Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓN INSTITUTO SOCIOEDUCATIVO S'ESTEL
Núm. 42097
Resolución de la gerente de la fundación instituto socioeducativo s'estel por la cual se aprueban las bases y la convocatoria de una bolsa para cubrir temporalmente puestos de trabajo de la categoría de educador/a social
Se ha constatado la necesidad de constituir una bolsa de trabajo para cubrir necesidades de contratación, con carácter temporal, de personal de la categoría de Educador/a social.
Los apartados h y y del artículo 29.1 de los Estatutos de la Fundación Instituto Socioeducativo s'Estel establecen que corresponden al gerente o la gerente, entre otras funciones, “desarrollar la política de personal diseñada por el Patronato y, con esta finalidad, concertar o rescindir relaciones laborales, seleccionar al personal laboral, acordar las sanciones y ejecutar las actuaciones que, en esta materia, le sean encomendadas”, así como “ejercer la dirección superior del personal al servicio de la Fundación y mantener la relación con los órganos de representación del personal”.
Por todo eso, con el informe previo favorable de la Dirección General de Función Pública y Administraciones Públicas y la autorización del Patronato de la Fundación Instituto Socioeducativo s'Estel de 22 de marzo de 2017, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Aprobar la convocatoria pública de una bolsa de trabajo para la contratación, con carácter temporal, de personal de la categoría Educador/a social.
2. Aprobar las bases que regirán esta convocatoria y que se adjuntan como anexo 1 de esta resolución.
3. Aprobar los ejercicios y el temario correspondientes a la prueba teórico- práctica, así como el baremo de méritos que se especifican en el anexo 2.
4. Designar la Comisión técnica de valoración encargada de la selección y constitución de la bolsa de trabajo, la cual se adjunta en el anexo 3.
5. Hacer público el modelo de solicitud de admisión ( anexo 4 ), modelo de relación de méritos ( anexo 5 ) y modelo de declaración responsable para participar en esta convocatoria ( anexo 6 ).
6. Hacer pública la información sobre protección de datos personales que figuran en el anexo 7.
7. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la página web de la Fundación.
Interposición de recursos
El orden jurisdiccional social es el competente para resolver las controversias derivadas de estas bases, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y no se puede interponer ningún recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social.
Marratxí, 9 de marzo 2021
La gerente
Josefina Tur Marí