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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 65483
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 8 de marzo de 2021, relativo a la aprobación de las bases que rigen la concesión de ayudas individuales para entidades privadas sin ánimo de lucro para financiar programas de atención social llevados a cabo durante el año 2020 (Exp. 1820-2020-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 554012

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/554012):

Primero. Beneficiarios

La convocatoria se dirige a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de atención a las personas en el ámbito social, que persiguen mejorar la oferta de prestaciones de los servicios sociales en Menorca.

Segundo. Objeto

El objeto de las presentes ayudas es financiar proyectos y actividades de servicios sociales que mejoren la oferta de las prestaciones ya existentes en Menorca para fomentar y cubrir los gastos relacionados con la autonomía personal, la calidad de vida y el bienestar social de los menorquines y de las menorquinas.

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca en la sesión de carácter ordinario de día 8 de marzo de 2021.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 320.000 € (trescientos veinte mil euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes es de treinta días naturales desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Sexto. Otros datos.

El importe máximo que se puede conceder por beneficiario será de 80.000 euros.

Los programas de atención a las personas deben consistir en proyectos o actividades íntegros y de ámbito territorial local o insular llevados a cabo durante el año 2020.

 

Maó, 19 de marzo de 2021

Por delegación de la Presidenta

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón

(Decreto 427/2019, de 11 de julio)

(BOIB nº. 97, de 16.7.2019)