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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO

Núm. 43721
Emplazamiento a las personas interesadas en el recurso contencioso administrativo PO 93/2021 del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears interpuesto contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de febrero de 2021 por el que se establecen los niveles de alerta sanitaria por islas que estarán vigentes en la comunidad autónoma de las Illes Balears, se establecen medidas excepcionales de prevención del contagio de la COVID-19 aplicables temporalmente a las islas de Mallorca, Menorca y Formentera, y se prorrogan medidas aplicables en la isla de Eivissa

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Texto

De conformidad con el oficio del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears se tiene por interpuesto por la entidad UNION DE EMPRESARIOS DE ACTIVIDADES DIVERSAS EN BALEARES un recurso contencioso administrativo (PO 93/2021) contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de febrero de 2021 por el que se establecen los niveles de alerta sanitaria por islas que estarán vigentes en la comunidad autónoma de las Illes Balears, se establecen medidas excepcionales de prevención del contagio de la COVID-19 aplicables temporalmente a las islas de Mallorca, Menorca y Formentera, y se prorrogan medidas aplicables en la isla de Eivissa.

En consecuencia, y en cumplimiento del artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, se emplaza a las personas interesadas en el expediente contencioso administrativo para que puedan personarse como demandadas ante el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente de la presente publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Los interesados deberán comparecer, en legal forma, mediante procurador con poder al efecto y firma de letrado. Asimismo, se advierte de que en caso de personarse fuera del plazo indicado se les tendrá como parte, sin que por ello tenga que retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y en caso de no personarse oportunamente continuará el procedimiento en todos sus trámites, sin que dé lugar a la práctica de notificación alguna.

 

Palma, 11 de marzo de 2021

La secretaria general

Guadalupe Pulido Román