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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 68818
Departamento de Personal. Decreto del Regidor del Área de Hacienda, Innovación y Función Pública número 1.144, de 29 de enero de 2021, de prestación de servicios en modalidad de teletrabajo

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Texto

El regidor del Área de Hacienda, Innovación i Función Pública mediante decreto número 1.144, de fecha 29 de enero de 2021 dictó la siguiente resolución: 

ANTECEDENTES

1. El artículo 18 del Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma de 10 de junio de 2020 que aprueba el Acuerdo de prestación de servicios en modalidad de teletrabajo publicado en el BOIB núm. 110 de 18 de junio de 2020 contempla la posibilidad de modificar los términos en que fue concedida.

2. El 25 de enero de 2021 el Equipo Coordinador de Teletrabajo se reunió para de supervisar, comprobar y validar las nuevas propuestas de teletrabajo presentadas por las diferentes áreas.

3. Es por esto y de acuerdo con la propuesta definitiva presentada que se dicta una nueva resolución en los términos que acordó el Equipo Coordinador de Teletrabajo en la sesión celebrada el 25 de enero de 2021. 

NORMATIVA APLICABLE

1. Decreto ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19- publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de 15 de mayo de 2020.

2. Resolución del Secretario del Estado de Política Territorial y Función Pública del Ministerio de Política Territorial y Función Pública de 4 de mayo, de medidas a adoptar en los Centros de trabajo con motivo de la aprobación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

3. El artículo 69 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que dispone que la Administración tenderá a contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles mediante la dimensión adecuada de sus efectivos, la mejor distribución, formación, promoción profesional y movilidad.

4. Acuerdo sindical de día 8 de junio de 2020.

5. Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma de 10 de junio de 2020 que aprueba la reincorporación gradual y asimétrica de las empleadas y empleados públicos y el Acuerdo de prestación de servicios en modalidad teletrabajo publicado al BOIB núm. 110 de 18 de junio de 2020 (Fascículo 95 - Sec. III. - Pág. 18.958).

Por todo esto, y teniendo en cuenta la delegación de competencias a los regidores y regidoras de Área, aprobada por Decreto de Alcaldía núm. 12.313, de 18 de junio de 2019, relativo a la organización de los Servicios Administrativos del Ayuntamiento de Palma, modificado por Decreto de Alcaldía núm. 13.026, de 28 de junio de 2019, así como el Acuerdo de delegación de competencias de la Junta de Gobierno de Palma en los titulares de las Áreas y Áreas delegadas acordado en fecha 31 de julio de 2019, la jefa que subscribe propone al Sr. Regidor del Área de Hacienda, Innovación y Función Pública, tenga a bien emitir el siguiente:

 DECRETO 

1. Aprobar la relación de personal del Ayuntamiento de Palma que, conforme a los informes emitidos por los o por las responsables de las diferentes áreas y la propuesta definitiva del Equipo Coordinador de Teletrabajo reunido sesión de 25 de enero de 2021, quedan autorizados a prestar servicios en la modalidad de teletrabajo a partir del 1 de febrero de 2021 de acuerdo a los días recogidos de acuerdo a la siguiente lista:

Relación de personas autorizadas a prestar sus servicios en régimen de teletrabajo

 

DNI

Núm. días teletrabajo

Días teletrabajo

1

08113482W

3

L, J, V

2

37336780Y

2

X, V

3

43001177D

3

M, J, V

4

43031895E

2

L, X

5

43049138S

2

L, J

6

43082933T

1

X

7

43187147R

1

V

Establecer que, tal y como consta en el Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma de 10 de junio de 2020 que aprueba la reincorporación gradual y asimétrica de las empleadas y empleados públicos y el Acuerdo de prestación de servicios en modalidad teletrabajo (BOIB núm. 110 de 18/06/2020), esta autorización tiene una vigencia de 6 meses prorrogables desde su fecha de inicio. Esto sin perjuicio que pueda ser revisada y modificada en cualquier momento de su ejecución bien por el titular del Área en que se presten los servicios o bien por el Área de Función Pública.  

2. Aprobar las modificaciones de los días de teletrabajo propuestas mediante los informes emitidos por los o por las responsables de las diferentes áreas y la propuesta definitiva del Equipo Coordinador de Teletrabajo reunido sesión de 25 de enero de 2021, a partir del 1 de febrero de 2021, los cuales se recogen a la siguiente lista:

 

DNI

Núm. días teletrabajo

Días teletrabajo

1

43104326A

4

L, X, J, V

2

43124119Q

2

L, J

3

78209577D

2

L, V

3. Aprobar la autorización para prestar servicios en la modalidad de teletrabajo a partir del 1 de febrero de 2021 y durante 6 meses prorrogables desde la fecha de inicio de acuerdo con los días recogidos de acuerdo con la siguiente lista:

Relación de personas autorizadas a prestar sus servicios en régimen de teletrabajo

 

DNI

Núm. días teletrabajo

Días teletrabajo

1

43104028G

3

L, J, V

2

43111602B

3

L, X, J

Aunque no hace tres meses que ocupan estos puestos de trabajo, este requisito se puede flexibilizar en aquellos casos en que los conocimientos de las funciones se alcancen en menos tiempo, siempre y cuando se respete una antigüedad mínima de 15 días, y mediante el informe favorable emitido por el responsable del área y la propuesta definitiva del Equipo Coordinador de Teletrabajo reunido en sesión de 25 de enero de 2021. 

4. Aprobar de oficio las prórrogas por 6 meses más la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo de acuerdo a los días recogidos en el documento adjunto de este decreto ya que se acordó en la reunión del equipo coordinador de día 9 de noviembre de 2020 que en los casos de no remitirse ninguna propuesta de modificación, les condiciones actuales se entenderán prorrogadas de oficio y así se informó al resto de personal. Todo esto, sin perjuicio de que pueda ser revisada y modificada en cualquier momento de su ejecución, bien por el titular del Área en que se presten los servicios o bien por el Área de Función Pública 

Estas prórrogas se recogen en la siguiente lista:

 

DNI

N. días TT

Días TT

Fecha de inicio

prórroga

1

43043607G

2

L, M

14/03/2021

2

43061467Q

2

J, V

14/03/2021

3

43051332R

2

L, M

14/03/2021

4

43056912S

2

J, V

14/03/2021

5

43082914G

2

X, V

01/03/2021

6

43121913H

2

X, V

01/03/2021

7

43095807V

3

L, M, J

01/03/2021

8

43064904A

3

L, J, V

01/03/2021

9

43037842N

3

M, J, V

01/03/2021

10

43088374J

2

M, V

01/03/2021

11

48420337R

5

L, M, X, J, V

01/03/2021

5. Corregir el error material del decreto 202021286, de 30 de diciembre de 2020, del regidor de Hacienda, Innovación y Función Pública que aprobó el cambio de días de TT del trabajador con DNI 43544408A y tendrían que ser los días siguientes: X y V. 

6. Establecer que contra esta resolución, que agota la vía administrativa, es puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes a partir del día siguiente de la publicación de este Decreto. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo se tendrá que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contencioso administrativa.  

7. Publicar esta resolución en el Portal del Personal, en la Intranet Municipal  y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 22 de marzo de 2021

El jefe de Departamento de Personal

p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3.000/2014

(BOIB núm. 30, de 04/03/2014)

Antoni Pallicer Martorell