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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 39921
Resolución del Patronat Municipal del ’Hospital de Ciutadella de Menorca núm. 18, referente a la corrección de las bases de la convocatoria para la selección de candidatos a formar parte de una bolsa de administrativo-va para cubrir sustituciones y/o vacantes de lugar de trabajo de administrativo, como personal laboral temporal del Patronat Municipal de l’Hospital de Ciutadella de Menorca

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Texto

El día 10 de marzo de 2021, la presidenta del Patronat Municipal del 'Hospital de Ciutadella de Menorca dictó la resolución núm. 18, por la cual se corrige el error detectado en el punto 4, de la base 3, i se modifica el punto 2.1, de la base 7, de las bases de la convocatoria para la selección de candidatos a formar parte de una bolsa de administrativo-va para cubrir sustituciones y/o vacantes de lugar de trabajo de administrativo, como personal laboral temporal del Patronat Municipal de l'Hospital

Antecedentes

1. En el Boletín Oficial de las Islas Baleares, núm.14, del día 2 de febrero del 2021, se publicaron las bases de la convocatoria para la selección de candidatos a formar parte de una bolsa de administrativo-va para cubrir sustituciones y/o vacantes de lugar de trabajo de administrativo, como personal laboral temporal del Patronat Municipal de l'Hospital de Ciutadella de Menorca.

2. Se ha detectado un error en el punto 4, de la base 3, de las bases mencionadas. En este punto se indica que las persones aspirantes para poder ser admitidas en el procedimiento selectivo tienen que estar en posesión de la titulación de graduado escolar o equivalente, y además, tienen que estar en posesión de un título técnico superior en administración y finanzas o titulación equivalente.

3. En el punto 2.1 «Por estar en posesión de otra titulación académica oficial superior a la necesaria como requisito:», de la base 7 «Procedimiento selectivo por medio del concurso oposición». En este punto se indica el siguiente:

«Por otras titulaciones, diferentes de la que es requisito para presentarse a las pruebas:

2.1. Para estar en posesión de otra titulación académica oficial superior a la necesaria como requisito:

-Título de doctor, licenciado (o graduado), ingeniero o arquitecto relacionado con el lugar de trabajo: 1 punto.

-Título de diplomado universitario, ingeniero técnico o arquitecto técnico relacionado con el lugar de trabajo: 0,8 puntos.

-Título de técnico superior relacionado con el lugar de trabajo: 0,6 puntos.

-Título de bachiller-LOE, bachiller-LOGSE, bachiller unificado polivalente, de bachiller superior o tener aprobadas las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25 años: 0,4 puntos.

-Título de técnico relacionado con el lugar de trabajo: 0,2 puntos.

Se valorará solo la titulación de mayor puntuación. Puntuación máxima para el subapartado 2.1: 1 punto.

Consideraciones jurídicas

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2, El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos o de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponden al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar el error observado en el punto 4, de la base 3, de las bases de la convocatoria, en que se pide que las persones aspirantes para poder ser admitidas en el procedimiento selectivo tienen que estar en posesión de la titulación de graduado escolar o equivalente, y además, tienen que estar en posesión de un título técnico superior en administración y finanzas o titulación equivalente, e indicar que la titulación de acceso para formar parte en la convocatoria para la selección de candidatos a formar parte de una bolsa de administrativo-a para cubrir sustituciones y/o vacantes de lugar de trabajo de administrativo, como personal laboral temporal del Patronato Municipal del Hospital es título de bachillerato o técnico administrativo.

2. Modificar el punto 2.1 «Por estar en posesión de otra titulación académica oficial superior a la necesaria como requisito:», de la base 7 «Procedimiento selectivo por medio del concurso oposición», e indicar lo siguiente:

Por otras titulaciones, diferentes de la que es requisito para presentarse a las pruebas:

2.1. Por estar en posesión de otra titulación académica oficial superior a la necesaria como requisito:

-Título de doctor, licenciado (o graduado), ingeniero o arquitecto relacionado con el lugar de trabajo: 1,1 puntos.

-Título de diplomado universitario, ingeniero técnico o arquitecto técnico relacionado con el lugar de trabajo: 0,9 puntos.

-Título de técnico superior relacionado con el lugar de trabajo: 0,7 puntos.

-Título de técnico relacionado con el lugar de trabajo, además del establecido como requisito: 0,3 puntos.

Se valorará solo la titulación de mayor puntuación. Puntuación máxima para el subapartado 2.1: 1,1 puntos.»

3. Publicar la resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

4. Abrir un nuevo plazo de 15 días hábiles para la presentación de solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo, contadores desde el día siguiente de la publicación de esta resolución en el BOIB.

5. Aprobar que las personas que se inscribieron en la primera convocatoria abierta a través del BOIB núm. 14, del día 2 de febrero del 2021, se dan por incluidas en el nuevo proceso de selección para la selección de candidatos a formar parte de una bolsa de administrativo-va para cubrir sustituciones y/o vacantes de lugar de trabajo de administrativo, como personal laboral temporal del Patronato Municipal del Hospital. Durante este periodo, pueden incorporar nueva documentación, si es necesario.

6. Ratificar esta Resolución en la próxima Comisión ejecutiva del Patronato.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la presidenta del Patronat Municipal de l'Hospital de Ciutadella de Menorca, en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Ciutadella, 10 de marzo de 2021

La presidenta delegada del Patronat

Laura Anglada Seara

 

El secretario Josep A. Florit Sastre