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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 47909
Resolución de la directora general del Tesoro y Política Financiera por la que se aprueba la anotación en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la prórroga tácita del contrato de arrendamiento del inmueble situado en la calle Eusebi Estada, 48, bajos, de Palma (exp. SP 53/2021)

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Texto

Hechos

1. El 21 de julio de 2006 se firmó un contrato de arrendamiento del inmueble situado en la calle Eusebi Estada, 48, bajos, de Palma, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el Sr. Mate Lliteras Fullana, la Sra. Francisca Maria Llompart Palou, Sr. Sebastián Riusech Mas y la Sra. Maria Cardona Barceló, copropietarios a partes iguales (25 %), por un plazo de nueve años y nueve meses, desde el 1 de agosto de 2006 hasta el 30 de abril de 2016.

2. Este contrato se ha ido prorrogando tácitamente por periodos anuales hasta el 30 de abril de 2021, destinándolo al Casal de Asociaciones de Inmigrantes y a la Oficina de Información, Asesoramiento y Orientación a la Inmigración (OFIM).

3. Las referencias del Registro de la Propiedad de este inmueble están distribuidas en tres locales, y son las siguientes:

- Local A     0814511DD7801D0002HG.

- Local B     0814511DD7801D0003JH

- Local C     0814511DD7801D0004KJ

4. El número de activo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears es el 100000001853-0.

5. El 19 de febrero de 2021, tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro y Política Financiera un oficio del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, con documentación relativa a la prórroga tácita del arrendamiento del local mencionado, para el periodo comprendido entre el 1 de mayo de 2021 i el 30 de abril de 2022, que es, entre otra, la siguiente:

  • Propuesta de inicio del expediente del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de 15 de febrero de 2021.

  • Informe justificativo del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de 8 de febrero de 2021.

  • Informe relativo a la vigencia del contrato y previsión de prórroga, del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de 17 de febrero de 2021.

  • Informe favorable de precios de mercado emitido por la Dirección General de Arquitectura y Rehabilitación, de 28 de enero de 2021.

  • Propuesta de resolución de autorización y disposición del correspondiente crédito presupuestario, firmada por el secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de 17 de febrero de 2021. El gasto total previsto es de 48.577,08 € e irá con cargo de la partida presupuestaria 17101.313K01.20200.00.

  • Documento RF de fiscalización original.

  • Informe de gastos plurianuales.

  • Resolución de autorización de imputación de gasto a ejercicios futuros del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de 15 de febrero de 2021.

6.  Teniendo en cuenta el gasto total previsto de 48.577,08 €, este expediente requiere la fiscalización previa por parte de la Intervención General.

Fundamentos de derecho

1.  El artículo 65 y los siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 49, de 24 de abril), el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre de 2005) y el resto de disposiciones aplicables.

2.  El Decreto 62/2019, de 2 de agosto, por el cual se nombran altos cargos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores (BOIB núm. 107, de 3 de agosto).

3.  El Decreto 8/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 20, de 14 de febrero).

4.  El Decreto 9/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 20, de 14 de febrero).

5.  El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 15 de febrero).

6. El contrato principal de arrendamiento subscrito el 21 de julio de 2006.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1.  Anotar en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la prórroga tácita del contrato de arrendamiento del inmueble situado en la calle Eusebi Estada, 48, bajos, de Palma, del 1 de mayo de 2021 al 30 de abril de 2022 por una renta mensual de 4.408,09  €, incluido IVA, que hacen un total de 48.577,08 €, incluido IVA, con cargo a la partida presupuestaria 17101.313K01.20200.00, siempre que  haya crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, con el objetivo de continuar siendo utilizado para ubicar el Casal de las Asociaciones de Inmigrantes y la Oficina de Información, Asesoramiento y Orientación a la Inmigración (OFIM).

2.  Notificar esta Resolución a la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, sin perjuicio de que se tenga que tramitar el correspondiente procedimiento económico-financiero.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora general del Tesoro y Política Financiera en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 15 de marzo de 2021

La directora general Catalina Ana Galmés Trueba