Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 32824
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de marzo de 2021 por el que se dispone el cese de la coordinadora del Servicio de Empleo de las Illes Balears
Mediante el Decreto 37/2015, de 22 de mayo, se aprobaron los Estatutos del Servicio de Empleo de las Illes Balears, en cumplimiento de la disposición transitoria segunda de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con la finalidad de adaptarse a las previsiones de dicha ley.
Mediante el Decreto 22/2020, de 24 de julio, se aprobó el Texto consolidado del Decreto de aprobación de los Estatutos del Servicio de Empleo de las Illes Balears. De conformidad con el artículo 30.2 de la Ley 7/2010, los organismos autónomos se adscriben a la consejería a la que corresponde la dirección, la evaluación y el control de los resultados de su actividad. En coherencia con esta disposición, el artículo 1 de los Estatutos del SOIB adscribe este ente a la consejería competente en materia de trabajo, dado que la finalidad primordial del SOIB es la planificación, la gestión y la coordinación de las políticas activas de ocupación.
El Decreto 37/2015, de 22 de mayo, fue modificado por el Decreto 6/2018, de 16 de marzo, (BOIB n.º 34, de 17 de marzo), y mediante dicha modificación se previó la posibilidad de crear la figura del cargo de coordinador o coordinadora del SOIB por parte del Consejo de Dirección, tal y como dispone el artículo 15 bis del Decreto 6/2018, de 16 de marzo:
El Consejo de Dirección del SOIB puede crear el cargo de coordinador o coordinadora con funciones vinculadas a los objetivos generales que se enumeran en el apartado 2 de este artículo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. En este caso, el coordinador o coordinadora debe depender orgánicamente de la Dirección del SOIB y funcionalmente de la Dirección y de la Vicepresidencia, y debe estar sometido a la relación laboral especial de alta dirección.
De acuerdo con lo anterior, en la sesión ordinaria del Consejo de Dirección n.º 2/2018, de fecha 9 de febrero de 2018, el Consejo de Dirección del SOIB creó la figura del cargo de coordinador o coordinadora del SOIB.
En la sesión ordinaria 1/2021, de 3 de marzo de 2021, se informa de la propuesta de disponer el cese de la señora Carmen Buades Ávila, como coordinadora del SOIB, a propuesta del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo.
Por otro lado, el artículo 21.1 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que corresponde al Consejo de Gobierno, mediante acuerdo, el nombramiento y el cese de las personas titulares de la gerencia y de los otros órganos unipersonales de dirección de los organismos autónomos. El nombramiento y el cese han de realizarse a propuesta de la persona titular de la consejería de adscripción del ente, oído previamente el órgano colegiado superior de dirección del ente, debiendo publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears en el plazo máximo de diez días.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, en la sesión del día 8 de marzo de 2021, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:
Primero. Disponer el cese de la señora Carmen Buades Ávila, coordinadora del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares, con efectos desde el día 10 de marzo de 2021.
Segundo. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 8 de marzo de 2021
La secretaria del Consejo de Gobierno Mercedes Garrido Rodríguez