Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES
Núm. 37772
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 4 de marzo de 2021 por la que se modifica el anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 y prorrogado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de enero de 2021
Hechos
1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB núm. 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, el cual ha sido prorrogado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de enero de 2021 (BOIB núm. 11, de 26 de enero).
2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén en el Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde que se aprobaron hacen necesario ajustar las previsiones contenidas en el anexo, con la modificación de una serie de ayudas gestionadas por la Dirección General de Planificación, Equipamientos y Formación (Consejería de Asuntos Sociales y Deportes). Así, por un lado es necesario modificar la línea 3.4 (ayudas destinadas a la difusión de búsquedas en el ámbito de los servicios sociales y a la sensibilización hacia las necesidades sociales) del objetivo IV (convivencia e instituciones sólidas). La experiencia de los últimos años en la convocatoria de subvención para la publicación y la difusión de resultados de trabajos de investigación en el ámbito de los servicios sociales, ha puesto de manifiesto la necesidad que esta convocatoria incluya, además de la difusión, el fomento para el desarrollo de proyectos de investigación, estudio o investigación que tengan por finalidad contribuir al conocimiento de la realidad actual en el ámbito de los servicios sociales de las Illes Balears. De esta manera, lo que se pretende es facilitar a las entidades interesadas el desarrollo del conjunto de la actividad investigadora fomentando el estudio y la investigación en el ámbito de los servicios sociales, por lo que resulta necesario ampliar el objeto de la convocatoria para que mediante la misma se pueda financiar tanto la labor de investigación, examen o estudio como la posterior edición y difusión de los resultados de la investigación. Así pues, esta modificación, además del objeto de la convocatoria, también supone un incremento de la cuantía de la misma para conseguir estos objetivos.
Por otro lado, dentro de este mismo objetivo IV, se añade una nueva línea, la línea 3.15 (ayudas destinadas a entidades del tercer sector de acción social para financiar los gastos derivados de las inversiones para la construcción, la reforma y rehabilitación, la adaptación o ampliación de centros, en terrenos o edificios propios o adquiridos, destinados en plazas para servicios residenciales, servicios de estancias diurnas, servicios de atención temprana, servicios de vivienda supervisada y servicios ocupacionales para los años 2021-2030) con el objetivo de cubrir el déficit de plazas asistenciales del sistema público de servicios sociales.
3. En el apartado 3 del Acuerdo del Consejo de Gobierno mencionado, la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegan a la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Corresponde, por lo tanto, a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores aprobar o modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en que se nombra la señora Rosario Sánchez Grau consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 y prorrogado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de enero de 2021, en cuanto al objetivo IV sobre convivencia e instituciones sólidas, y más concretamente la modificación del punto IV.3.4 y la adición del punto IV.3.15 relativos, ambos, a programas de integración e inclusión social, en el siguiente sentido:
Donde dice:
IV.3.4
Dirección general o entidad: Dirección General de Planificación y Servicios Sociales
Fuente de financiación: capítulo IV
Descripción: ayudas destinadas a la difusión de búsquedas en el ámbito de los servicios sociales y a la sensibilización hacia las necesidades sociales
Objetivos y efectos: fomentar la investigación y la sensibilización hacia las necesidades sociales
Coste: 20.000 €
Convocatoria: anual
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado
Debe decir:
IV.3.4
Dirección General o entidad: Dirección General de Planificación, Equipamientos y Formación.
Fuente de financiamiento: Capítulo IV
Descripción: ayudas destinadas a la investigación, estudio, búsqueda y posterior edición y difusión en el ámbito de los servicios sociales y a la sensibilización sobre las necesidades sociales.
Objetivos y efectos: fomentar la investigación y el estudio en el ámbito social y su posterior difusión, y la sensibilización sobre las necesidades sociales
Coste: 27.000 €
Convocatoria: anual
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado
Añadir:
IV.3.15
Dirección general o entidad: Dirección General de Planificación, Equipamientos y Formación.
Fuente de financiación: Capítulo VII
Descripción: ayudas destinadas a entidades del tercer sector de acción social para financiar los gastos derivados de las inversiones para la construcción, la reforma y rehabilitación, la adaptación o ampliación de centros, en terrenos o edificios propios o adquiridos, destinados en plazas para servicios residenciales, servicios de estancias diurnas, servicios de atención temprana, servicios de vivienda supervisada y servicios ocupacionales para los años 2021-2030
Objetivos y efectos: creación de plazas en conformidad con la normativa específica aplicable en materia de servicios sociales que regula cada servicio para incorporarlas a la red de servicios sociales de atención pública de las Illes Balears
Coste: 32.142.712,64€
Convocatoria: Plurianual (2021: 1.285.708,50€; 2022: 3.429.627,43 €; 2023: 3.429.627,43 €; 2024: 3.429.627,43 €; 2025: 3.429.627,43 €; 2026: 3.429.627,43 €; 2027: 3.429.627,43 €; 2028: 3.429.627,43 €; 2029: 3.429.627,43 €; 2030: 3.419.984,70€).
Incidencia sobre el mercado: Sin incidencia en el mercado.
2. Disponer que los efectos de esta Resolución se desarrollen desde la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 4 de marzo de 2021
La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores
Rosario Sánchez Grau