados y también a los no asociados de Palma. También corresponden a esta modalidad las iniciativas relacionadas con la dinamización del ocio llevadas a cabo   por agrupamientos, clubes o entidades menores.

4.3.  Premios

Con el fin de promover la creación cultural y/o artística entre los jóvenes de Palma, y de acuerdo con los objetivos del área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI, se crearán concursos literarios o artísticos con otorgamiento de premios, así como también se podrá colaborar mediante la dotación de “Premios Jóvenes” a concursos de otras áreas municipales, como Palma Fotográfica dentro de las fiestas de San Sebastián.

5.  Seguimiento y evaluación de las convocatorias

Con la valoración cualitativa y cuantitativa de las memorias técnicas y las conclusiones extraídas de esta se propondrá, si procede, continuar, sustituir o modificar determinados criterios y puntos de las bases de cada una de las convocatorias, con sus modalidades de subvención, así como de los diferentes apartados que incluyen, para mejorar la eficacia y la eficiencia en relación con la consecución de los objetivos planteados.

Las conclusiones del seguimiento de este Plan pueden quedar reflejadas en la redacción del siguiente Plan estratégico mediante las modificaciones oportunas.

Valoración cualitativa

Se hará una valoración cualitativa a partir de la evaluación de las memorias técnicas de actividades presentadas por las entidades en las justificaciones de la subvenciones, de acuerdo con los requisitos de justificación de cada una de las convocatorias.

Valoración cuantitativa: indicadores para cada convocatoria de subvención.

Programas, proyectos y actividades

- número de solicitudes presentadas a la convocatoria

- número de entidades, asociaciones y colectivos que presentan solicitud

- número de solicitudes presentadas para cada modalidad

- número de proyectos presentados para cada concepto subvencionable

- número de jóvenes participantes

- número de monitores y monitoras participantes

- importe total de las subvenciones otorgadas

Federaciones y agrupamientos de entidades juveniles

- número de solicitudes presentadas a la convocatoria

- número de federaciones, agrupamientos o movimientos

- número de entidades que se han acogido a la subvención de gastos de mantenimiento general

- número de proyectos y de actividades

- número de jóvenes participantes

- importe total de las subvenciones otorgadas

6. Informe anual

Con el resultado de la valoración cuantitativa y cualitativa, el segundo trimestre de cada año se emitirá un informe en el cual se recogerá la relación de actividades realizadas, y la eficacia y la eficiencia de los recursos destinados en relación con la consecución de los objetivos previstos.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE PROSTITUCIÓN (PEP)

Descripción

La prostitución, fuertemente arraigada en la sociedad, es uno de los mayores ejemplos de discriminación y abuso hacia las mujeres. Su ejercicio tiene un fuerte impacto económico, social y personal. Un elevado porcentaje de personas que lo ejercen se encuentran en una situación de vulnerabilidad que puede llegar a la sumisión a redes de tráfico de personas con fines de explotación sexual. El Ayuntamiento de Palma tiene que contribuir a la prevención y la detección de estas situaciones para preservar el ejercicio de los derechos humanos.

Objetivo

Apoyar a las entidades para atender y contribuir al empoderamiento de las personas que ejercen la prostitución (PEP).

Líneas de subvención

La convocatoria incluye proyectos de apoyo y atención a las personas que ejercen la prostitución (PEP) que contribuyan a su empoderamiento:

- proyectos que trabajen a partir del primer contacto con PEP (vinculación, detección de situaciones de riesgo y derivación a servicios y programas)

- proyectos que ofrezcan alternativas para la promoción personal, el empoderamiento individual o grupal o alternativas al ejercicio de la prostitución

- proyectos que incidan en el trabajo en red y lo mejoren

- proyectos de sensibilización, información y formación

- programas, proyectos, dotación de recursos, acciones, medidas o cualquier actuación dirigida a prevenir, sensibilizar y/o paliar el impacto y/o los efectos que la Covid-19 ha causado en este colectivo especialmente vulnerable

Efectos

- el apoyo a la atención y el empoderamiento de las personas que ejercen la prostitución (PEP)

- la gestión en red de esta atención en Palma

- la gestión en red del conocimiento logrado en Palma

Mecanismos de participación

Consejo de Mujeres: presentación del proyecto de bases de la convocatoria pública de subvenciones. Remisiones electrónicas: elaboración de bases de datos de entidades, asociaciones, colectivos... que coincidan con las finalidades de la convocatoria para la remisión electrónica de las bases y convocatoria.

Seguimiento y evaluación de la convocatoria

El seguimiento de los proyectos consistirá en verificar que las subvenciones se ajustan a la finalidad prevista.

Se hará una evaluación cuantitativa y cualitativa:

- número de acciones de difusión llevadas a cabo

- número de entidades que han recibido la difusión

- número de entidades que han participado en la convocatoria

- número de proyectos subvencionados

- tipología de actividades subvencionadas

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE FEMINISMO

Descripción

El avance en políticas de igualdad de género plantea una ambivalencia: se avanza en marcos normativos y en conquistas sociales, mientras se produce un estancamiento de algunas de estas políticas como consecuencia de fuertes reacciones ideológicas de un nuevo tipo de machismo. Esta ambivalencia en el discurso de la igualdad de género parece estar socialmente asumida mientras persisten las discriminaciones.

Así, los avances conviven con fuertes desigualdades entre mujeres y hombres en la vida social, económica, laboral, cultural... y esto  se muestra de forma más intensa en las diversas manifestaciones de las violencias machistas y en el trabajo de cuidados. La violencia hacia las mujeres se tiene que entender como una violencia colectiva y estructural, consecuencia de un modelo social patriarcal. Por otro lado, el sistema del trabajo de cuidados se fundamenta en una fuerte y desigual distribución del trabajo, añadida a una desvalorización y precarización, que se traslada a las mujeres migrantes.

El feminismo es un conjunto heterogéneo de movimientos políticos, culturales, económicos y sociales que tienen por objetivo la igualdad entre mujeres y hombres y la eliminación de la violencia de los hombres hacia las mujeres. El feminismo cuestiona el orden patriarcal de la sociedad: un modelo cultural y social que otorga al hombre un rol predominante, y lucha en contra de este orden.

Hay que incorporar una mirada feminista a las políticas públicas del Ayuntamiento de Palma, y también en la vida social, asociativa, cultural... para  lograr una ciudad feminista y justa.

Objetivos

Ayudas para la realización de proyectos y actividades de sensibilización y promoción para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, dirigidas a:

a. Visibilizar a las mujeres en el espacio público.

b. Fomentar el apoyo y el acompañamiento a las mujeres en situación de violencia de género para la reparación de los daños, la recuperación y promoción de la autonomía personal.

c. Sensibilizar, concienciar y prevenir otras formas de violencias machistas, recogidas en el Pacto de Estado contra la violencia de género.

d. Prevenir las violencias sexuales.

e. Dinamizar, motivar e impulsar el movimiento asociativo de las mujeres.

f. Promover el empoderamiento de las mujeres.

g. Difundir y promover el feminismo.

h. Revalorar el trabajo de cuidados.

i. Promover la participación social, cultural, política y tecnológica de las mujeres.

Líneas de subvención

Esta convocatoria de subvención se fundamenta en:

- proyectos y/o actuaciones de recuperación de la memoria de las mujeres en el espacio público

- programas, proyectos y/o actividades de reparación, recuperación y promoción de la autonomía personal de mujeres y sus hijas e hijos en situación de violencia de género para que puedan rehacer su proyecto de vida

- programas, proyectos y/o actuaciones de sensibilización, concienciación y prevención sobre otras formas de violencias machistas recogidas en el Pacto de Estado contra la violencia de género

- programas, proyectos y/o actuaciones de prevención de las violencias sexuales y de promoción de los derechos vinculados a la libertad sexual

- actuaciones para  el empoderamiento de las mujeres en cualquier ámbito

- proyectos que generen y fortalezcan las redes y entidades de mujeres y los espacios de comunicación y de relación desde una perspectiva feminista

- programas, proyectos y/o actividades para  la capacitación y el ejercicio del liderazgo de las mujeres en el movimiento asociativo

- programas, proyectos y/o actuaciones de difusión y sensibilización del movimiento feminista

- programas, proyectos y /o actuaciones de visibilización del trabajo desigual de cuidados, de los derechos laborales de las mujeres cuidadoras, de las brechas salariales y del empoderamiento de los colectivos que se dedican a ello.

Efectos

- Eliminar la percepción social de los factores que mantienen la posición de subordinación de las mujeres en los espacios sociales, económicos, políticos, deportivos y culturales mediante la sensibilización y la concienciación.

- Contrarrestar la invisibilización a la que la historia ha sometido a las mujeres y sus contribuciones en todos los ámbitos del saber, reparando este agravio histórico y reconstruyendo una memoria colectiva que las coloque en el lugar que por justicia les corresponde.

- Impulsar el protagonismo y los liderazgos de las mujeres en la sociedad democrática como sujeto crítico, activo y participativo.

Mecanismos de participación.

Consejo de Mujeres: presentación del proyecto de bases de la convocatoria pública de subvenciones. Remisiones electrónicas: elaboración de bases de datos de entidades, asociaciones, colectivos... que coincidan con las finalidades de la convocatoria para la remisión electrónica de las bases y convocatoria.

Seguimiento y evaluación

El seguimiento de los proyectos consistirá en verificar que las subvenciones se ajustan a la finalidad prevista.

Se hará una evaluación cuantitativa y cualitativa:

- número de acciones de difusión llevadas a cabo

- número de entidades que han recibido la difusión

- número de entidades que han participado en la convocatoria

- número de proyectos subvencionados

- tipología de actividades subvencionadas

CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN LGTBI

Descripción

En su último informe el Observatorio de Redes contra el Odio de la FELGTB muestra que solo se denuncia el 17% de los delitos de odio. Algunos de los motivos por los cuales las víctimas no denuncian son el miedo a hacerse visibles como personas LGTBI en su entorno, la revictimización o el miedo a la culpabilización y, sobre todo, la falta de percepción de la agresión recibida como delito.

Contabilizar solo las agresiones denunciadas genera una falsa apariencia de logro de la igualdad de derechos y trato, pero el estudio sobre la igualdad del colectivo LGTBI elaborado en 2020 por la Agencia por los Derechos Fundamentales de la Unión Europea refleja con los siguientes datos, entre otros, que queda un largo camino para lograr la igualdad real: en España 1 de cada 3 personas LGTBI no es visible en su trabajo, un 50% de las parejas no se dan la mano en la calle por miedo a recibir agresiones y un 63% de las mujeres trans han recibido acoso los últimos 12 meses.

Para  dar respuesta a la necesidad de garantizar los derechos de la población LGTBI de las Islas Baleares contamos con la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar la LGTBIfobia. Este Plan estratégico, en consonancia con la Ley  mencionada, busca establecer herramientas que hagan arraigar las condiciones para que las personas LGTBI puedan ejercer sus derechos en libertad y sin ningún tipo de discriminación. Es esencial garantizar la igualdad de oportunidades en la participación y la representación en todos los ámbitos de la vida y contribuir a la superación de los estereotipos que afectan negativamente la percepción social del colectivo.

Objetivos

- Sensibilizar, reconocer y dar visibilidad a la diversidad sexual y de género a la ciudadanía.

- Fomentar y promover la igualdad real de las personas LGTBI haciendo efectivo el derecho de la no-discriminación.

- Contribuir a la superación de los estereotipos y prejuicios que afectan negativamente a la percepción social de las personas LGTBI.

- Prestar atención integral psicosocial y jurídica.

- Ampliar las oportunidades laborales y mejorar el nivel competencial y formativo de las mujeres trans.

- Capacitar a los y las profesionales de cualquier ámbito de actuación mediante la formación en diversidad sexual y de género.

- Promover la inclusión de la perspectiva LGTBI en la memoria histórica.

Líneas de subvención

- iniciativas de promoción y reconocimiento de la diversidad, de la identidad, la orientación, la expresión de género y los modelos familiares

- proyectos y programas de información, atención psicosocial y jurídica al colectivo LGTBI

- actividades y proyectos que fomenten la formación y la capacitación  de las mujeres trans al acceso al mercado de trabajo, su participación y su empoderamiento.

- acciones de sensibilización, formación y acompañamiento a los agentes educativos, sociales, de salud y laborales para  fomentar los derechos de las personas LGTBI

- actividades que promuevan la visibilización de las aportaciones realizadas, a través de la historia por las personas LGTBI en todos los ámbitos de la sociedad.

Efectos

Impulsar la cooperación entre la iniciativa social y la Administración local para  optimizar los recursos existentes, coordinar y complementar las actuaciones municipales que se desarrollan desde el área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI e impulsar y apoyar a las actuaciones del movimiento asociativo que fomentan el empoderamiento y la participación, así como la consecución de los derechos y libertades del colectivo LGTBI.

Mecanismos de participación

- recogida de sugerencias y propuestas

- información mediante listas de distribución de correos electrónicos a entidades y asociaciones y publicación en la web y en las redes sociales municipales de la convocatoria

- información mediante los mismos mecanismos de la resolución y de la evaluación

- acciones para  visibilizar los proyectos: información en  los consejos de distrito, web y redes municipales

Seguimiento y evaluación

El seguimiento de los proyectos consistirá en verificar que las subvenciones se ajustan a la finalidad prevista.

 Se hará una evaluación cuantitativa y cualitativa:

- número de acciones de difusión llevadas a cabo

- número de entidades que han recibido la difusión

- número de entidades que han participado en la convocatoria

- número de proyectos subvencionados

- tipología de las actividades subvencionables

CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL

Descripción

En las dos últimas décadas, a pesar de que el desarrollo humano haya avanzado considerablemente la realidad cotidiana para centenares de millones de personas en los países del sur continúa marcada por la pobreza extrema, el analfabetismo, la falta de oportunidades y la violencia.

El 19 de octubre de 1993 se constituyó el Fondo Mallorquín de Solidaridad y Cooperación con el objetivo de coordinar las ayudas de las administraciones públicas de Mallorca a los países empobrecidos. El 30 de septiembre de 1993 el Ayuntamiento de Palma aprobó incorporarse como socio y adquirió el compromiso de librarle, con cargo a los créditos consignados para esta finalidad, una aportación anual para financiar la ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo humano integral en los países empobrecidos.

La Ley 9/2005, de 21 de junio, de cooperación internacional de las Islas Baleares es la principal fuente que inspira las políticas de cooperación internacional y su despliegue normativo en el ámbito autonómico. Unas de sus finalidades son “impulsar y promover la participación ciudadana en las acciones de cooperación” y “fomentar la educación y la sensibilización de la sociedad de las Islas Baleares en la realidad de los países empobrecidos” (art. 4). En el Registro municipal de entidades ciudadanas del Ayuntamiento constan 67 entidades de cooperación y humanitarias, y un total de 36 entidades que tienen como eje de intervención la población migrante.

Objetivos

- Sensibilizar y educar para el desarrollo y el fomento de los derechos humanos, las relaciones norte-sur, la problemática general de los pueblos y colectivos empobrecidos, y la lucha contra el racismo y la xenofobia.

- Contribuir al desarrollo de países empobrecidos.

- Promover y potenciar proyectos de desarrollo sostenible en el marco de la agenda 2030.

Líneas de subvención

1. Ayudas para llevar a cabo proyectos y actividades de sensibilización y promoción de los derechos humanos y concretamente de los que vayan dirigidos a:

- Defender y promover los Derechos Humanos.

- Educar para el desarrollo de la ciudadanía universal, promover el desarrollo humano y sostenible y luchar contra las desigualdades.

- Sensibilizar sobre la situación de las personas refugiadas y/o desplazadas.

- Combatir el racismo y la xenofobia.

- Sensibilizar y formar a la ciudadanía sobre la realidad política, económica, social y cultural que rodea las relaciones norte-sur y la problemática general de los pueblos y de los colectivos que sufren desigualdades.

2. Suscripción de un convenio con el Fondo Mallorquín de Solidaridad y Cooperación.

De acuerdo con el art. 12 de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Palma sobre concesión directo de subvenciones y atendida su previsión en el Presupuesto municipal.

3. Suscripción de un convenio con la Asociación de Amigos del Pueblo Saharaui de las Islas Baleares.

De acuerdo con el art. 12 de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Palma sobre concesión directo de subvenciones y atendida su previsión en el Presupuesto municipal.

Efectos

Contribuir al cumplimiento de los compromisos de la ciudad en materia de cooperación al desarrollo y la defensa y promoción de los derechos humanos en Palma.

Objetivos

- Contribuir al desarrollo de países empobrecidos.

- Reducir los desequilibrios norte-sur y la problemática general de los pueblos y colectivos empobrecidos.

- Sensibilizar y educar a la ciudadanía en la defensa y la promoción  de los derechos humanos, las libertades fundamentales y la cultura de la paz, y fomentar  la participación.

Mecanismos de participación

Además de cumplir el procedimiento preceptivo y de acuerdo con el Reglamento orgánico de participación ciudadana se llevarán a cabo las siguientes acciones:

- recogida de sugerencias y propuestas

- información mediante listas de distribución de correos electrónicos a entidades y asociaciones y publicación en la web y en las redes sociales municipales de la convocatoria

- información mediante los mismos mecanismos de la resolución y de la evaluación

- acciones para  visibilizar los proyectos: información a los consejos de distrito, en la web y en las redes municipales

Seguimiento y evaluación de la convocatoria

El seguimiento de los proyectos consistirá a verificar que las subvenciones se ajustan a la finalidad prevista.

 Se hará una evaluación cuantitativa y cualitativa:

- número de acciones de difusión llevadas a cabo

- número de entidades que han recibido la difusión

- número de entidades que han participado en la convocatoria

- número de proyectos subvencionados

- tipología de las actividades subvencionables

III. PUBLICACIÓN, EJECUCIÓN, JUSTIFICACIÓN, RESOLUCIÓN, INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL

1. PUBLICACIÓN

Las Bases se publicarán en el primer trimestre del ejercicio en curso. Una vez aprobada la convocatoria, las entidades interesadas que cumplan los requisitos podrán presentar las solicitudes en el plazo de 30 días naturales contados desde el día siguiente que se publiquen en el BOIB.

2. EJECUCIÓN

Para cada una de las convocatorias recogidas en el punto II.2 de este Plan se determinará el plazo de ejecución de las actividades y de los  proyectos, el cual en ningún caso podrá exceder de los plazos de vigencia previstos en su punto I.4. del Plan.

3. RESOLUCIÓN

De acuerdo con el art. 25.4 de la  Ley 38/2003 y el art. 34.4 de la Ordenanza municipal de subvenciones, el plazo máximo de resolución y notificación es de seis meses. Este plazo se computa desde que se publica la convocatoria, salvo que sea convocatoria abierta. En este caso el plazo máximo para resolver y presentar solicitudes se cuenta desde la fecha que se especifica en la convocatoria.

4. JUSTIFICACIÓN

Las adjudicatarias de subvenciones tendrán que justificar documentalmente su destino en los plazos previstos en la convocatoria o la resolución  de concesión, mediante documentos originales o fotocopias compulsadas. Los documentos tienen que cumplir los requisitos que según su naturaleza sean legalmente exigibles.

En consecuencia, en el plazo que se marque tendrá que quedar acreditado que la actividad objeto de subvención se ha realizado efectivamente y que el importe de la subvención se tiene que aplicar a la finalidad concreta para la cual se ha concedido. Si no se justifica la inversión en la forma y el  plazo fijados se reclamará la devolución de la cantidad entregada en concepto de subvención. Si no se reintegra voluntariamente se exigirá la devolución mediante el procedimiento administrativo correspondiente.

En el caso de subvenciones con pago condicionado por la justificación, la falta de esta supondrá que se revoque automáticamente la concesión, con los trámites legales previstos.

Los documentos aportados se tienen que enviar al área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI, la cual, con informe previo, los enviará a la Intervención Municipal para su fiscalización, a efectos de prestar conformidad o hacer  objeciones a los justificantes aportados.

Los gastos subvencionados tendrán que responder a la naturaleza de la actividad subvencionada y se tendrán que haber pagado antes de que finalice el periodo de justificación, salvo que las bases reguladoras dispongan expresamente otra cosa.

5. SEGUIMIENTO Y CONTROL

Los órganos responsables de cada convocatoria serán los responsables del control y del  seguimiento de las convocatorias incluidas en este Plan.

Para cada convocatoria/ámbito de actuación se emitirán informes, coincidiendo con las diferentes fases de ejecución. Estos informes se publicarán en la web del Ayuntamiento de Palma y se dará cuenta a los órganos de participación territorial y sectorial adecuados.

De acuerdo con el art. 27.4 de la Ordenanza de subvenciones, el órgano instructor es la persona titular de los servicios administrativos del centro gestor que indica la convocatoria.

El órgano competente para conceder subvenciones en el ámbito del Ayuntamiento de Palma será el órgano competente para autorizar el gasto según lo que dispongan las bases de ejecución del Presupuesto vigente.

6. EVALUACIÓN

La evaluación anual del Plan tiene que servir para hacer los ajustes necesarios en las convocatorias y los procedimientos, de forma que sean coherentes con las situaciones sobre las cuales se pretende incidir. Se tendrán que analizar los resultados obtenidos, la utilidad pública o social, el grado de cumplimiento de los objetivos y la eficacia de las actuaciones.

El contenido de las conclusiones se recogerá en un informe que, a la vista de la evaluación realizada, hará constar la procedencia de mantener o revisar el Plan.

La evaluación se hará al finalizar el ejercicio presupuestario, a partir de la evaluación de los indicadores de cada convocatoria.

7. INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN

El área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI facilitará a las entidades que lo soliciten información y orientación respecto de sus convocatorias de subvenciones y también  garantizará la difusión, el impacto y la visibilidad.  

La información se ajustará a la disponibilidad de personal del área. Si hay entidades interesadas se podrán hacer sesiones informativas grupales ad hoc.

IV. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN, PERSONAS Y ENTIDADES BENEFICIARIAS, CONDICIONES GENERALES

1. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

El Ayuntamiento concederá subvenciones en los términos y con el alcance previsto por la  Ley 38/2003 mediante convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva.

En todo caso, las bases para la concesión en los procedimientos de concurrencia tendrán que contener, como mínimo, lo siguiente:

- definición del objeto de la subvención

- requisitos que tienen que cumplir las personas y las  entidades beneficiarias para obtener la subvención

- requisitos formales de la solicitud

- procedimiento de concesión de la subvención

- partida presupuestaria, cuantía y límites de la subvención

- criterios de valoración

- órganos competentes para ordenar, instruir y resolver el procedimiento de concesión de la subvención y el plazo en que se notificará la resolución

- Plazo y forma de justificación por parte de la entidad beneficiaria del cumplimiento de la finalidad para la cual se ha concedido la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos

- posibilidad de efectuar pagos anticipados y abonos por anticipado

- medidas de garantía que procedan

- compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad

- criterios de evaluación de los posibles incumplimientos de las condiciones impuestas con motivo de la concesión

 

2. PERSONAS Y ENTIDADES BENEFICIARIAS

Tienen la consideración de beneficiarias de las subvenciones las personas y las  entidades que tienen que llevar a cabo la actividad que  fundamentó el otorgamiento o que se encuentren en la situación que legitima su concesión.

3. CONDICIONES GENERALES

-  No se pueden otorgar subvenciones de una cuantía superior a la que determine la convocatoria.

- Antes de la concesión se tiene que acreditar que no se es deudor de las administraciones públicas ni tener pendientes de reintegro subvenciones pagadas con anterioridad e incorrectamente justificadas.

- El importe de las subvenciones o ayudas no puede superar, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, e ingresos directos de la actividad, el coste de la actividad a desarrollar. Si sucediera, el importe inicialmente concedido se podrá minorar en el importe del superávit reflejado.

-  La subvención se puede revocar o reducir en cualquier momento, sin que la entidad beneficiaria pueda alegarla como precedente ni exigir el aumento, la revisión o el  cambio de aplicación, puesto que no crea ningún derecho subjetivo.

- El Ayuntamiento puede inspeccionar y pedir  en cualquier momento la información o la documentación  correspondientes, tendentes a asegurarse que se cumple el fin a la cual  se destina la subvención.

V. FINANCIACIÓN Y DOTACIÓN ECONÓMICA DE LAS LÍNEAS DE SUBVENCIÓN

Para atender las obligaciones económicas que se deriven de las convocatorias, de acuerdo con las posibilidades presupuestarias se reservará anualmente una cantidad con cargo a las partidas del presupuesto del área. Estas cantidades se revisarán anualmente, después de cada convocatoria, en función de las necesidades de las entidades y de la disponibilidad presupuestaria. También se podrán nutrir de aportaciones finalistas extrapresupuestarias.

Personas mayores:

20.23128.483.00 FAMILIAS, MIGRACIONES Y GENTE MAYOR.- ASS. Y FEDER. PERS. MAYORES 100.000,00

Juventud:

20.33710.483.00 JUVENTUD. SUBV. PROGRAMAS, PROYECTOS Y ACTIVIDADES 49.000,00

20.33710.483.01 JUVENTUD. SUBV. FEDERACIONES Y AGRAPAMENTS 49.000,00

20.33710.481.00 JUVENTUD. PREMIOS JÓVENES DE CONCURSOS 2.000,00

Igualdad:

20.23123.481.01 SUBVENCIONES PARA PROYECTOS PEP 275.000,00

Feminismo:

20.23123.481.03 – SUBVENCIONES FEMINISMO: 50.000,00

LGTBI:

20.23123.481.02 – SUBVENCIONES LGTBI: 30.000

Cooperación internacional:

20.23120.483.01 APORTACIÓN AL FONS MALLORQUÍ DE SOLIDARIDAD 66.320,45

20.23120.482.01 CONVENIO ASOCIACIÓN AMIGOS DEL PUEBLO SAHARAUI 15.000,00

20.23120.483.00 COOPERACIÓN INTERNACIONAL. CONVOCATORIA SUBVENCIONES 75.000,00​​​​​​​