Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 66398
Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 8 de marzo de 2021, relativo a la concesión de ayudas destinadas a paliar los efectos económicos y sociales de carácter negativo producidos en la juventud de Menorca a consecuencia de la crisis sanitaria derivada de la Covid-19 (exp. 5226-2020-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Mediante acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de fecha 19/10/2020 se aprobaron las bases que rigen la concesión de ayudas destinadas a paliar los efectos económicos y sociales de carácter negativo producidos en la juventud de Menorca consecuencia de la crisis sanitaria derivada de la Covid-19 y la convocatoria para el año 2020, publicada en el BOIB núm. 188, de 10.31.2020, con varias líneas de ayudas:

Línea 1. Ayudas a la adquisición de equipos informáticos

Línea 2a. Ayudas para la obtención de permisos de conducción

Línea 2b. Ayudas para participar en actividades formativas no regladas artísticas, culturales y de ocio

Línea 3. Ayudas a la constitución de asociaciones juveniles

De acuerdo con la convocatoria, las ayudas que se concediesen serían atendidas con cargo a las partidas del ejercicio presupuestario del año 2020 que se detallan en el cuadro siguiente:

Línea

Cuantía máxima

Partida

Línea 1. Ayudas a la adquisición de equipos informáticos

15.000 €

4.33450.7800000

Línea 2a.Ayudas para la obtención de permisos de conducción

15.000 €

4800000

Línea 2b. Ayudas para participar en actividades formativas no regladas artísticas, culturales y de ocio

15.000 €

4800000

Línea 3. Ayudas a la constitución de asociaciones juveniles

5.000 €

4800000

TOTAL

50.000 €

 

La convocatoria también dispuso que en el caso de que para las líneas 2a, 2b y 3 no se agotara la consignación presupuestaria, la cantidad sobrante revertiría en otra línea de acuerdo con el orden de prelación: 1º) línea 2a y 2º) línea 2b, y que los importes máximos por solicitante serían de:

Línea 1. Ayudas a la adquisición de equipos informáticos: 500 euros

Línea 2a. Ayudas para la obtención de permisos de conducción: 500 euros

Línea 2b. Ayudas para participar en actividades formativas no regladas artísticas, culturales y de ocio: 300 euros

Línea 3. Ayudas a la constitución de asociaciones juveniles 1000 euros

Mediante Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Menorca núm. 265/2020, de 17 de noviembre, publicado en el BOIB núm. 197, de 19.11.2020, se rectificaron unos errores materiales de las bases y se amplió el plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria para el año 2020 en 5 días hábiles más.

Previo dictamen de la comisión evaluadora prevista en la convocatoria, en fecha 28/12/2020 el Consejo Ejecutivo adoptó un primer acuerdo para resolver las solicitudes que no estaban pendientes de subsanación de deficiencias; también acordó, de acuerdo con lo previsto en la convocatoria de ayudas, revertir el remanente de la línea 2b -de ayudas para participar en actividades formativas no regladas artísticas, culturales y de ocio-, por importe de 13.500 €, y el remanente de la línea 3ª -de ayudas a la constitución de asociaciones juveniles-, por importe de 5.000 €, en la línea 2a, de ayudas para la obtención de permisos de conducción, y asimismo, acordó la continuación de la instrucción del procedimiento de ayudas del resto de solicitudes.

En fecha 17/2/2021, una vez realizadas las pertinentes tareas instructoras de las solicitudes pendientes de resolución, la técnica del Instituto de la Juventud de Menorca y la técnica instructora del expediente emitieron un informe conjunto de acuerdo con el que se propone resolver las solicitudes pendientes, las presentadas en la línea 1 aplicando los criterios y la fórmula para la distribución de las ayudas y determinación del importe de cada subvención regulados en las bases novena y décima, y ​​las correspondientes a las líneas 2a y 2b, determinando el importe a conceder en base a los gastos subvencionables justificadas, dado que la cuantía total máxima que puede ser atendida por estas líneas con cargo a la partida correspondiente, incluidos los remanentes aplicados, y resulta suficiente para atender todas las solicitudes admitidas. El informe pone también de manifiesto que se ha advertido un error material en en el punto décimo del acuerdo de concesión del Consejo Ejecutivo adoptado el 28/12/2020, por el que se conceden ayudas a la línea 2a, en concreto en la cuantía de la ayuda concedida a un beneficiario, error el que se deberá rectificar en aplicación del art. 109 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El informe recoge una mesa final que refleja el resultado final de la convocatoria, de acuerdo con la propuesta técnica:

 

Importe máximo convocatoria

Importe máximo, incluidos remanentes provenientes de otras líneas

1a concesión

CEX 28/12/2020

(corregido un error material)

2a concesión

Total

concedido

Remanentes

revertidos a la línea 2a

Línea 1

15.000 €

 

 

15.000,0 €

15.000,00 €

 

Línea 2a

15.000 €

33.757,5 €

25.785,25 €

1.693,6 €

27.478,85 €

 

Línea 2b

15.000 €

 

1.200,00 €

42,5 €

1.242,50 €

13.757,5 €

Línea 3

5.000 €

 

 

 

 

5.000,0 €

 

50.000 €

 

 

 

43.721,35 €

 

Dado el dictamen emitido por la Comisión Evaluadora en fecha 18/2/2021, el cual propone la resolución de las ayudas de acuerdo con la propuesta técnica;

Y dado el Decreto de Presidencia número 424, de 10 de julio de 2019 de determinación de las atribuciones del Consejo Ejecutivo;

Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes;

El Consejo Ejecutivo, por unanimidad de los miembros presentes, adopta el siguiente acuerdo:

Primero. Rectificar el error material advertido en el punto décimo del acuerdo del Consejo Ejecutivo adoptado el 28/12/2020 por el que se conceden ayudas destinadas a paliar los efectos económicos y sociales de carácter negativo producidos en la juventud de Menorca consecuencia de la crisis sanitaria derivada de la Covid-19, para la obtención de permisos de conducción (línea 2a), consistente en un error material en la cuantía de la ayuda concedida a un beneficiario y, en consecuencia, en el importe total de ayudas concedidas para esta línea:

Donde decía:

APELLIDOS Y NOMBRE

DNI

IMPORTE DE LA AYUDA

Pons Romero, John Anthony

1552**

200,00 €

Debe decir:

APELLIDOS Y NOMBRE

DNI

IMPORTE DE LA AYUDA

Pons Romero, John Anthony

1552**

490,00 €

Y donde decía:

Total ayudas concedidas 25.495.25 €

Debe decir:

Total ayudas concedidas 25.785,25 €

Segundo. Resolver las siguientes solicitudes de ayudas destinadas a paliar los efectos económicos y sociales de carácter negativo producidos en la juventud de Menorca a consecuencia de la crisis sanitaria derivada de la Covid-19, para la adquisición de equipos informáticos (Línea 1) y disponer:

Segundo. 1. Denegar las solicitudes de ayudas destinadas a paliar los efectos económicos y sociales de carácter negativo producidos en la juventud de Menorca a consecuencia de la crisis sanitaria derivada de la Covid-19, para la adquisición de equipos informáticos (Línea 1), los solicitantes y por motivos que se especifican seguidamente

 

APELLIDOS Y NOMBRE

DNI

MOTIVO DE 'EXCLUSIÓN

Jorge Irigoien, Aitor

0866**

No cumplir con el umbral económico exigido

Cloquells Sintes, Arnau

1465**

No cumplir con el umbral económico exigido

Pérez Arias, Samantha

4843**

Los gastos subvencionables correspondientes a las líneas 1 no se han efectuado entre el 1 de enero de 2020 y la finalización del plazo de presentación de solicitudes

Morro Sanz, Clara

1474**

No cumplir con el umbral económico exigido

González Juanico, Cristina

0583**

No cumplir con el umbral económico exigido

Mascaró Mercadal, Ignasi

4570**

Los gastos subvencionables correspondientes a las líneas 1 no se han efectuado entre el 1 de enero de 2020 y la finalización del plazo de presentación de solicitudes

Fernández Barca, Júlia

1269**

El gasto para la que se solicita la ayuda no es subvencionable de acuerdo con las bases reguladoras

Torres Hernández, Julia Gabriela

7009**

La persona solicitante no es nacida entre 2004 y 1990

Ventura Vilavella, Irene

7940**

Los gastos subvencionables correspondientes a las líneas 1 no se han efectuado entre el 1 de enero de 2020 y la finalización del plazo de presentación de solicitudes

García Salguero, Estela

2000**

La persona solicitante no es nacida entre 2004 y 1990

Pons Moll, Albert

4818**

No cumplir con el umbral económico exigido

Pons Moll, Ruth

4817**

No cumplir con el umbral económico exigido

López Mercadal, Júlia

0701**

No cumplir con el umbral económico exigido

Bosch Diego, Júlia

0868**

La persona solicitante no es nacida entre 2004 y 1990

Segundo. 2. Tener por desistidos de la solicitud de ayudas para la adquisición de equipos informáticos (línea 1) los solicitantes siguientes, dado que no han subsanado en el plazo otorgado, de acuerdo con lo previsto en el art . 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas:

APELLIDOS Y NOMBRE

DNI

Torrent Febrer, Pau

4756**

Delgado Morillo, Edgar

0730**

Pons Juan, Joel

1155**

Cortez Cortez, Mayte Daniela

*6611*

Cardona Miquel, Aina

0854**

Florit Sans, Marina

0991**

Villalonga Ponsetí, Júlia

4759**

Segundo. 3. Conceder ayudas destinadas a paliar los efectos económicos y sociales de carácter negativo producidos en la juventud de Menorca a consecuencia de la crisis sanitaria derivada de la Covid-19, para la adquisición de equipos informáticos (línea 1), a los sol demandantes que cumplen los requisitos establecidos en las bases que regulan la convocatoria del año 2020 y por el importe que se indica a continuación:

APELLIDOS Y NOMBRE

DNI

Puntos baremo económico

Puntos resto de criterios base 9.1.5

Total puntos

Importe subvención (aplicación fórmula base 10.1.1)

criterio*

puntos

Blecua Santamarta, Ana

9507**

7,30

b, d

3,00

10,30

255,60 €

Marrugat Muñiz, Mireia

2813**

4,80

 

0,00

4,80

150,29 €

Anglada Pons, Juan

0453**

10,00

 

0,00

10,00

301,91 €

Carreras Pons, Dana

0733**

10,00

b

2,00

12,00

348,85 €

Faneca Rueda, José

1346**

3,88

 

0,00

3,88

124,08 €

Escobar Donaire, Joel

9276**

10,00

 

0,00

10,00

299,36 €

Camps Careta, Carla

0568**

10,00

 

0,00

10,00

294,55 €

Aguiló Seguí, Sara Patricia

4556**

6,24

 

0,00

6,24

191,70 €

Hurtado Cruz Giovanna

7659**

10,00

 

0,00

10,00

179,95 €

Alastuey de Oro, Yoel

4844**

3,91

 

0,00

3,91

122,10 €

Marquès Bagur, Fernando

5072**

7,81

 

0,00

7,81

239,87 €

Bueso, Priscila

*0960*

8,51

a, b

4,00

12,51

333,60 €

Ureña Mosquera, Lourdes Jhazmyn

*5991*

3,49

 

0,00

3,49

111,56 €

Serra Pons, Núria

0633**

7,12

b

2,00

9,12

279,20 €

Ginto Vidal, Xavier

1427**

10,00

a, b, d

4,00

14,00

419,10 €

Guarino Vidal, Aitor

1427**

10,00

a, b, d

4,00

14,00

349,00 €

Hicham Kasmi

*2958*

10,00

 

0,00

10,00

299,36 €

Crespo, Michelle

*4520*

10,00

 

0,00

10,00

180,00 €

Sánchez Humbert, Anaïs

0631**

6,10

 

0,00

6,10

187,51 €

Degtyareva, Yulia

*6084*

10,00

 

0,00

10,00

298,87 €

Villalonga Pons, Neus

4686**

6,62

b, d

3,00

9,62

287,35 €

Serra Pons, Lara

0634**

7,12

b

2,00

9,12

267,85 €

Palma Martínez, Carlos

4714**

5,12

 

0,00

5,12

157,73 €

Cortés González, María Nieves

0697**

8,59

 

0,00

8,59

255,49 €

Criado Vendrell, Martina

0571**

7,38

 

0,00

7,38

65,00 €

Corrales Mascaró, Neus

4631**

5,25

 

0,00

5,25

157,70 €

Carrillo Castillejos, Maria

1315**

5,65

 

0,00

5,65

174,57 €

Egea Sintes, Ainhoa

0537**

10,00

 

0,00

10,00

300,19 €

Pons Olives, Núria

0540**

9,65

d

1,00

10,65

250,00 €

Peixoto Núñez, Estephany Yasmin

3812**

8,87

c

1,00

9,87

299,45 €

Piris Agustí, Alba

4915**

10,00

a, b

3,00

13,00

381,26 €

Sampol Camps, Maria

4958**

5,81

d

1,00

6,81

206,54 €

Torres Roman, Laura

4841**

8,80

 

0,00

8,80

263,35 €

Torres Roman, Carlos

4841**

8,80

 

0,00

8,80

266,17 €

Melero Escandell, Adrià

1250**

10,00

c

1,00

11,00

322,50 €

Carbonero Castilla, Nerea

0976**

5,69

 

0,00

5,69

175,86 €

Heredia Vega, Alicia

3802**

10,00

 

0,00

10,00

299,36 €

Yunga Castro, Génesis Guissella

0907**

10,00

 

0,00

10,00

296,13 €

Lanati, Abril

*8845*

7,48

 

0,00

7,48

229,66 €

Gomila Aznar, María Teresa

0644**

10,00

b

2,00

12,00

358,93 €

Cañizares León, Miguel Ángel

6657**

9,77

b

2,00

11,77

342,82 €

Iglesias Batalla, Selene

4968**

4,34

 

0,00

4,34

137,26 €

Riera Pons, Desiree

4504**

10,00

 

0,00

10,00

294,61 €

Gonell Florit, Laia

0735**

6,29

 

0,00

6,29

194,32 €

Coll Ametller, Iker

4842**

10,00

a

1,00

11,00

327,86 €

Domingo Servera, Gabriel

4380**

9,88

 

0,00

9,88

295,83 €

Torres Collazo, Alberto

0639**

10,00

 

0,00

10,00

300,63 €

Aguirre Fiappi, Valentín Alejo

8286**

10,00

a

1,00

11,00

322,34 €

Caño Zuehlsdorf, Olivia García

0903**

5,56

 

0,00

5,56

170,77 €

Mir Vega, Neo Emilio

1045**

8,87

 

0,00

8,87

270,83 €

Aghlillach Zaar, Omayma

1397**

10,00

b

3,00

13,00

389,16 €

Aghlillach Zaar, Asmae

1434**

10,00

b

3,00

13,00

386,61 €

Saurina Uris, Margarita

4527**

10,00

c

1,00

11,00

328,26 €

Vera Salord, Selene

4737**

8,20

e

2,00

10,20

264,00 €

Justiniano Castro, Walter Brian

4022**

7,87

 

0,00

7,87

242,29 €

Gelabert Pinela, Ernesto

0791**

10,00

b

3,00

13,00

379,32 €

Goñalons Bermúdez, Jennifer

1220**

5,30

 

0,00

5,30

162,53 €

Daben Florit, Joan Josep

4590**

8,36

 

0,00

8,36

209,00 €

TOTAL ayudas concedidas 15.000 €

Abonar las ayudas concedidas, cuyo importe se aplicará a la partida presupuestaria que a continuación se indica, según acuerdo adoptado por el Consejo Ejecutivo en sesión de 19/10/2020.

Línea

Partida

Línea 1.Ayudas a la adquisición de equipos informáticos

4.33450.7800000

Tercero. Resolver las siguientes solicitudes de ayudas destinadas a paliar los efectos económicos y sociales de carácter negativo producidos en la juventud de Menorca a consecuencia de la crisis sanitaria derivada de la Covid-19, para la obtención de permisos de conducción (Línea 2ª), y disponer:

Tercero. 1. Tener por desistidos de la solicitud de ayudas para la obtención de permisos de conducción (línea 2a) los solicitantes siguientes, dado que no han subsanado en el plazo otorgado, de acuerdo con lo previsto en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

APELLIDOS Y NOMBRE

DNI

Enrich Capó, Maria

4961**

Huguet Capó, Olga

1267**

Llabrés Bibiloni, Jaume

8798**

Santiago Heredia, José

*287P*

Pons Pons, Naira

0621**

López Flaquer, Rubén

*1209*

Delgado Morillo, Edgar

0730**

Cometto Arruga, Marta

0553**

Cardona Miquel, Aina

0854**

Maga Cabrera, Paula Agustina

4000**

Martín Pérez, Otto

8601**

Tercero. 2. Conceder ayudas destinadas a paliar los efectos económicos y sociales de carácter negativo producidos en la juventud de Menorca a consecuencia de la crisis sanitaria derivada de la Covid-19, para la obtención de permisos de conducción (línea 2a), a solo demandantes que cumplen los requisitos establecidos en las bases que regulan la convocatoria del año 2020 por el importe que se indica a continuación:

APELLIDOS Y NOMBRE

DNI

IMPORTE DE LA AYUDA

Cortés González, María Nieves

0697**

193,60 €

Pérez Arias, Samantha

4843**

500,00 €

Marin Tent , Omar

0863**

500,00 €

Pons Salord, Joana

5225**

500,00 €

TOTAL ayudas concedidas

 

1.693,6 €

Abonar las ayudas concedidas, cuyo importe se aplicará a la partida presupuestaria que a continuación se indica, según acuerdo adoptado por el Consejo Ejecutivo en sesión de 10/19/2020.

Línea

Partida

Línea 2a. Ayudas para la obtención de permisos de conducción

4800000

Cuarto. Conceder una ayuda destinada a paliar los efectos económicos y sociales de carácter negativo producidos en la juventud de Menorca a consecuencia de la crisis sanitaria derivada de la Covid-19, para participar en actividades formativas no regladas artísticas, culturales y de ocio ( línea 2b), a la siguiente solicitante y por el importe que se indica:

APELLIDOS Y NOMBRE

DNI

IMPORTE DE LA AYUDA

Pérez Arias, Samantha

4843**

42,50 €

Abonar la ayuda concedida, cuyo importe se aplicará a la partida presupuestaria que a continuación se indica, según acuerdo adoptado por el Consejo Ejecutivo en sesión de 19/10/2020.

Línea

Partida

Línea 2b. Ayudas para participar en actividades formativas no regladas artísticas, culturales y de ocio

4800000

Quinto. El presente acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la web del Consejo Insular de Menorca www.cime.es.

Lo que le comunico para su conocimiento y a los efectos que correspondan, al mismo tiempo que se hace saber que contra el acuerdo precedente, que no agota la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes a partir de al día siguiente de la fecha de recepción de esta notificación, recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular, sin perjuicio de poder utilizar cualquier otro recurso que considere procedente en derecho.

Dicho recurso se entenderá desestimado si no se ha notificado la resolución cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

 

Maó, 19 de marzo de 2021

Por delegación de la presidenta,

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón

(Decreto 427/2019, de 11 de julio)

(BOIB núm. 97 de 16-7-2019)