Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
Núm. 27464
Acuerdo de inicio de la modificación del expediente de declaración como BIC con la categoría de monumento del Convento de Nuestra Señora de la Soledad, del municipio de Santa María del Camí (expediente 95/2020)
En la sesión del 24 de noviembre de 2020, la Comisión Insular de Patrimonio Histórico de Mallorca, acordó, entre otros, lo siguiente:
"
I.- Incoar la modificación del expediente de declaración del Convento de Nuestra Señora de la Soledad como Bien de Interés Cultural (BIC) con categoría de monumento, estableciendo como bienes muebles vinculados al inmueble, y que por tanto forman parte integrante del Bien de Interés Cultural, el retablo, la imagen de nuestra Señora de la Soledad que preside este retablo, y el altar de la capilla de San Primitivo, según la descripción literal y gráfica descrita en el informe técnico de 19 de octubre de 2020, que está unido y forma parte integrante de este acuerdo.
II.- El acuerdo de declaración deberá adoptarse en un plazo máximo de veinte meses a partir de la fecha de inicio del procedimiento. Una vez finalizado el procedimiento, no podrá volver a iniciarse en los tres años siguientes, salvo que lo solicite el titular del bien, de conformidad con el artículo 10.6 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, PHIB.
III.- Notificar esta resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Santa María del Camí y al Gobierno de las Islas Baleares.
IV.- Publicar este acuerdo de iniciación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y el Boletín Oficial del Estado y anotarlo en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural de Mallorca y comunicarlo a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para que proceda en su nota al Registro de Bienes de Interés Cultural de las Islas Baleares y al mismo tiempo comunicar al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado las inscripciones y notas que se realicen. "
El traslado de este acuerdo se realiza en reserva de la aprobación del Acta.
La presidenta de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico
Palma, 3 de marzo de 2021
El responsable del Servicio de Patrimonio Miguel Barceló Llompart
Anexo I: Informe técnico de fecha 19 de octubre de 2020.
INFORME TÉCNICO
1. Documentación recibida
El 19/02/2020 tuvo entrada en el Registro General del Consell de Mallorca (nº Reg. entrada: 5166), con número de expediente R23630, solicitud de Nicolau Canyelles Parets, como alcalde-presidente del Ayuntamiento de Santa María del Camí, en relación con la catalogación de los bienes muebles existentes en la iglesia de Nuestra Señora de la Soledad, del antiguo convento de los frailes mínimos, para que el Servicio de Patrimonio del Consell de Mallorca emita el correspondiente informe.
2. Antecedentes
Informe del arquitecto municipal sobre el mal estado de conservación del inmueble.
Informe sobre la visita técnica del Inspector del Servicio de Patrimonio Histórico del Consell de Mallorca (9.02.2016; R.20378) sobre el mal estado de conservación del inmueble.
Informe conjunto, emitido por el inspector y por la técnica de conservación-restauración del Servicio de Patrimonio Histórico del Consell de Mallorca (22.01.2019), como resultado de la visita técnica realizada en diciembre de 2018, en la que se destacan las deficiencias a nivel de estado de conservación y las patologías presentes en el inmueble y en los bienes muebles del interior.
3. Descripción de la solicitud
En la documentación remitida, el Ayuntamiento de Santa María afirma que el Convento de la Soledad está formado por la Casa Conventual, el claustro, los jardines y la Iglesia. El Obispado de Mallorca mantuvo el culto religioso del templo hasta que lo desacralizó (22.10.2018), devolviendo la plena posesión a la familia Conrado para todos los fines, excepto para la celebración de cualquier acto de culto. El Ayuntamiento indica que este edificio, que actualmente se encuentra en desuso, se encuentra en mal estado de conservación, según han indicado los técnicos competentes en los documentos mencionados en el punto anterior. En la solicitud, el Ayuntamiento también argumenta que el edificio tiene un importante interés cultural y podría ser utilizado como centro cultural para el municipio y para el resto de la Raiguer, preservando al mismo tiempo el carácter, equipamiento y obras de arte disponibles. Por este motivo, pide a la Dirección Insular de Patrimonio que inicie el proceso de catalogación de los bienes muebles existentes, con el fin de mejorar el interés y el uso del edificio.
4. Protección existente
El convento de Nuestra Señora de la Soledad fue declarado Bien de Interés Cultural (BIC), con la categoría de monumento en fecha 13/07/1990 (BOE 170, 17/07/1990) y a través de la disposición adicional primera de la Ley 12/98, sobre el patrimonio histórico de las Islas Baleares, actualmente se considera BIC, con la condición de monumento.
El edificio también está incluido en el Catálogo de Bienes Patrimoniales de Santa María del Camí, con SMA_43 y grado de protección A1.
Los bienes muebles ubicados dentro de la iglesia no tienen ninguna protección específica.
5. Descripción de la visita
El 4 de septiembre de 2020, las técnicas del servicio de patrimonio realizaron una visita a la Iglesia de la Soledad para responder a esta petición. Se confirmó que la iglesia está ahora casi sin avituallar y pocos bienes muebles se conservan. De hecho, como resultado de la desacralización del templo, una serie de bienes propiedad de la Iglesia fueron devueltos al Obispado de Mallorca, según consta en el Decreto del Obispo de Mallorca, Sebastià Taltavull i Anglada, de 22.10.2018. El establecimiento proporcionó una copia de este documento durante la visita sujeta a este informe.
6. Descripción de los bienes muebles
En cuanto a la solicitud de catalogación de los bienes muebles existentes enviados por el Ayuntamiento, durante la visita se confirmó que la iglesia ya no conserva todos los bienes muebles que la integran, por lo que los elementos que actualmente permanecen no conforman un conjunto homogéneo que permita una lectura histórica de las distintas etapas de la iglesia. Además, las referencias bibliográficas sobre estos productos son casi inexistentes.
Sin embargo, hay una serie de bienes muebles que tienen valor patrimonial, tales como: el retablo del altar mayor; la imagen de Nuestra Señora de la Soledad, que preside este retablo; y los estucos del altar de la Capilla de San Primitivo, mártir; que se describen a continuación:
El retablo, dedicado a la Virgen de la Soledad. Se desconoce el estilo barroco, la autoría y la fecha de construcción, aunque se puede ubicar cronológicamente entre los siglos XVII y XVIII. Fue trasladado a la iglesia del Convento de la Soledad de Santa María en 1891, desde la parroquia de San Jaume de Palma.
Fue construido a partir de un cuerpo tetrastyle de tres calles planas, un ático y una predela en una piedra arenisca. El material predominante es madera tallada y policromada, aunque encontramos lienzo en las dos pequeñas pinturas situadas en los extremos de la predela. Es un retablo dominado, fundamentalmente, por los elementos escultóricos de la madera sobre-dorada, excepto la predela, que tiene elementos pictóricos, trabajada en óleo sobre lienzo. La obra se completa con elementos en relieve decorativos, entre los que predominan las cabezas de los ángeles, los motivos vegetales y las conchas.
La predela presenta motivos pictóricos en las calles laterales y decoración de ángeles con motivos vegetales a cuatro columnas. Los ángeles de las columnas centrales son tenantes y cada uno de ellos sostiene un escudo. En el centro de la predela encontramos el sagrario, flanqueado por motivos decorativos de cabezas de angelitos y hojas de acanto. El cuerpo central está dividido en tres calles, delimitados por cuatro columnas de orden compuesto, con el fuste dividido en dos partes: la parte inferior - que ocupa una tercera parte - presenta cabezas de angelitos con una guirnalda de frutos y la parte superior - que constituye las dos terceras partes restantes - está estriada y presenta una concha de la que cuelga una guirnalda de frutos en el centro. En cada calle hay una hornacina que acoge una escultura. Las calles laterales del cuerpo Los ángeles de las columnas centrales son tenantes y cada uno de ellos sostiene un escudo, paso al ático, el cual consta de una sola calle. Los ángeles de las columnas centrales son tenantes y cada uno de ellos sostiene un escudo.
En cuanto a la lectura iconográfica, en la predela encontramos dos pinturas de temática mariana. La de la izquierda representa la Anunciación de María. La imagen de la derecha representa un fragmento de la vida de San Francisco de Paula, fundador de la Orden de los Mínimos, concretamente la aparición de la Virgen María con el niño Jesús. El cuerpo central está presidido por la imagen de nuestra Señora de la Soledad, de la que hablamos más adelante. A la derecha y a la izquierda, respectivamente, encontramos las esculturas del beato Gaspar de Bono, de la Orden de los Mínimos, y Nicolás de Longobardi, oblato del mismo orden; ambas imágenes fueron trabajadas a finales del siglo XVIII por Antoni Llabrés Mudoy (Sencelles,1749 - Palma 1826).
En el ático se encuentran las imágenes de San Julià, Santo Tomás de Villanueva y San Lluís Bertrán, que son originales de su antigua ubicación en la iglesia de San Jaume de Palma. El escudo de armas que preside el retablo lleva el nombre de una de las monedas de San Francisco de Paula: "Cáritas".
La imagen de Nuestra Señora de la Soledad, la principal devoción mariana a los Mínimos, que preside el retablo del Altar Mayor. Es una talla policromada, que data del siglo XV, y está vestida con ropa negra.
Esta imagen fue trasladada a Mallorca por Esteve Conrado, junto con un retrato de San Francisco de Paula, fundador de la Orden de los Mínimos, de Génova, en un escuadrón de barcos que eran de su propiedad y estaban al servicio del Rey de España, Felipe II. La imagen estaba dentro de la nave del capitán y ha presidido sucesivamente la capilla de ca n'Andria - donde habitaba la comunidad mínima de Santa María antes de que se levantara el convento - la capilla provisional y, finalmente, la Iglesia del Convento. Sin embargo, en 1843, a raíz de la exclaustración definitiva, la imagen de la Soledad fue transferida a la iglesia parroquial de Santa María, como ya había sucedido con otras imágenes, retablos enteros y ropa litúrgica de la iglesia conventual. Un año después de la reconstrucción de la iglesia, en 1862, las imágenes de nuestra Señora de la Soledad y las del beato Gaspar de Bono y Nicolás de Lomabardi fueron definitivamente devueltas al Convento.
Los estucos del altar de la capilla de Santo Primitivo, mártir. Los restos de este santo fueron traídos de Roma y recibidos en procesión en 1869. Más tarde, la urna fue colocada en este altar de mármol blanco con dibujos blancos, entregados por los marqueses de la Fontsanta.
7. Estado de conservación
Como ya se ha señalado en el caso municipal, durante la visita se comprobó que el inmueble y los pocos bienes muebles que permanecen en su interior no sólo se encuentran en muy mal estado de conservación, sino que han sufrido un deterioro considerable desde la última visita, realizada el 03.12.2018.
En relación con el inmueble, y dada la condición de BIC con la condición de monumento del Convento de la Soledad, cabe reiterar que la ausencia de mantenimiento y uso del edificio, así como las diferentes fugas y filtraciones de agua son el principal riesgo y a partir de ahí derivan la mayoría de las degradaciones visibles detectadas en el inmueble.
En cuanto a los bienes muebles, aunque la visita se realizó con falta de luz natural, se observa que las patologías han aumentado: la aparición de eflorescencias en la bóveda del altar, paredes, grietas, manchas de humedad en las paredes interiores y las bóvedas de las capillas laterales, afectan directamente a los bienes patrimoniales. En el retablo, observamos el levantamiento generalizado del soporte y la policromía, así como una gran cantidad de polvo y suciedad que podría poner en peligro la conservación del todo en el futuro. Destacamos especialmente el grave estado de conservación de la estatura de la Virgen María, con problemas de estabilidad del soporte y capas de policromía, siendo muy notable en la carne de la cara, con zonas con peligro de desprendimiento. Las condiciones ambientales extremas y la falta de mantenimiento han favorecido la degradación de la imagen. En el anexo fotográfico se pueden ver en detalle las patologías.
Por ello, insiste en la necesidad de llevar a cabo una intervención urgente de conservación-restauración tanto del inmueble como del conjunto de bienes muebles que lo componen, con el fin de detener el deterioro y garantizar su conservación, tal y como establece el artículo 22 de la Ley 12/98.
8. Principales medidas para proteger el bien
Los bienes deben mantenerse con las condiciones adecuadas para una adecuada conservación. Como se señaló en los informes técnicos anteriores, los activos sujetos a la declaración se encuentran en un grave estado de conservación, con patologías que comprometen su estabilidad y durabilidad a lo largo del tiempo, por lo que es aconsejable que el inmueble tome las medidas necesarias para garantizar su conservación y detener su deterioro.
La administración competente en materia de patrimonio histórico deberá ser notificada de cualquier acto jurídico y técnico que pueda afectar a la obra que ahora se propone.
Toda intervención de conservación o restauración deberá ir precedida de la ejecución del correspondiente proyecto firmado por el técnico competente para tramitar su autorización previa por parte del CIPH.
En cualquier caso, deberá estar indicado por la Ley 12/98, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares, especialmente en los artículos 3 (colaboración de particulares), 22 (protección general de los bienes del patrimonio histórico), 26 (deber de conservación), 27 (incumplimiento del derecho de conservación), 28 (reparación de daños), 44 (Régimen general de bienes muebles), 47 (conservación).
9. Conclusión
Una vez valorada la relevancia de los bienes muebles actualmente conservados dentro de la Iglesia de Nuestra Señora de la Soledad en el contexto de la historia del convento de los antiguos frailes mínimos, consideramos que quienes tienen características formales que las hacen susceptibles de ser protegidas son: el retablo del retablo mayor, la imagen de nuestra Señora de la Soledad que preside este retablo y altar de la capilla de San Primitivo, que se describen en la sección correspondiente y aparecen en el anexo fotográfico.
Por todo lo anterior, es necesario que estos bienes permanezcan en el contexto del edificio y eviten su desacuerdo y cesión, esto provocaría el desmantelamiento total de la iglesia, se propone modificar la declaración del Convento de Nuestra Señora de la Soledad como Bien de Interés Cultural (BIC) con categoría de monumento, para incluir el retablo, la imagen de Nuestra Señora de la Soledad que preside este retablo y el retablo de la capilla de San Primitivo como bienes muebles vinculados al monumento.
Anexo II: anexo fotográfico.