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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 59083
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 18 de marzo de 2021 por la que se modifica el anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 y prorrogado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de enero de 2021

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Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB núm. 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, el cual ha sido prorrogado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de enero de 2021 (BOIB núm. 11, de 26 de enero).

2. El tiempo transcurrido desde la aprobación del Plan Estratégico hace necesario añadir una nueva línea para incluir una serie de ayudas que tiene que gestionar la Dirección General de Consumo (Consejería de Salud y Consumo) dentro del objetivo III, relativo a la lucha contra las desigualdades, consistentes en ayudas para financiar programas y proyectos de información, educación, formación, atención y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, así como la representación de las asociaciones en las sesiones de los órganos colegiados a los que hayan sido convocadas e impliquen un desplazamiento entre islas.

3. En el apartado 3 del Acuerdo del Consejo de Gobierno mencionado, la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegan a la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Corresponde, por lo tanto, a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores aprobar o modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en que se nombra la señora Rosario Sánchez Grau consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 y prorrogado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de enero de 2021, en el sentido de añadir una nueva línea al objetivo III sobre lucha contra la pobreza, y más concretamente al punto 5, relativo a seguridad en el trabajo, con el siguiente contenido:

III.5.3

Dirección general o entidad: Dirección General de Consumo

Fuentes de financiación: Capítulo IV

Descripción: ayudas para financiar programas y proyectos de información, educación, formación, atención y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, así como la representación de las asociaciones en las sesiones de los órganos colegiados a los que hayan sido convocadas e impliquen un desplazamiento entre islas.

Objetivos y efectos:

1) Dar a conocer los derechos y deberes de las personas consumidoras y usuarias, y las formas más adecuadas para ejercerlos.

2) Actualizar los conocimientos y mejorar las competencias de las personas consumidoras y usuarias, formadores y profesionales de consumo.

3) Editar materiales y publicaciones relacionados con la información, la educación, la formación y el asesoramiento de las personas consumidoras y usuarias.

4) Impulsar la colaboración y el diálogo entre las asociaciones de consumidores y usuarios y cualquier otro órgano o entidad de la Administración.

Coste: 35.000 €

Convocatoria: anual

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

2. Disponer que los efectos de esta Resolución se produzcan desde la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 18 de marzo de 2021

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores ​​​​​​​Rosario Sánchez Grau