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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

PUERTOS DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 41936
Publicación del acuerdo de modificación de la concesión administrativa otorgada al Club Náutico de Santa Ponsa, para la realización de obras y explotación de la instalación náutica, del puerto deportivo denominado Club Náutico de Santa Ponsa

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Texto

El consejo de administración de Ports de les Illes Balears en fecha 25 de febrero de 2021 ha adoptado el siguiente ACUERDO

Primero. Modificar el plazo concesional y canon de la concesión administrativa otorgada por acuerdo del Consejo de Administración el 26 de octubre de 2015, a la entidad Club Náutico de Santa Ponsa, para la realización de obras y explotación del puerto deportivo de Santa Ponsa, por adaptación a la Ley 10/2005 de 21 de junio de Ports de las Illes Balears sito en un tramo de costa del T.M. de Calviá/Mallorca, en virtud de la Disposición Adicional 8ª de esta Ley, en los siguientes términos:

Plazo concesional: 35 años desde el inicio de la concesión, es decir, hasta el 24 de noviembre de 2050.

Canon anual: 628.148,32 €.

Segundo. Publicar el presente acuerdo en el BOIB y notificarlo a los interesados en el procedimiento, indicando que contra el mismo, que agota la vía administrativa, podrá interponerse un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Administración de Puertos de las Illes Balears, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su recepción, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso–Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la recepción, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa.

  

Palma, 10 de marzo de 2021

El vicepresidente

Xavier Ramis Otazua