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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 37398
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 4 de marzo de 2021 de delegación de la firma de determinados documentos contables y administrativos

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En el BOIB núm. 99, de 18 de julio de 2019, se publicó la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 12 de julio de 2019 de delegación de la firma de determinados documentos contables y administrativos, que delegaba la firma de determinados documentos en el secretario general de esta Consejería, la directora general de Personal Docente y el director general de Planificación, Ordenación y Centros. Dicha Resolución fue modificada por la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 10 de enero de 2020 (BOIB núm. 7, de 16 de enero).

El artículo 31 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que los titulares de los órganos administrativos pueden delegar en los titulares de los órganos o de las unidades administrativas que dependen de ellos la firma de las resoluciones y de los actos administrativos en materias de la competencia que tienen atribuida por cualquier título, salvo los supuestos indelegables que establece esta Ley.

Últimamente se han introducido cambios en la estructura orgánica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears mediante el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Debido a estos cambios se considera necesario redactar una nueva resolución para adaptar las delegaciones de firma a la nueva estructura orgánica de la Consejería de Educación y Formación Profesional.

Por todo ello, de acuerdo con las atribuciones que tengo conferidas por el artículo 11 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Delegar en el secretario general de la Consejería de Educación y Formación Profesional la firma de los actos administrativos y de los documentos contables y administrativos siguientes:

a. Los documentos contables y administrativos de autorización y de disposición de gastos, de reconocimiento de obligaciones y de propuesta de pagos relativos a cualquier sección presupuestaria y programa asignados a la Consejería, así como todos los documentos justificativos correspondientes.

b. Los actos administrativos y los documentos contables y administrativos relativos a propuestas de modificación de crédito, sin limitación de cuantía.

c. Los acuerdos de aprobación de los proyectos de inversión.

d. Se exceptúan de la delegación de firma los documentos contables y administrativos relacionados con la gestión del personal docente de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de las Illes Balears.

2. Delegar en la directora general de Personal Docente la firma de los actos administrativos y de los documentos contables y administrativos de autorización y de disposición de gastos, de reconocimiento de obligaciones y de propuesta de pagos relativos a la gestión del personal docente de los centros educativos públicos de las Illes Balears, así como de todos los documentos justificativos correspondientes.

3. Delegar en el director general de Planificación, Ordenación y Centros la firma de los actos administrativos y de los documentos contables y administrativos de autorización y de disposición de gastos, de reconocimiento de obligaciones y de propuesta de pagos relativos a la gestión del personal docente de los centros educativos privados concertados de las Illes Balears, así como de todos los documentos justificativos correspondientes.

Además, se le delega la firma de los documentos contables y administrativos inherentes a los procedimientos de devolución de tasas que tramite la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros.

 

​​​​​​​4. Dejar sin efecto la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 12 de julio de 2019 de delegación de la firma de determinados documentos contables y administrativos y su modificación de 10 de enero de 2020.

5. Disponer que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears y que tenga efectos a partir del mismo día de su publicación.

                                                                        

Palma, 4 de marzo de 2021

El consejero de Educación y Formación Profesional ​​​​​​​Martí X. March i Cerdà