Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 40813
Extracto del Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para apoyar a los servicios municipales de información turística, en el 2021
BDNS (552624)
De conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)
Primero. Beneficiarios
Ayuntamientos de Mallorca
Segundo. Objeto
Esta convocatoria tiene por objeto ayudar a los servicios municipales de información turística de los municipios de Mallorca
La finalidad de la convocatoria es potenciar el papel de los servicios turísticos municipales de Mallorca en la prestación de servicios para impulsar la accesibilidad universal, la renovación, la modernización y fomentar la innovación tecnológica de los servicios de información y promoción turística en destino, para adaptarse a los retos de un nuevo modelo turístico acelerado por el impacto de la covid-19.
Tercero. Bases reguladoras
Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017).
Cuarto. Cuantía
El presupuesto del gasto del Consejo Insular de Mallorca para el año 2021 ha destinado la cantidad de 450.000,00 € (cuatro cientos cincuenta mil euros) a las subvenciones objeto de esta convocatoria.
Quinto. Plazo por presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes y toda la documentación anexa a la solicitud, es de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, mediante la presentación en el Registro electrónico del Consejo Insular de Mallorca, que registrará las solicitudes presentadas tal como se indica en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Sexto. Otros datos
Los proyectos y las actividades subvencionadas tendrán que ser llevarse a cabo durante el período comprendido entre el 2 de enero de 2021 y 30 de junio de 2021 (ambos incluidos).
El modelo normalizado de solicitud y la documentación que se tiene que acompañar se encuentra disponible, igualmente, en la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net/procediments?nom=subvencions-ajudes-beques-i-premis).
Palma, 10 de marzo de 2021
El secretario técnico de Turismo y Deportes
(Por delegación del consejero ejecutivo de Turismo y Deportes
Resolución de 30 de julio de 2019, BOIB nº. 109, de 8 de agosto)
Joan Gaspar Vallori Guayta