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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Núm. 26058
Convocatoria de subvenciones para entidades juveniles año 2021

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Texto

ID BDNS 548692

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ENTIDADES JUVENILES AÑO 2021

El Consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local del Consejo Insular de Mallorca, en fecha 25 de febrero de 2021, resolvió:

1. Aprobar la convocatoria de subvenciones para entidades juveniles año 2021.

2. Autorizar un gasto de 198.255,37 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 65.33410.48900 (RCs con nº. de operación 220210000046 y con nº. De operación 220210000047), para atender las subvenciones de la convocatoria.

3. Ordenar la publicación en el BOIB de la convocatoria, por conducto de la base de datos nacional de subvenciones.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante<A[ante|delante de]> este consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo/consejera<A[consejera|consellera]> ejecutiva o ante la presidencia del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante el anterior, podéis interponer, si cabe<A[pega|ocurre]>, cualquier otro recurso si consideráis oportuno.

Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”

 

Palma, 3 de marzo de 2021

 

La secretaria técnica de Promoción Económica y Desarrollo Local

(Por delegación de resolución de 22 de julio, BOIB nº. 103 de 27-07-2019)

Rosa M. Cañameras Bernaldo

 

Convocatoria de subvenciones para entidades juveniles para el 2021

El Consejo Insular de Mallorca , a través de la Dirección Insular de Participación y Juventud, integrada en el Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas y de acuerdo con los objetivos fijados en el Plan Estratégico de Subvenciones del año 2021, ha aprobado esta convocatoria pública de subvenciones de acuerdo con la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca  (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017), modificada por acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96, de 4 de agosto de 2018).

La participación activa de las personas jóvenes es un indicador básico de calidad y vitalidad democrática de las sociedades actuales. Por eso, es imperativo que desde las instituciones se fomenten y se faciliten los recursos necesarios para la organización juvenil y se garantice así el apoderamiento juvenil y el ejercicio de la ciudadanía pleno de las personas jóvenes.

Esta convocatoria tiene una finalidad doble. Por una parte, se quiere fomentar el asociacionismo dando apoyo económico a los proyectos y actividades habituales o puntuales que organicen las asociaciones y entidades juveniles sin ánimo de lucro y que formen parte de su programación anual y, de la otra, se quieren compensar los gastos que se puedan derivar del proceso asociativo y del mantenimiento de las asociaciones en sí mismas.

De esta manera, se consigue promover y fortalecer el tejido asociativo en el ámbito social y cultural del colectivo joven en las asociaciones y entidades de Mallorca.

1.  Financiación e importe máximo

1.1. Teniendo en cuenta el Plan Estratégico de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca para el año 2021, se destina para la línea 1 (L1) un importe de sesenta mil euros (60.000,00 €), con cargo en la partida presupuestaria 65.33410.48900 del presupuesto de 2021 (RC nº. 220210000046); y ciento treinta y ocho mil dos cientos cincuenta y cinco euros y treinta y siete céntimos (138.255,37 €) para la línea 2 (L2), con cargo en la partida presupuestaria 65.33410.48900 del presupuesto de 2021 (RC. nº. 220210000047).

1.2. De acuerdo con el artículo 24.2 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, los proyectos se subvencionarán por un importe cierto equivalente a la cuantía solicitada hasta al máximo establecido en los puntos 1.3. y 1.6 y, por lo tanto, no se aplicará el ajuste a la baja del importe de la subvención en razón del grado de ejecución de la actividad subvencionada, siempre que eso no implique superar el coste de la actividad una vez deducidos los ingresos ajenos u otras subvenciones que han financiado el mismo proyecto de la presente convocatoria, de acuerdo con el artículo 32 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

1.3. Las subvenciones que se otorguen se adjudicarán hasta agotar el límite del crédito presupuestario inicial, siempre que se cumplan los requisitos legales de esta convocatoria y del resto de normas aplicables.

Se prevé que en cada una de las solicitudes, como máximo, se le conceda un importe cierto, con las limitaciones siguientes:

- Para la L1 cada entidad solicitando puede pedir hasta un máximo de cinco mil euros (5.000,00 €).

- Para la L2 cada entidad solicitando puede pedir hasta un máximo de nueve mil euros (9.000,00 €). Aunque el régimen de concurrencia sea no competitivo, se valorarán las solicitudes presentadas según los criterios de evaluación establecidos en esta convocatoria, para determinar la cuantía que se concederá:

  • Puntuación entre 1 y 10 puntos: 3.000 euros.
  • Puntuación entre 11 y 21 puntos: 5.000 euros.
  • Puntuación entre 22 y 35 puntos: 7.000 euros.
  • Puntuación entre 36 y 50 puntos: 9.000 euros.

En ambas líneas se tiene que determinar el importe solicitado, que tiene que ser igual o inferior a los gastos presentados o al coste de la actividad.

1.4. Si la cuantía del crédito de la convocatoria no es suficiente para cubrir el 100% de los importes a conceder y con los límites establecidos en la convocatoria, se aplicará el artículo 25 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca de prorrateo del importe entre las personas solicitantes.

Este prorrateo se calculará para cada línea independientemente.

L1 en función del importe de la ayuda solicitada y según tres ítems de las entidades solicitantes, cada uno de los cuales tendrá un tercio del valor total:

- Ser una asociación juvenil, así como está definido en la Ley 10/2006.

- Estar inscrito en el censo de entidades juvenil.

- Ser una entidad miembro del Consejo de la Juventud de las Islas Baleares.

L2 en función del importe de la ayuda solicitada y la puntuación obtenida con los criterios de valoración establecidos en el punto 3 de esta convocatoria.

1.5.Si no se conceden las cuantías inicialmente previstas para las diferentes líneas, por falta de solicitudes o por no acreditar la condición de beneficiario, se puede traspasar indistintamente el crédito remanente de una línea a la otra, si, de acuerdo con las solicitudes presentadas, es conveniente incrementar la dotación presupuestaria para atender todas las solicitudes.

1.6. Si, una vez hechos todos los trámites apropiados (como un posible traspaso de crédito de una línea en la otra), queda remanente y se considera adecuado, se puede ampliar la cuantía subvencionada de las solicitudes de esta línea de manera proporcional entre las que así lo hayan pedido con la solicitud de subvención y hayan presentado proyectos con presupuestos más altos de la cuantía a la cual tenían derecho de acuerdo con el cuadro de subvenciones determinado en la presente convocatoria.

En este supuesto, la cuantía que finalmente sea concedida se tiene que entender, igualmente, como cuantía fija y será aplicable la normativa referida a este tipo de subvención. Por lo tanto, a la hora de justificar, se tiene que justificar el total de la cuantía concedida.

2. Objeto de la convocatoria y finalidad

2.1 El objeto de esta convocatoria es subvencionar gastos para el mantenimiento de las entidades juveniles y gastos relacionados con proyectos habituales y/o puntuales en materia de juventud.

Por lo tanto, esta convocatoria consta de dos líneas:

L1: mantenimiento de entidades juveniles

L2: proyectos y/o actividades

2.2. L1: mantenimiento de entidades juveniles.

Con esta línea se quiere dar apoyo al mantenimiento estructural de las entidades juveniles legalmente constituidas radicadas en Mallorca.

A los efectos de esta convocatoria, no se consideran entidades beneficiarias: las entidades con finalidad lucrativa, comercial, mercantil o similar; los colegios y las asociaciones profesionales; las federaciones y entidades deportivas; los centros docentes; las corporaciones locales y las entidades de derecho público, y las entidades de tipo político o sindical.

Gastos subvencionables de la L1 (mantenimiento de entidades juveniles):

a)  Alquiler de los locales y oficinas de la entidad.

No se pueden imputar, en el caso de bienes inmuebles, conceptos que, según la ley o el contrato de arrendamiento, no vayan a cargo del arrendatario. Tampoco se admite la imputación del impuesto de bienes inmuebles (IBI), a menos que se haya pactado así y conste la repercusión en el arrendatario en los recibos de arrendamiento. Tampoco se admite la imputación de retrasos al arrendador, a menos que estos se hayan producido durante el periodo subvencionable. Los intereses de demora no son subvencionables.

Cuando en el contrato de arrendamiento haya incluido otros gastos, la comunidad de propietarios, agua, luz u otro suministro, serán elegibles siempre que se haya pactado así y conste en los recibos de arrendamiento la repercusión en el arrendatario. Asimismo, se tiene que reflejar en el contrato de alquiler y se imputará directamente o proporcionalmente según el criterio debidamente justificado que haya considerado la entidad y siempre que el consumo del coste repercutido esté dentro del periodo de elegibilidad.

b) Arrendamiento financiero de un bien mueble (renting), de equipamientos informáticos, fotocopiadoras o similares.

En cuanto a la amortización del capital de este arrendamiento financiero, sólo se puede imputar proporcionalmente el importe que corresponde al periodo elegible.

El importe máximo subvencionable no tiene que sobrepasar el valor de mercado del activo arrendado. Se podrán imputar como gastos los importes correspondientes a la amortización de capital y el IVA en el caso de entidades que acrediten estar exentas.

Los intereses, otros impuestos y gastos generales no son subvencionables.

c) Pequeñas reparaciones, mantenimiento y conservación siempre que la actividad no se considere inventariable, es decir, que no implique un incremento del valor patrimonial de los bienes.

Se entienden como gastos de mantenimiento los que son necesarios para el cuidado<A[cuidado|cura]> y reparación de las instalaciones o de los recursos de la entidad (tales como el mantenimiento de los recursos informáticos, mantenimiento de la web o software informático) y como gastos de reparación las obras necesarias para el mantenimiento de las instalaciones mencionadas. En definitiva, se trata de gastos necesarios para seguir funcionando adecuadamente.

d) Gastos de suministros: luz, agua, calefacción/climatización, teléfono, fax, Internet, y otros suministros de pago periódico.

En los casos de alquileres o de utilización de locales donde no se ha hecho el cambio de titularidad de la persona propietaria a la entidad juvenil usuaria ante<A[ante|delante de]> el suministrador oficial, la entidad juvenil tiene que aportar el contrato de alquiler o convenio de cesión de uso del espacio correspondiente, donde tiene que constar que la entidad juvenil se tiene que hacer cargo de estos gastos corrientes.

Es elegible el coste del consumo únicamente y exclusivamente del periodo subvencionable (del 1 de septiembre 2020 al 31 de agosto de 2021), independientemente de la fecha de emisión de la factura.

e) Gastos de material fungible, bienes consumibles y/o gastos derivados de la covid-19.

f) Pólizas de seguros.

Las pólizas de seguros contratadas por la entidad pueden ser generales para la actividad de todo el año y, en este caso, es elegible únicamente y exclusivamente el gasto correspondiente al periodo subvencionable independientemente de la fecha de emisión.

g) Gastos de tareas de coordinación, asesoramiento, gestión y administración.

En cuanto a los gastos de personal con tareas de coordinación, asesoramiento, gestión y administración que desarrolla la entidad, son elegibles los gastos de personal que tengan carácter estructural y no se correspondan con actividades concretas de duración determinada.

Cuando se imputen retribuciones de personal estructural dedicado a estas tareas, pueden incluir los salarios y los seguros sociales.

Las pagas extraordinarias no pueden imputarse en el mes en qué se perciben, sino que el importe anual se tiene que prorratear mensualmente y se tiene que imputar la cantidad proporcional correspondiente al periodo subvencionable.

No se aceptan los gastos derivados de las bajas laborales, ya que no se consideran trabajo efectivo; no obstante, las entidades pueden sustituir a la persona en situación de baja laboral e imputar los gastos de la persona sustituta.

No se aceptan los gastos derivados de la finalización de la relación juridicolaboral entre el trabajador y el empresario.

Cuando se imputen costes de esta naturaleza que no sea personal estructural de la entidad, la factura correspondiente tiene que indicar el tipo específico de tareas que se remuneran y el precio que corresponde a cada una.

2. 3. L2: proyectos y/o de actividades.

Esta línea de subvención se destina a proyectos y actividades dirigidos a la infancia y a la juventud.

La línea 2 únicamente subvenciona proyectos o actividades que se enmarquen claramente y directamente en una de las seis actividades siguientes:

- Actividades de ocio: se incluyen en este apartado, el conjunto de actividades de ocio educativo dirigidas a niños y jóvenes con la finalidad que adquieran competencias, habilidades sociales y hábitos saludables.

- Actividades de fomento de la información a la juventud en materia de salud, igualdad, derechos de los colectivos LGTBI y protección del medio ambiente.

- Actividades de fomento de la inclusión social.

- Actividades de fomento del ocio nocturno saludable.

- Actividades de fomento del asociacionismo y de la participación.

- Actividades de fomento de la cultura propia de Mallorca.

Únicamente se subvencionan proyectos y actividades dirigidos a jóvenes de entre 14 y 30 años a excepción de las actividades de ocio, caso en que se pueden subvencionar actividades dirigidas a niños y jóvenes de entre 3 y 30 años.

Los proyectos o actividades genéricos no son subvencionables.

En cualquier caso, quedan excluidos: proyectos con carácter lucrativo, comercial, mercantil o similar; actividades docentes, complementarias o de ampliación de estudios; actividades deportivas; viajes individuales; actividades turísticas; todo tipo de gastos de comida y bebida que no estén incluidos en una actividad de ocio y gastos para la compra de material inventariable.

Gastos subvencionables de la L2:

a) Coste del salario del personal que participa directamente en la actividad.

Cuando se imputen retribuciones de personal, se pueden incluir los salarios y los seguros sociales. Estos gastos se tienen que aportar debidamente desglosadas por<A[por|para]><A[por|para]> el tiempo dedicado a las tareas relacionadas directamente a la actividad.

Las pagas extraordinarias no pueden imputarse en el mes en qué se perciben, sino que el importe anual se tiene que prorratear mensualmente y se tiene que imputar la cantidad proporcional correspondiente al periodo subvencionable.

No se aceptan los gastos derivados de las bajas laborales, ya que no se consideran trabajo efectivo; no obstante, las entidades pueden sustituir a la persona en situación de baja laboral e imputar los gastos de la persona sustituta.

No se aceptan los gastos derivados de la finalización de la relación juridicolaboral entre el trabajador y el empresario.

En el supuesto de contratar a un profesional externo a la entidad, la factura correspondiente tiene que indicar las actuaciones desarrolladas, el periodo de la actividad facturada, así como el precio que corresponde a cada una de estas.

b) Alquiler de las instalaciones donde se desarrolla el proyecto, cuando sea directamente destinado a aquel proyecto concreto y no sea la sede de la entidad.

c) Materiales necesarios para desarrollar la actividad. Siempre que estén relacionados directamente con la actividad y que estén explicados y justificados en los criterios de imputación.

d) Gastos de transporte de las personas participantes que inequívocamente respondan a la actividad y que estén explicadas y justificadas en los criterios de imputación.

e) Los seguros de accidentes y de responsabilidad civil que cubren la actividad.

El seguro tiene que cubrir la responsabilidad civil y los accidentes que puedan tener lugar durante el desarrollo de la actividad para todas las personas participantes.

La póliza puede ser una póliza general contratada por la entidad para la actividad de todo el año y es elegible únicamente y exclusivamente el periodo subvencionable, siempre que dé cobertura a las personas participantes de la actividad subvencionada.

El coste no se tiene que imputar sobre la base de la fecha de emisión de la póliza ni de la fecha de pago, sino sobre el periodo de cobertura que conste en la póliza contratada, siempre únicamente y exclusivamente sobre el periodo que  corresponda con el periodo subvencionable.

f) Gastos de publicidad de la actividad.

Con respecto a la difusión de la actividad, las personas beneficiarias de las subvenciones tienen que cumplir las obligaciones que se establecen en el artículo 15.1 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca.

g) Otros gastos que inequívocamente corresponden a la actividad y estén debidamente explicados y justificadas sus necesidades en los criterios de imputación, así como los relacionados con la actividad derivados de la covid-19.

En ningún caso el importe del gasto subvencionable puede ser superior al valor de mercado.

2.4 Para que los gastos sean subvencionables (ya sean de la línea 1 o de la línea 2), es un requisito indispensable que el documento de gasto, comprobante o documento análogo que se aporte esté a nombre de la entidad solicitante de la subvención, con el concepto y la fecha, y que se cumplan todos los requisitos de los artículos 39 y 44 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca , con la excepción hecha en el apartado 2.2. d) gastos de suministro de la convocatoria.

2. 5 Gastos no subvencionables de la línea 1 y línea 2:

- Adquisición de bienes inventariables.

- Gastos de amortización de bienes inventariables.

- Gastos de obra nueva.

- Intereses deudores de las cuentas bancarias.

- Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.

- Gastos de procedimientos judiciales.

3. Criterios evaluables de la L2

3.1. La Comisión Evaluadora valorará la documentación presentada de la L2, así como cualquier otra documentación adecuada que se haya adjuntado a la solicitud de participación de la presente convocatoria de subvención, y dará un punto por<A[por|para]> cada uno de los criterios que cumpla el conjunto de la documentación presentada, de acuerdo con los siguientes criterios enumerados hasta un máximo de cincuenta puntos.

El total de puntos obtenidos servirá de base para aplicar lo que se establece en el punto 1.3 de la presente convocatoria en relación con la cuantía a conceder de la L2.

3.2.Criterios con respecto a la entidad:

1. Entidades dadas de alta en el Censo insular de entidades juveniles y entidades prestamistas de servicios a la juventud del Consejo Insular de Mallorca . Este punto se comprobará de oficio.

2. Entidades que han participado en el Consejo de Juventud de las Islas Baleares. Este punto se comprobará de oficio.

3. Entidades que tengan una junta directiva u órgano de gobierno formado al menos por<A[por|para]> la mitad o más personas jóvenes de entre 14 y 30 años. Certificado de la entidad que indique el DNI y la fecha de nacimiento.

4. Entidades en que más del 25% de los socios tengan entre 14 y 21 años. Certificado de la entidad que indique el DNI y la fecha de nacimiento.

5. Entidades con paridad entre hombres y mujeres en los órganos de representación y de decisión (se valorará el órgano de representación del año 2019). Certificado de la entidad que indique el DNI y el sexo de la persona.

6. Entidades con más de cincuenta socios. Certificado de la entidad.

7. Entidades con transparencia en la gestión. Publicación de los presupuestos en Internet, trípticos o documentos públicos con amplia difusión. Hay que aportar documentación informativa.

8. Entidades con un plan anual de trabajo. Se tiene que aportar una copia del plan<A[plan|plano]>.

9. Entidades con conciencia social. La entidad tendrá que aportar un documento que demuestre la existencia de actividades o de proyectos con conciencia social.

10. Entidades con experiencia en la realización de proyectos dirigidos a niños y/o jóvenes.

3.3. Criterios con respecto al proyecto:

11. El proyecto tiene una estructura buena.

12. El proyecto presentado tiene un amplio fundamento<A[fundamentación|cimentación]>.

13. El proyecto tiene estudios previos para el fundamento <A[fundamentación|cimentación]>.

14. Los objetivos del proyecto son concretos y claros.

15. El proyecto detalla la metodología utilizada.

16. El proyecto incluye una previsión de los resultados que se quieren conseguir.

17. El proyecto incluye indicadores para evaluar los resultados de la actividad y la consecución de los objetivos que se preveían.

18. El proyecto incluye una o varias actividades innovadoras.

19. El proyecto incide en varias temáticas de la presente convocatoria.

20. El proyecto incluye una o varias actividades previstas para más de cincuenta usuarios directos (se valorará como ½ usuario si son usuarios no presenciales).

21. El proyecto incluye una o varias actividades que inciden, aunque esté indirectamente, en un número elevado de personas (más de ciento cincuenta).

22. El proyecto incluye una o varias actividades con más de un monitor.

23. El proyecto incluye una o varias actividades con monitores especializados.

24. El proyecto incluye una o varias actividades de más de 24 horas de duración.

25. El proyecto incluye más de tres acciones.

26. El proyecto incluye una o varias actividades de temáticas de actualidad.

27. El proyecto se engloba en un programa plurienal.

28. El proyecto se incluye en un plan<A[plan|plano]> de difusión para darlo a conocer.

29. El proyecto incluye una o varias actividades con medidas concretas para fomentar la igualdad de género.

30. El proyecto incluye una o varias actividades dirigidas contra la violencia de género en jóvenes.

31. El proyecto incluye una o varias actividades con medidas concretas de responsabilidad social.

32. El proyecto o alguna de las actividades incluye colectivos vulnerables.

33. El proyecto o alguna de las actividades incluye personas con diversidad funcional.

34. El proyecto incluye una o varias actividades dirigidas a la integración de culturas minoritarias.

35. En el proyecto participan varias asociaciones.

36. El proyecto fomenta la actitud crítica ante cualquier discriminación.

37. El proyecto tiene como lengua vehicular el catalán.

38. El proyecto incluye una o varias actividades desarrolladas además de un municipio.

39. El proyecto incluye una o varias actividades cofinanciadas por más de una administración o entidad.

40. El proyecto incluye una o varias actividades que utilizan espacios públicos para su desarrollo.

41. El proyecto incluye una o varias actividades únicamente dirigidas a la juventud.

42. En el desarrollo de alguna de las actividades del proyecto participan personas voluntarias.

43. El proyecto incluye una o varias actividades o estrategias encaminadas a la conservación de espacios naturales y/o a la reducción del impacto ambiental de la actividad.

44. El proyecto incluye una o varias actividades que promueven la gestión sostenible de los residuos.

45. El proyecto incluye una o varias actividades de integración con la población del municipio donde se lleva a cabo.

46. El proyecto incluye una o varias actividades con objetivos de carácter intergeneracional.

47. El proyecto incluye una o varias actividades financiadas, al menos en un 30%, con los recursos propios de la entidad solicitante.

48. El proyecto incluye una o varias actividades que contienen acciones capaces de generar grupos estables enfrente de actuaciones puntuales.

49. El proyecto es participativo y prevé que las personas usuarias contribuyan a crear el proyecto o alguna de las actividades.

50. El proyecto prevé el acceso gratuito para las personas usuarias a una o varias actividades del proyecto.

4. Régimen de concurrencia

4.1 El procedimiento para seleccionar las entidades beneficiarias es la concurrencia no competitiva, por lo cual no se fija un orden de prelación si las solicitudes reúnen los requisitos y si hay crédito suficiente. En caso de que el crédito no sea suficiente para cada línea independientemente, se aplicará el prorrateo establecido en el punto 1.4 de esta convocatoria, hasta que se agote el total del crédito asignado.

5. Periodo de realización de la actividad o de las actividades subvencionables

Teniendo en cuenta la situación de incertidumbre del año 2020 que obligó a modificar la convocatoria de subvenciones dirigidas a las entidades juveniles, en la cual, finalmente, únicamente se previó subvencionar gastos de mantenimiento y no actividades, se considera adecuado en esta convocatoria establecer periodos diferenciados para la línea 1 y para la línea 2, de manera tal que no quede ningún periodo sin subvencionar.

Por este motivo, dentro de la línea 1, de mantenimiento, el periodo subvencionable de gastos de mantenimiento de las entidades es del 1 de septiembre de 2020 al 31 de agosto de 2021 (ambos incluidos). Las fechas de las facturas tienen que corresponder a este periodo, exceptuando lo que se establece en esta convocatoria.

En cambio, dentro de la línea 2, de actividades de juventud, el periodo de realización de la actividad o de las actividades subvencionables es del 1 de septiembre de 2019 al 31 de agosto de 2021 (ambos incluidos). Las fechas de las facturas tienen que corresponder a este periodo, exceptuando lo que se establece en esta convocatoria.

La fecha de los justificantes de pago, en ambas líneas, puede ser dentro del mes posterior, contador desde la fecha de finalización de la actividad subvencionada, siempre anterior al 1 de octubre de 2021.

6. Beneficiarios

6.1 Pueden participar en esta convocatoria de subvenciones las entidades juveniles o entidades prestamistas de servicios a la juventud recogidas en el artículo 59 de la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud y que cumplan todos los requisitos siguientes:

- Tener la sede de la entidad en Mallorca.

- Estar constituidas legalmente.

- Ser asociaciones sin ánimo de lucro.

- Dirigir su objeto social a niños y/o jóvenes.

6.2. No pueden acogerse a la ayuda económica las entidades en las cuales concurra alguna de las prohibiciones del artículo 8 de la Ordenanza de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca .

6.3 Cada entidad sólo puede presentar una solicitud de subvención para cada una de las líneas, la cual tiene que incluir el proyecto o los gastos para subvencionar con la cuantía solicitada para cada modalidad, si ocurre<A[pega|ocurre]>.

No obstante eso, los grupos, centros de recreo<A[recreo|centro de recreo]>, de los agrupamientos o movimientos escoltas y las entidades que forman parte de asociaciones, inscritas en el Censo insular de entidades juveniles del Consejo Insular de Mallorca , en relación con la L2, pueden presentar una solicitud individualmente, siempre que cumplan las tres condiciones siguientes: (anexo 8)

  • Que la autonomía de estos grupos esté prevista en los estatutos de la entidad principal.
  • Que estén reconocidas expresamente como entidades dependientes de la entidad principal en el Censo de entidades juveniles y entidades prestamistas de servicios a la juventud del Consejo Insular de Mallorca .
  • Que hayan presentado la memoria de actividades del año anterior de manera individualizada.

Teniendo en cuenta que los grupos, centros de recreo<A[recreo|centro de recreo]>, de los agrupamientos o movimientos escoltas y las entidades que forman parte de asociaciones comparten el mismo CIF, todas las subvenciones de la misma entidad matriz se abonarán a un único número de cuenta bancario.

Constituye un requisito indispensable para adquirir la condición de beneficiario de esta subvención que tanto la agrupación como la entidad matriz de la cual dependen no incurran, ninguna de las dos, en las prohibiciones que se establecen en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones.

Tanto en la solicitud como en la resolución se tiene que hacer constar los compromisos de ejecución que asume cada agrupación, así como la entidad matriz, y también el importe de la subvención que se tiene que aplicar en cada una.

7. Obligaciones de los beneficiarios

Las personas beneficiarias de las subvenciones tienen que cumplir las obligaciones que establece esta convocatoria con respecto a los artículos 9 y 15 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca y el resto de normativa que sea aplicable.

8. Formalización de las solicitudes y acreditación de los requisitos

8.1 Las solicitudes se tienen que presentar junto con la documentación siguiente:

Documentación genérica que se tiene que presentar para cada línea solicitada:

a. Solicitud genérica. (Anexo 1)

b. Solicitud de ampliación de oficio de la cuantía solicitada, si ocurre. (Anexo 1)

c. Copia de los estatutos actualizados de la entidad solicitante, siempre que no se hayan presentado y actualizado para la subvención del año anterior o en el Censo de entidades juveniles del Consejo Insular de Mallorca .

d. Documento que acredite que la persona solicitante es la representante legal de la entidad, siempre que no se haya presentado y actualizado para la subvención del año anterior o en el Censo de entidades juveniles del Consejo Insular de Mallorca .

e. Fotocopia del DNI de la persona representante de la entidad y CIF de la entidad, siempre que no se hayan presentado y actualizado para la subvención del año anterior o en el Censo de entidades juveniles del Consejo Insular de Mallorca .

f. Declaración responsable de la entidad de no incurrir en ninguna de las causas previstas en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres. (Anexo 2)

g. Declaración responsable que todo el personal que lleva a cabo actividades y que trabaja en la entidad, incluido el personal voluntario, cumple los requisitos del artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de enjuiciamiento civil, y del artículo 8.4 de la Ley de delincuentes sexuales, regulado por el Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, y que dispone de los certificados que así lo acreditan. (Anexo 2)

h. Declaración responsable de la entidad de no estar sometida a ninguna de las circunstancias que determinan la imposibilidad de obtener la condición de beneficiaria de las subvenciones públicas recogidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones mencionada. (Anexo 2)

i. De acuerdo con lo que se establece en el artículo 10.3 de la Ordenanza general de subvenciones, la solicitud de subvención comporta la autorización de la persona solicitante para que<A[porque|para que]> el órgano que concede la subvención obtenga de manera directa la acreditación de las circunstancias de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a través de certificados telemáticos y, en este caso, la persona solicitante no tiene que aportar la certificación correspondiente. Si la persona solicitante deniega expresamente el consentimiento para que el órgano instructor pida estos certificados, los tiene que aportar ella misma junto con la solicitud. (Anexo 2)

j. Declaración que la entidad es la responsable de la veracidad de los documentos presentados, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. (Anexo 2)

k. Solicitud de transferencia bancaria para pagos. (Anexo 4)

Para todo lo que no prevé esta convocatoria, se tiene que aplicar con carácter supletorio lo que dispone el artículo 10 de la Ordenanza general mencionada.

Documentación L1:

a. Presupuesto y descripción detallada de la entidad y del mantenimiento. (Anexo 3 - L1)

b. Copia del contrato de alquiler o del documento de cesión, si se pide una subvención por<A[por|para]> el abono de mensualidades, suministros o cualquier actividad relacionada con las infraestructuras alquiladas o en cesión.

Documentación L2:

a. Presupuesto y descripción detallada del proyecto presentado. (Anexo 3 - L2)

b. Régimen de compatibilidad

Esta subvención es compatible con otras ayudas o subvenciones, siempre que, según lo que se prevé en el artículo 16 de la Ordenanza mencionada, la cuantía de la subvención no sea superior, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos al coste de la actuación subvencionada.

10.  Órgano instructor, procedimiento de concesión de la subvención, fiscalización y resolución

10.1. El órgano instructor es la Secretaría Técnica del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local o suplente, que tiene que llevar a cabo las actuaciones establecidas en la Ordenanza general de subvenciones y tiene que formular la propuesta de resolución. El órgano instructor puede requerir a la entidad solicitante los informes o las aclaraciones que considere convenientes.

10.2. De acuerdo con lo que se dispone en el artículo 18 de la Ordenanza general de subvenciones y el artículo 25 del Decreto ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19, el órgano colegiado, que se llama<A[llama|nombra]> Comisión Evaluadora, tiene que emitir un informe en que tiene que concretar el resultado de la evaluación hecha. Estará integrada por<A[por|para]>:

Presidente: Consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local.

Suplente: Director Insular de Participación y Juventud.

Vocal o secretario/secretaria: técnico/técnica del Servicio de Juventud. Suplente: técnico/técnica del Servicio de Juventud.

10.3. La tramitación y gestión de esta convocatoria se sujeta a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia y eficiencia que se establecen en el artículo 5.4 de la Ordenanza general mencionada.

10.4 El procedimiento de selección de las entidades beneficiarias se lleva a cabo mediante concurrencia no competitiva, siempre que las personas interesadas reúnan los requisitos y hasta que se agote el crédito presupuestario establecido en esta convocatoria y con los límites que se recogen en los puntos 1.3. i 3.2.

10.5 Presentar la solicitud equivale a aceptar la subvención, si se concede. La entidad beneficiaria puede desistir de la solicitud en cualquier momento del proceso antes de que se resuelva la concesión.

10.6. De acuerdo con el artículo 18 de la Ordenanza general mencionada, la Secretaría Técnica del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local tiene que instruir el expediente administrativo de concesión de las subvenciones y tiene que velar para que se cumplan los requisitos de la convocatoria, además de ejercer las facultades que se prevén en el punto segundo del artículo mencionado.

10.7 El órgano instructor puede requerir a la persona interesada los informes o las aclaraciones que considere convenientes.

10.8. El Consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local es el órgano encargado de aprobar la convocatoria y los actos que derivan: aprobación de la convocatoria, concesión, justificación de las subvenciones y reconocimiento de las obligaciones.

10.9. La Intervención del Consejo Insular de Mallorca  se encarga de la fiscalización previa limitada de la convocatoria y de los actos que derivan: aprobación de la convocatoria, concesión, justificación de las subvenciones y reconocimiento de las obligaciones.

10.10. El órgano instructor tiene que formular la propuesta de resolución de concesión que se tiene que enviar a la Intervención para que la fiscalice. El contenido de esta propuesta se tiene que ajustar a lo que se dispone en el artículo 27 de la Ordenanza general mencionada y se tienen que hacer constar necesariamente las solicitudes admitidas, las subvenciones concedidas, además de las desestimadas o excluidas, las no estimadas por agotamiento de crédito y, también, los desistimientos y las renuncias de las personas solicitantes.

10.11. Asimismo, también se tiene que adjuntar un informe de la Secretaría Técnica para hacer constar que las personas beneficiarias cumplen los requisitos necesarios para acceder a la subvención.

10.12. Una vez fiscalizada de conformidad, se tiene que elevar al consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local del Consejo Insular de Mallorca, para que resuelva la concesión de las subvenciones.

10.13. El Consejo Insular de Mallorca , en cumplimiento de lo que se prevé en los artículos 14 y 19.2 de la Ordenanza general mencionada, tiene que enviar a la Base de Datos nacional de subvenciones información sobre la aprobación de esta convocatoria y de las concesiones que deriven.

​​​​​​​10.14. Igualmente, esta convocatoria se tiene que publicar en el BOIB y en la Sede Electrónica del Consejo Insular de Mallorca (www.conselldemallorca.net).

​​​​​​​10.15. El plazo máximo de resolución es de seis (6) meses, contadores desde el momento que acaba el plazo por presentar las solicitudes. Si no se ha dictado la resolución transcurridos estos seis meses, se tiene que entender desestimada la solicitud, aunque la Administración tiene que dictar la resolución expresa.

​​​​​​​10.16. La resolución de concesión se tiene que notificar oficialmente a las entidades interesadas con la publicación en el BOIB y en la Sede Electrónica del Consejo Insular de Mallorca (www.conselldemallorca.net). Cualquier otra notificación que se tenga que hacer durante la tramitación de esta subvención a las entidades interesadas, se hará de manera electrónica al correo designado a este efecto con la solicitud de subvención.

11.  Plazo y lugares<A[lugares|sitios]> de presentación de la solicitud

​​​​​​​11.1. El plazo para presentar las solicitudes y toda la documentación es de veinte (20) días hábiles, contadores a partir del día siguiente de haberse publicado el extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). Si el último día es inhábil, el plazo se alarga hasta el día hábil siguiente.

​​​​​​​11.2. Las solicitudes y cualquier documentación en lo referente a esta convocatoria se tienen que dirigir a la Dirección Insular Participación y Juventud, del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo y se tienen que presentar a través del registro electrónico del Consejo Insular de Mallorca .

​​​​​​​11.3. Si la solicitud o la documentación presentada no reúne los requisitos exigidos o no la acompañan los documentos necesarios, no se puede valorar y se tiene que aplicar el punto 4.2. de esta convocatoria.

En este caso, el órgano instructor tiene que requerir a las personas interesadas que enmienden la falta o aporten los documentos necesarios en el plazo de 10 días hábiles, a partir del día siguiente de haber recibido el requerimiento correspondiente. Si enmiendan la documentación, se tiene que aplicar lo que dispone el punto 4.2., si no lo hacen, se considerará que han desistido.

12. Pago de la subvención

12.1. Para poder percibir la subvención, las personas beneficiarias tienen que justificar la realización del objeto subvencionado, tienen que estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social de la Administración del Estado, de las obligaciones tributarias con el Consejo Insular de Mallorca y los organismos autónomos que dependen, impuestas por las disposiciones vigentes, como se prevé en el artículo 48.4 de la Ordenanza general mencionada.

12.2. El importe de las subvenciones se tiene que abonar una vez comprobada que se han cumplido los objetivos y la finalidad para la cual se concedieron, y una vez comprobada la conformidad de los gastos aportados.

12.3. Sólo se abonará el importe concedido y justificado correctamente por la entidad beneficiaria. En caso de que la cuantía justificada sea inferior a la cuantía concedida, se tramitará el expediente correspondiente de pérdida parcial o total del derecho a cobrar la subvención y de reducción del importe de la subvención correspondiente. El centro gestor podrá cancelar de oficio el remanente de la concesión con la aceptación previa de la persona beneficiaria, como se prevé en el artículo 58.2 de la Ordenanza general mencionada.

13. Justificación de la subvención

13.1 El periodo para presentar la justificación de la subvención es desde la finalización de la actividad subvencionada hasta el 30 de septiembre del 2021, como máximo. La cuenta justificativa del gasto hecho se tiene que hacer de acuerdo con el artículo 39 de la Ordenanza general de subvenciones y tiene que incluir los documentos enumerados en el punto 14.

En caso de que la concesión de las subvenciones sea<A[sea|esté]> en una fecha posterior a lo que se establece en esta convocatoria, el plazo para presentar la justificación será de diez (10) días, contadores desde el día siguiente de la notificación de la concesión de las subvenciones objeto de la presente convocatoria.

Es necesario, como requisito para cobrar la subvención, acreditar que se han pagado los acreedores en razón del gasto realizado.

Se considera gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado antes de que acabe el periodo de justificación establecido en esta convocatoria. Asimismo, el gasto se considera efectivamente pagado con la cesión del derecho al cobro de la subvención a los acreedores en razón del gasto realizado o con la entrega a los acreedores de un efecto mercantil, garantizado por una entidad financiera o compañía de seguros.

13.2. Una vez acabado el periodo de realización de la actividad o actividades subvencionables indicado en el punto 5 de esta convocatoria, la entidad beneficiaria tiene que presentar, de acuerdo con el artículo 39 de la Ordenanza general de subvenciones, una cuenta justificativa integrada por<A[por|para]> los documentos detallados en el punto 14.

13.3 Si no se presenta la justificación delante del órgano administrativo competente en el plazo establecido, se tiene que requerir a la persona beneficiaria que la presente, en el plazo improrrogable de quince (15) días hábiles, contadores desde el día siguiente de recibir la notificación.

13.4. Si la documentación que se presenta como justificación es incompleta o incorrecta, se tiene que requerir a la entidad beneficiaria que la rectifique o aporte los documentos necesarios en el plazo de diez (10) días hábiles improrrogables, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. No hacerlo supone perder el derecho a cobrar la subvención que corresponda totalmente o parcialmente.

14.  Contenido de la cuenta justificativa

14.1 Documentación y anexos:

Anexo 5: memoria técnica del proyecto.

Anexo 6:

- Declaración que el proyecto y/o actividad se ha llevado a cabo.

- Declaración que la subvención otorgada por el Consejo Insular de Mallorca se ha aplicado a la finalidad para la cual se concedió y que no supera —con las subvenciones y otros ingresos concurrentes, si hay— el coste total del proyecto subvencionado.

- Declaración que la relación detallada final de ingresos y de gastos que integran el presupuesto ejecutado del proyecto señalado es la que se adjunta en los anexos 6 y 7 (anexo 9 para agrupamientos) y corresponde sin lugar a dudas a la actividad subvencionada.

- Declaración que se adjuntan los documentos justificativos de los gastos realizados y que estos no superan el valor del mercado.

- Declaración que la entidad es la responsable de la veracidad de los documentos presentados. En cumplimiento del artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Declaración responsable de la persona beneficiaria que recupera y compensa el IVA o no, de acuerdo con el artículo 39.1.2 g) de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca .

- Declaración de los ingresos del proyecto o actividad.

- Declaración que la persona beneficiaria acepta renunciar al remanente de la subvención concedida, de acuerdo con el artículo 58.2 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, en caso de que la justificación definitiva presentada sea de un importe inferior al de la subvención concedida.

- Declaración que la entidad no es deudora por resolución de procedencia de reintegro de la subvención, de conformidad con lo que se dispone en el artículo 48.4 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca  aprobada por<A[por|para]> el Pleno del Consejo Insular de Mallorca  en la sesión del 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017), y modificada por acuerdo del Pleno del 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96, de 4 de agosto de 2018).

Anexo 7:

- Relación clasificada de los gastos de ejecución del proyecto o actividad subvencionada y de las desviaciones, en las que se tienen que identificar la persona acreedora y el documento, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago, el concepto de la partida presupuestaria en la cual se ha incluido el gasto (se tiene que tener en cuenta el presupuesto presentado en el anexo 3 de la solicitud de la subvención) y el porcentaje de imputación.

- Declaración de los criterios de imputación. La persona o la entidad beneficiaria tiene que justificar la realización de la operación o de las operaciones y de los gastos en que haya incurrido al hacerlas, de acuerdo con el modelo que establece la convocatoria.

- Explicación de las desviaciones con respecto al presupuesto, si ocurre<A[pega|ocurre]>.

· Los justificantes de los gastos con la acreditación que se han pagado los acreedores.

Una vez presentada la cuenta justificativa de la operación, no se admiten justificantes de gastos que no se hayan incluido inicialmente en la relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad.

14.2. Documentación acreditativa del pago:

- Se tiene que presentar una cuenta justificativa para cada línea de subvención concedida, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 39 de la Ordenanza general de subvenciones.

-Teniendo en cuenta que la documentación se presenta por registro electrónico, el anexo 7 (anexo 9 para los agrupamientos) se tiene que presentar en formato hoja de cálculo y el resto de documentación en PDF, anexos incluidos con firma electrónica válida.

14.2. La documentación acreditativa del pago es la que se establece en el artículo 48.2 de la Ordenanza general de subvenciones.

14.2.2. Sólo se consideran justificados los gastos realizados, efectivamente hechos, pagados y justificados mediante facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente, entendiendo por<A[por|para]> estos cualquier documento presentado para justificar que lo que refleja la contabilidad corresponde a la imagen fiel de la realidad y es conforme con las normas vigentes en materia contable.

14.2.3. Los documentos que se presenten para justificar los gastos tienen que ser perfectamente legibles. No se admitirán documentos incompletos o que contengan modificaciones, rayadas o raspadas. Cualquier aclaración o explicación de estos documentos, se tiene que hacer en un escrito que se tiene que adjuntar a la cuenta justificativa.

14.2.4. Sólo son admisibles las facturas que se hayan emitido conformemente a los requisitos reglamentarios exigibles y que contengan una descripción completa y detallada del suministro del bien o de la prestación del servicio a que se refieren. Si la factura contiene claves<A[claves|clavos|llaves]> que hagan incomprensible el objeto de la transacción, se tiene que aportar el albarán de entrega correspondiente. Si, aun así, sigue sin ser clara la identificación del bien o servicio, se tiene que acompañar con un escrito explicativo de los bienes o servicios adquiridos.

14.2.5. Trazabilidad de los pagos: para aceptar los gastos como justificados es necesario que se identifique claramente la correspondencia entre la factura o nómina y el justificante de pago correspondiente. Si el justificante incluye el pago de varias facturas y no se especifican todas en el concepto del justificante bancario, este justificante tiene que ir acompañado del total de las facturas que estén afectadas.

14.2.6. Cualquier documento de gasto tiene que ir acompañado del justificante de pago correspondiente. Como norma general, se aceptan los extractos bancarios obtenidos por vía telemática siempre que contengan la información suficiente de la persona titular de la cuenta bancaria, la numeración completa (20 dígitos), el perceptor, las fechas y los importes de los cargos bancarios.

14.2.7. En ningún caso serán válidos los justificantes de pago corregidos manualmente, que rectifiquen cualquier equivocación.

14.2.8. Todos los escritos que acompañan la cuenta justificativa los tiene que firmar la persona responsable. El anexo 9 tiene que ir firmado también por el jefe del agrupamiento solicitante.

14.3. En relación con la subvención de la L2, cuando<A[cuando|cuándo]> diferentes agrupamientos de una misma entidad matriz hayan pedido una subvención de manera independiente, a la hora de presentar la justificación de la subvención también lo tienen que hacer de manera individualizada y están obligados a presentar toda la documentación requerida cada uno de ellos.

No obstante, los justificantes de abono de las facturas presentadas tienen que estar hechos a través de una cuenta corriente de la entidad matriz.

Además, se tiene que presentar una declaración responsable que acredite de manera fehaciente que las facturas presentadas con una fecha anterior a la fecha de la publicación de esta convocatoria en el BOIB, individualizándolas, corresponden a este agrupamiento, y tiene que ir firmada tanto por el representante legal o persona autorizada de la entidad matriz solicitante como por el jefe del agrupamiento solicitante no puede ser la misma persona (anexo 9).

En cambio, todas las facturas emitidas con una fecha posterior a la publicación de la convocatoria, en el apartado de datos fiscales del receptor, se tiene que hacer constar el CIF, así como el nombre de la entidad matriz y el nombre del agrupamiento o entidad dependiente, de manera tal que quede totalmente acreditado a qué agrupación corresponde el gasto.

15.  Infracciones, sanciones y pérdida de derecho al cobro

15.1. El régimen de infracciones y de sanciones administrativas aplicables es el que se establece en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18 de noviembre de 2003) y en el resto de la normativa aplicable y, en concreto, en los artículos 63 y 64 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca.​​​​​​​

15.2.El artículo 58 de la Ordenanza antes mencionada regula la pérdida del derecho a cobrar la subvención.

16.  Publicidad

​​​​​​​16.1. El Consejo Insular de Mallorca, en cumplimiento de lo que se prevé en los artículos 17, 18 y 20 de la Ley 38/2003 mencionada y de acuerdo con el artículo 14 y 19.2 de la Ordenanza general de subvenciones, tiene que enviar la información sobre la convocatoria y sobre las resoluciones de concesión en la Base de Datos nacional de subvenciones.

16.2. El extracto de la convocatoria de subvenciones y la resolución se tienen que publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y se tienen que publicar en la Sede Electrónica del Consejo Insular de Mallorca (www.conselldemallorca.net).

​​​​​​​​​​​​​​17.  Normativa aplicable

Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran recogidas en la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca , de 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017), modificada por acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96, de 4 de agosto de 2018), así como en el Decreto ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19.

18.  Ineficacia sobrevenida de la convocatoria

Si, por<A[por|para]> circunstancias sobrevenidas de interés público y general, el Consejo Insular de Mallorca  no puede llevar adelante la tramitación de esta convocatoria, el órgano que la aprobó lo tiene que dejar sin efectos con un informe justificativo previo de la Secretaría Técnica del centro gestor.

19.  Recursos

Contra esta convocatoria, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. El recurso se puede interponer formalmente ante<A[ante|delante de]> el Consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local o ante la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponde, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer un recurso contencioso administrativo delante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante el anterior, se puede interponer, si ocurre<A[pega|ocurre]>, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones.

 

ANEXO 1-L1

SOLICITUD DE LA CONVOCATÓRIA DE SUBVENCIONES DE ENTIDADES JUVENILES PARA EL AÑO 2021.

MANTENIMIENTO DE ENTIDADES JUVENILES L1

Periodo subvencionable del 1 de septiembre de 2020 hasta el 31 de agosto de 2021 (art.5)​​​​​​​

DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE

Entidad:

NIF:

Domicilio (a los efectos de notificaciones) 

Calle o plaza:

Localidad:

CP:

Teléfono:

Fax:

Correo electrónico:

Web:

 

Fecha fundación de la entidad:

Número de socios totales:

Número de socios entre 8 y 30 años:

Inscrita en el Censo insular de entidades juveniles y entidades prestamistas de servicios a la

Juventud del Consell de Mallorca:  ___ SI     ___ NO (Marcar con una cruz en la casilla correspondiente)

Entidad dependiendo de una entidad matriz: : ___  SI  ___NO (Marcar con una cruz en la casilla correspondiente)

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL/PERSONA AUTORIZADA

Nombre y apellidos:

Fecha nacimiento:                                                           DNI/NIE:

Teléfono:

Represento la entidad solicitante en calidad de:

EXPONE:

I.- Que hemos tenido conocimiento de la convocatoria de subvenciones para llevar a cabo proyectos de actividades en materia de juventud y para el mantenimiento de las entidades juveniles correspondientes a 2020.

II.- Que la entidad que represento se quiere acoger a esta convocatoria dado que cumple todos y cada uno de los requisitos y, por eso, acompaño la documentación prevista de la convocatoria.

III.- Que de conformidad con las normas de la convocatoria de subvenciones 2020, que aceptamos íntegramente

Y por esto:

SOLICITAMOS SUBVENCIÓN:

 L1: _______________________________CUANTIA*

*  Las entidades dependientes no pueden solicitar L1, únicamente la puede solicitar la entidad matriz

SOLICITAMOS LA RECTIFICACIÓN DE OFICIO PARA LA AMPLIACIÓN DE LA CUANTIA SOLICITADA SEGÚN ART.1.6 DE LA CONVOCATÓRIA, SI CABE:

  ___SI             ___NO

* Marcar con una cruz en la casilla correspondiente

 

​​​​​​​Los actos individuales de esta convocatoria se notificarán a través de medios electrónicos (art. 14.2 LPAC). El Consell de Mallorca enviará un aviso a la dirección electrónica que la entidad solicitante comunique en este anexo (Anexo I), para informar de que dispone de una notificación en la sede electrónica del Consell de Mallorca https://seu.conselldemallorca.net/web/guest/notificacions-electroniques. La falta de este aviso no impide que se considere plenamente válida la notificación.

 Dirección electrónica para recibir el aviso de las notificaciones:

__________@___________ . __

____________________, ______ de ________________________de 202____

El representante legal o persona                   

autorizada de la entidad solicitante

​​​​​​​

(firma)            

 

ANEXO 1-L2

SOLICITUD DE LA CONVOCATÓRIA DE SUBVENCIONES DE ENTIDADES JUVENILES PARA EL AÑO 2021.

PROYECTOS Y/O ACTIVIDADES DE ENTIDADES JUVENILES L2

Periodo subvencionable del 1 de septiembre de 2019 hasta el 31 de agosto de 2021 (art.5)

DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE

Entidad:

NIF:

Nombre de la agrupación:

Domicilio (a los efectos de notificaciones) 

Calle o plaza:

Localidad:

CP:

Teléfono:

Fax:

Correo electrónico:

Web:

 

Fecha fundación de la entidad:

Número de socios totales:

Número de socios entre 8 y 30 años:

Inscrita en el Censo insular de entidades juveniles y entidades prestamistas de servicios a la

Juventud del Consell de Mallorca:  ___ SI     ___ NO (Marcar con una cruz en la casilla correspondiente)

Entidad dependiendo de una entidad matriz: : ___  SI  ___NO (Marcar con una cruz en la casilla correspondiente)

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL/PERSONA AUTORIZADA

Nombre y apellidos:

Fecha nacimiento:                                                           DNI/NIE:

Teléfono:

Represento la entidad solicitante en calidad de:

EXPONE:

I.- Que hemos tenido conocimiento de la convocatoria de subvenciones para llevar a cabo proyectos de actividades en materia de juventud y para el mantenimiento de las entidades juveniles correspondientes a 2020.

II.- Que la entidad que represento se quiere acoger a esta convocatoria dado que cumple todos y cada uno de los requisitos y, por eso, acompaño la documentación prevista de la convocatoria.

III.- Que de conformidad con las normas de la convocatoria de subvenciones 2020, que aceptamos íntegramente

Y por esto:

SOLICITAMOS SUBVENCIÓN:

 L2: _______________________________CUANTIA

SOLICITAMOS LA RECTIFICACIÓN DE OFICIO PARA LA AMPLIACIÓN DE LA CUANTIA SOLICITADA SEGÚN ART.1.6 DE LA CONVOCATÓRIA, SI CABE:

  ___SI             ___NO

* Marcar con una cruz en la casilla correspondiente

Los actos individuales de esta convocatoria se notificarán a través de medios electrónicos (art. 14.2 LPAC). El Consell de Mallorca enviará un aviso a la dirección electrónica que la entidad solicitante comunique en este anexo (Anexo I), para informar de que dispone de una notificación en la sede electrónica del Consell de Mallorca https://seu.conselldemallorca.net/web/guest/notificacions-electroniques. La falta de este aviso no impide que se considere plenamente válida la notificación.

 Dirección electrónica para recibir el aviso de las notificaciones:

__________@___________ . __

____________________, ______ de ________________________de 202____

El representante legal o persona                   

autorizada de la entidad solicitante                          

(firma)            

 

ANEXO 2

DECLARACIONES

(De este documento se tiene que presentar uno por cada una de las líneas solicitadas de manera independiente)

___L1                                  ___L2      

(Marcar con una cruz en la casilla correspondiente)

___________________________________________________, como representante de la entitat________________________________________________________________,con DNI/NIE__________________________, en relación al proyecto __________________________________ presentado en la convocatoria de subvenciones de entidades juveniles para el año 2021.

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:

1) Que acepto las bases y normas que rigen esta convocatoria

2) Que adjunto la documentación exigida

3) Que, en relación con el IVA soportado en el gasto subvencionable de la ejecución del proyecto, de acuerdo con el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca: (Marcar con una cruz en la casilla correspondiente)

___     No recuperaré ni compensaré el IVA soportado del gasto subvencionable

___     Sí recuperaré y/o compensaré el IVA soportado del gasto subvencionable

4) Que la entidad que represento no incurre en ninguna<A[cabeza|cabo|jefe]> de las prohibiciones que establecen los apartados 2, 3 y 4 del artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017),

5) En cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016 de 28 de julio (BOE de día 22 de agosto de 2016) de igualdad de mujeres y hombres, declaro que la entidad que represento NO ha sido sancionada o condenada, en los últimos tres años, por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o por sentencia judicial firme.

6) En cumplimiento a los requisitos del artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y del artículo 8.4 de la Ley de Delincuentes Sexuales, regulado por el Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre declaro que todo el personal que lleva a cabo actividades y que trabaja en la entidad, incluido el personal voluntario dispone de certificado negativo de delitos sexuales.

7) Que la presentación de la solicitud de subvención comporta la autorización del solicitante para que<A[porque|para que]> el órgano que concede la subvención obtenga de manera directa la acreditación de las circunstancias de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a través de certificados telemáticos y, en este caso, el solicitante no tiene que aportar la certificación correspondiente.

8) En cumplimiento del artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas declaro que la entidad es la responsable de la veracidad de los documentos presentados.

DENEGACIÓN EXPRESA DE LA AUTORIZACIÓN PARA SOLICITAR CERTIFICADOS TELEMÁTICOS DE LA AGENCIA TRIBUTARIA Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL

(Marcar con una cruz en la casilla correspondiente, si cabe)

___ Deniego expresamente la autorización que prevé el arte. 10.3 de la Ordenanza General de Subvenciones del que el Consell Insular de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017, modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 BOIB nº. 96, de 4 de agosto de 2018), para que este solicite y obtenga, ante<A[ante|delante de]> la Agencia Tributaria de la Administración del Estado y la Tesorería General de la Seguridad Social, la información relevante necesaria para comprobar que la entidad a quien represento está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Nota: En el caso de denegar la mencionada autorización, el solicitante tendrá que aportar las correspondientes certificaciones junto con la solicitud.

____________________, ______ de ________________________de 202____

El representante legal o persona                   

autorizada de la entidad solicitante                          

(firma)                                               

CLÁUSULA INFORMATIVA SOBRE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

En cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de lo que establece la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, os informamos que:

1. Los datos que contenga la solicitud de admisión, la documentación que se adjunte o la documentación que se genere a partir de esta convocatoria, únicamente se tratarán dentro de este expediente. Y estos datos sirven, por una parte, para conceder las subvenciones previstas en esta convocatoria con el fin de alcanzar los objetivos y las finalidades recogidos en la base tercera y, por otra parte, si es el caso, para llevar a cabo la tramitación de los expedientes sancionadores por haberse cometido las infracciones recogidas en la normativa de subvenciones.

2. Cesiones de los datos previstos: en las publicaciones previstas en la convocatoria (BOIB, página web del Consell de Mallorca, www.conselldemallorca.net y base de datos nacional de subvenciones http://www.infosubvenciones.es), según lo que prevé el artículo 14 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; a las personas interesadas en los términos previstos en la mencionada ley; y a la Intervención General del Estado en los términos previstos en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, básica de subvenciones.

3. El órgano administrativo delante del cual podéis ejercitar, si cabe<A[pega|ocurre]>, los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y los otros que reconozca la ley orgánica mencionada es la Secretaria Técnica del Departamento de Promoció Econòmica i Desenvolupament Local del Consell de Mallorca (Llar de la Juventud, c/ del General Riera, 111. 07010 Palma).

 

ANEXO 3 - L1

PRESUPUESTO Y DESCRIPCIÓN DETALLADA DEL MANTENIMIENTO DE LA ENTIDAD - L1

(Este documento se tiene que presentar para la línea 1)

_____________________________________________________________, con DNI/NIE__________________________, como representante de la entitat______________________________________________________________, con CIF____________________ en relación al proyecto y/o actividad presentado en la convocatoria de subvenciones para entidades juveniles correspondiente al año 2021.

Declaro:

Descripción breve de la entidad solicitante y de la actividad que desarrolla en materia de Juventud:

Detalle de las acciones de mantenimiento a realizar relacionados con el presupuesto presentado:

Presupuesto que tiene que servir de base. El presupuesto total solicitado tiene que estar formado por el conjunto de partidas o conceptos subvencionables (presentar desglosado por partida presupuestaria):

· Alquiler de los locales y oficinas de la entidad

..............€

· Arrendamiento financiero de un bien mueble (renting), de equipamientos informáticos, fotocopiadoras o similares

..............€

· Pequeñas reparaciones, mantenimiento de recursos y conservación

..............€

· Gastos de suministros: luz, agua, calefacción/climatización, teléfono, fax, Internet, y otros suministros de pago periódico

..............€

· Gastos de material fungible y bienes consumibles i/o derivados del COVID-19

..............€

· Primas de seguros

...............€

· Gastos de tareas de coordinación, asesoramiento, gestión y administración que desarrolla la entidad:

  ..............€

(     ) Importe total del presupuesto:

CANTIDAD QUE SOLICITO: _______________________€

* Si no cabe la descripción del proyecto en este apartado se puede presentar documento adjunto.

*Las partidas presupuestarias que no se hayan incluido en este anexo, no se podrán imputar en la cuenta justificativa. *Se aceptarán desviaciones entre un gasto presupuestado y otro también presupuestado siempre y cuando se pueda     justificar.

____________________, ______ de ________________________de 202__

El representante legal o persona                   

autorizada de la entidad solicitante                          

(firma)                        

 

ANEXO 3 - L2

PROYECTO-PRESUPUESTO DEL PROYECTO L2

(Este documento se tiene que presentar por la línea 2)

_____________________________________________________________, con DNI/NIE__________________________, como representante de la entitat______________________________________________________________,con

CIF____________________ en relación al proyecto y/o actividad __________________________ presentado en la convocatoria de subvenciones para entidades juveniles correspondiente al año 2021.

Declaro:

Descripción breve de la entidad solicitante:

Proyecto y/o actividad que se presenta:

Objetivos a alcanzar:

Detalle de cada acción que como mínimo incluya, fechas, descripción, número y tipología de los destinatarios (si son presenciales o no), horario, lugar<A[lugar|sitio]> de realización y otros datos de interés, recursos humanos y materiales que se destinarán, fecha de inicio y de finalización de la actividad subvencionada, etc...

Metodología de trabajo de la entidad que como mínimo incluya, programación de actividades, colaboración con otras entidades, seguimiento y evaluación de las actividades que se realizan, datos relevantes que se han tenido en cuenta para la programación de las actividades, indicadores, etc...

Presupuesto que tiene que servir de base. El presupuesto total del solicitado tiene que estar formado por el conjunto de partidas o conceptos subvencionables (presentar desglosado por partida presupuestaria):

· Coste del salario del personal que participa directamente en la actividad

...............€

· Alquiler de las instalaciones donde se desarrolla el proyecto

...............€

· Materiales necesarios para desarrollar la actividad

...............€

· Gastos de transporte de las personas participantes

...............€

· Los seguros de accidentes y de responsabilidad civil

...............€

· Gastos de publicidad de la actividad

...............€

· Otros gastos que inequívocamente respondan a la actividad i/o derivados del COVID-19

...............€

(    )  Importe total del presupuesto:

CANTIDAD QUE SOLICITO: _______________________€

* Si no cabe la descripción del proyecto en este apartado se puede presentar documento adjunto.

*Las partidas presupuestarias que no se hayan incluido en este anexo, no se podrán imputar en la cuenta justificativa. *Se aceptarán desviaciones entre un gasto presupuestado y otro también presupuestado siempre y cuando se pueda     justificar.

_____________________, ______ de ________________________de 202__

El representante legal o persona                   

autorizada de la entidad solicitante                          

(firma)                                               

 

ANEXO 4

SOLICITUD DE ALTA DE LA TITULARIDAD DE LA CUENTA BANCARIA

(Sólo en caso de alta de nuevos terceros, de modificación de datos de terceros o de aportación de nuevas cuentas corrientes)

1. DATOS DEL TITULAR DE LA CUENTA CORRIENTE

N.I.F.:   

 Nombre y apellidos / razón social:

Domicilio:

Nº:

Piso:

Municipio:

Código postal:

Teléfono:

Fax: 

Correo electrónico:

2. DATOS DEL REPRESENTANTE (Rellenar sólo si es diferente al solicitante. En este caso se tiene que acreditar la representación)

N.I.F.:   

 Nombre y linajes / razón social:

Domicilio:

Nº:

Piso:

Municipio:

Código postal:

Teléfono:

Fax: 

Correo electrónico:

3. DATOS BANCARIOS DEL TITULAR:

 

 

ENTIDAD BANCARIA

/ SUCURSAL

 

 

 

 

IBAN

ENT

ITAT

OFICINA

D

C

NÚMERO DE CUENTA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4. DOCUMENTACIÓN A APORTAR

-Fotocopia del NIF / NIE

-En el caso de persona jurídica, fotocopia del DNI del representante y de los poderes o escritura donde se acredite la representación.

Bajo mi responsabilidad declaro que los datos anteriores son ciertos.

__________, _____ de________________ de 2021

 

CERTIFICADO DE CONFORMIDAD DE

LA ENTIDAD BANCARIA*                      

Estos datos coinciden con las que  constan en esta oficina

El/La director/a – El/La delegado/da

Firma ---------------------------------

(Sello de la entidad bancaria)

*Esta firma se puede sustituir por el certificado bancario telemático

                  El / la titular o representante

                 Firma _____________________

De acuerdo con lo que dispone la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y garantía de los derechos digitales (BOE nº. 294, de 06 de diciembre de 2018), los datos facilitados en este documento se incorporan en ficheros propiedad del Consejo de Mallorca. El órgano administrativo delante del cual se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad, oposición y otros que reconozca la Ley mencionada, es la Secretaría Técnica del Departamento de Hacienda y Función Pública de la Corporación.

 

ANEXO 5- L1

MEMORIA TÉCNICA DEL PROYECTO L1

(Este documento se tiene que presentar para la L1)

_____________________________________________________________, con DNI/NIE__________________________, como representante de la entitat______________________________________________________________,con CIF____________________ en relación al proyecto y/o actividad presentado en la convocatoria de subvenciones para entidades juveniles correspondiente al año 2021.

Declaro bajo mi responsabilidad:

1. Que el proyecto se ha realizado

2. Que los resultados obtenidos por la ejecución del proyecto son los siguientes:

Acciones de mantenimiento realizadas:

Nota: Si el espacio establecido no fuera suficiente se puede presentar la información con una hoja adjunta de este documento.

_____________________, ______ de ________________________de 202__

El representante legal o persona                   

autorizada de la entidad solicitante                          

(firma)                                               

 

ANEXO 5- L2

MEMORIA TÉCNICA DEL PROYECTO L2

(Este documento se tiene que presentar para la L2)

_____________________________________________________________, con DNI/NIE__________________________, como representante de la entitat______________________________________________________________,con CIF____________________ en relación al proyecto y/o actividad presentado en la convocatoria de subvenciones para entidades juveniles correspondiente al año 2021.

Declaro bajo mi responsabilidad:

1. Que el proyecto se ha realizado

2. Que la evaluación de los resultados obtenidos por la ejecución del proyecto mencionada son los siguientes:

 

Grado de consecución de los objetivos planteados:

 

Explicación detallada de la actividad:

 

Grado de cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> del plan de trabajo de la actividad:

 

Evaluación del proyecto:

 

Valoración de los recursos utilizados:

 

 

Asistentes a la actividad del proyecto, así como participantes o colaboradores en el proyecto:

 

Valoración de la difusión realizada de la actividad (alcance territorial, medios de comunicación, apoyos<A[apoyos|soportes]> utilizados, etc.):

 

Explicación relativa a la organización de actividades relacionadas con el proyecto (acto de presentación, conferencias, exposiciones), si cabe<A[pega|ocurre]>:

 

Explicación relativa a la trayectoria, continuidad y consolidación del proyecto ejecutado, si cabe<A[pega|ocurre]>:

 

Valoración de la innovación, originalidad y creatividad del proyecto:

 

 

Fecha de inicio y de finalización<A[finalización|fin]> de ejecución del proyecto (de acuerdo con el punto quinto de la convocatoria):

 

 

Nota: Si el espacio establecido no fuera suficiente se puede presentar la información con una hoja adjunta de este documento

_____________________, ______ de ________________________de 202__

El representante legal o persona                   

autorizada de la entidad solicitante                          

(firma)                                               

 

ANEXO 6

DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO SUBVENCIONADO Y DE SU PRESUPUESTO

(Si se ha solicitado subvención para la L1 y L2 se tiene que presentar un anexo 6 para cada línea)

    ___ L1            ___L2

 (Marcar con una cruz en la casilla correspondiente)

_____________________________________________________________, con DNI/NIE__________________________, como representante de la entitat______________________________________________________________,con CIF____________________ en relación al proyecto y/o actividad presentado en la convocatoria de subvenciones para entidades juveniles correspondiente al año 2021.

Declaro bajo mi responsabilidad:

1. Que el proyecto / actividad se ha realizado.

2. Que la subvención otorgada por<A[para|por]> el Consell Insular de Mallorca se ha aplicado a la finalidad por la cual se concedió y que no supera – con las subvenciones y otros ingresos concurrentes, si es el caso – el coste total del proyecto subvencionado.

3. Que la relación detallada final de ingresos y gastos que integran el presupuesto ejecutado del proyecto señalado es la que se adjunta al anexo 6 y 7 (anexo 9 par<A[por|para]>a agrupamientos) y corresponde sin lugar a dudas a la actividad subvencionada.

4. Que se adjuntan los documentos de los gastos realizados y que estos no superan el valor del mercado.

5. Que en relación con el IVA soportado en el gasto subvencionable de la ejecución del proyecto y, de acuerdo con el artículo 39.1.2 g) de la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca:

_____ Es recuperado y compensado

_____ No es recuperado ni compensado

            (Marcar con una cruz en la casilla correspondiente)

6. Que los ingresos del proyecto o actividad indicado han sido los siguientes:

- Solicitud en el Consell de Mallorca

Proyecto:        ......................................           Cuantía:          ........................

- Otras subvenciones o ayudas, si cabe<A[pega|ocurre]>:

Entidad:          ......................................           Cuantía:          ........................

Entidad:          ......................................           Cuantía:          ........................

- Recursos propios, si cabe<A[pega|ocurre]>:

Concepto:       ......................................           Cuantía:          ........................

Concepto:       ......................................           Cuantía:          ........................

            TOTAL, INGRESOS ..............................

7. De acuerdo con el artículo 58.2 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Mallorca, en el caso que la justificación definitiva presentada sea de un importe inferior al de la subvención concedida

            ____ Acepto renunciar al remanente de la subvención concedida.

               (Marcar con una cruz)

8. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.4 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca aprobada por el Pleno del Consell de Mallorca en sesión de día 23 de diciembre de 2016, (BOIB n.º 21, de 18 de febrero de 2017), y modificada por Acuerdo del Pleno de día 14 de junio de 2018, (BOIB n.º 96, de 4 de agosto de 2018). Que la entidad que represento es deudora por una resolución de reintegro de subvenciones:

          ___ SI            ___NO

         (Marcar con una cruz en la casilla correspondiente)

9. Que la entidad es la responsable de la veracidad de los documentos presentados. En cumplimiento del artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

_____________________, ______ de ________________________de 202__

El representante legal o persona                   

autorizada de la entidad solicitante                          

(Nombre y apellidos y firma)                       

 

ANEXO 7 –L1

RELACIÓN CLASIFICADA DE LOS GASTOS DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD SUBVENCIONADA Y DE LAS DESVIACIONES

___________________________________________________, con DNI/NIE__________________________, como a representante de la entitat____________________________________________________________________________, en relación con la subvención concedida por el Departamento de Promoció Econòmica i Desenvolupament Local del Consell de Mallorca para llevar a cabo el proyecto /actividad __________________________________________________________________,

DECLARO:

Que la relación detallada clasificada de los gastos del proyecto ejecutado es la que se adjunta y corresponde sin lugar a dudas a la actividad subvencionada.

N. ORDEN

PERCEP-TOR

N.

FACTURA

FECHA EMISSI-ÓN

NIF

CIF

CONCEPTO

IMPORTEBASE

IMPORTEIVA

FECHA PAGO

%

IMPUTACI-ÓN

TOTAL IMPORTE IMPUTADO

ALQUILER LOCAL Y OFICINAS  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

ALQUILES DE BIENES MUEBLES (equipamientos informáticos, fotocopiadora...)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

 PEQUEÑÁS REPARACIONES DE MANTENIMIENTO Y REPACIONES DE BIENES NO INVENTARIABLE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

 SUMINISTROS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

MATERIAL DE OFICINA/MATERIAL FUNGIBLE Y DERIVADO COVID-19

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

SEGUROS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

 COORDINACIÓN-GESTIÓN Y/O ADMINISTRACIÓN 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

*Nota: Si el espacio establecido no es suficiente, añadir más líneas

 

 

 

SUMA TOTAL EJECUTADO FACTURAS

 

N. OR-DEN

NOMBRE Y APELLIDOS

LIQUIDO NÒMINA

FECHA PAGO NÓMINA

BASE DE COTI-ZACIÓ SS

APORTA-CIÓN SS TRABAJADOR/A

APORTA-CIÓN SS EMPRE-SA

SS

BONI-FICA-CIONES SS

FECHA PAGO

SS

IMPORTE IRPF

FECHA PAGO

IRPF

% IMPU-TACIÓN

TOTAL

IMPORTE IMPUTADO

PERSONAL COORDINACIÓN- GESTIÓN Y/O ADMINISTRACIÓN

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 *Nota: Si el espacio establecido no es suficiente, añadir más líneas

SUMA TOTAL  EJECUTADO FACTURAS +   EJECUTADO GASTOS DE PERSONAL

 

 

 

 

 

SUMA TOTAL EJECUTADO GASTOS DE PERSONAL

La relación de gastos se tiene que estructurar de acuerdo con las partidas del presupuesto presentado. (En caso de que se tengan que llenar más campos de los disponibles, añadir más filas)

Si cabe, , especificación de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la relación clasificada de gastos que ponga de manifiesto que la parte que ha imputado es la que razonablemente corresponde de acuerdo con los principios y las normas de contabilidad generalmente admitidas y que estos costes corresponden al periodo en que efectivamente se llevó a cabo la actividad.

 

DESCRIPCIÓN Y EXPLICACIÓN DE LOS CRITERIOS DE IMPUTACIÓN DE LOS GASTOS PRESENTADOS

 

DESVIACIONES Indicar las desviaciones sobrevenidas, incrementos o disminuciones respecto del presupuesto presentado, y explicar el motivo:

1._____________________________________________________________________ _______________________________________________________________________

2._____________________________________________________________________ _______________________________________________________________________

Las facturas relacionadas antes no podrán utilizarse,

en la cuantía imputada a la subvención, como justificantes

para el cobro de otra ayuda y cumplen sin ninguna

duda, el objeto de la subvención.

_____________________, ______ de ________________________de 202__

El representante legal o persona                   

autorizada de la entidad solicitante                          

(firma)

 

ANEXO 7 –L2

RELACIÓN CLASIFICADA DE LOS GASTOS DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD SUBVENCIONADA Y DE LAS DESVIACIONES

___________________________________________________, con DNI/NIE__________________________, como a representante de la entitat____________________________________________________________________________, en relación con la subvención concedida por el Departamento de Promoció Econòmica i Desenvolupament Local del Consell de Mallorca para llevar a cabo el proyecto /actividad __________________________________________________________________,

DECLARO:

Que la relación detallada clasificada de los gastos del proyecto ejecutado es la que se adjunta y corresponde sin lugar a dudas a la actividad subvencionada.

 

N. ORDEN

PERCEP-TOR

N.

FACTURA

FECHA EMISSI-ÓN

NIF

CIF

CONCEPTO

IMPORTEBASE

IMPORTEIVA

FECHA PAGO

%

IMPUTACI-ÓN

TOTAL IMPORTE IMPUTADO

ALQUILER DE LAS INSTALACIONES DONDE SE DESARROLLA LA ACTIVIDAD

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

MATERIALES NECESARIOS PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

GASTOS DE TRANSPORTE DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

SEGUROS DE ACCIDENTES Y RESPONSABILIDAD CIVIL QUE CUBREN LA ACTIVIDAD

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

GASTOS DE PUBLICIDAD DE LA ACTIVIDAD

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

OTROS GASTOS QUE INEQUÍVOCAMENTE CORRESPONDAN A LA ACTIVIDAD Y/O DERIVADOS COVID-19

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

PERSONAL QUE PARTICIPA DIRECTAMENTE EN LA ACTIVIDAD

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

Nota: Si el espacio establecido no es suficiente, añadir más líneas

 

 

SUMA TOTAL EJECUTADO FACTURAS

 

N. OR-DEN

NOMBRE Y APELLIDOS

LIQUIDO NÒMINA

FECHA PAGO NÓMINA

BASE DE COTI-ZACIÓ SS

APORTA-CIÓN SS TRABAJADOR/A

APORTA-CIÓN SS EMPRE-SA

SS

BONI-FICA-CIONES SS

FECHA PAGO

SS

IMPORTE IRPF

FECHA PAGO

IRPF

% IMPU-TACIÓN

TOTAL

IMPORTE IMPUTADO

PERSONAL QUE PARTICIPA DIRECTAMENTE EN LA ACTIVIDAD

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  Nota: Si el espacio establecido no es suficiente, añadir más líneas

 

 

 

SUMA TOTAL EJECUTADO GASTOS DE PERSONAL

 

SUMA TOTAL  EJECUTADO FACTURAS +   EJECUTADO GASTOS DE PERSONAL

La relación de gastos se tiene que estructurar de acuerdo con las partidas del presupuesto presentado. (En caso de que se tengan que llenar más campos de los disponibles, añadir más filas)

Si cabe, , especificación de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la relación clasificada de gastos que ponga de manifiesto que la parte que ha imputado es la que razonablemente corresponde de acuerdo con los principios y las normas de contabilidad generalmente admitidas y que estos costes corresponden al periodo en que efectivamente se llevó a cabo la actividad.

DESCRIPCIÓN Y EXPLICACIÓN DE LOS CRITERIOS DE IMPUTACIÓN DE LOS GASTOS PRESENTADOS

 

DESVIACIONES Indicar las desviaciones sobrevenidas, incrementos o disminuciones respecto del presupuesto presentado, y explicar el motivo:

1._____________________________________________________________________ _______________________________________________________________________

2._____________________________________________________________________ _______________________________________________________________________

Las facturas relacionadas antes no podrán utilizarse,

en la cuantía imputada a la subvención, como justificantes

para el cobro de otra ayuda y cumplen sin ninguna

duda, el objeto de la subvención.

_____________________, ______ de ________________________de 202__

El representante legal o persona                   

autorizada de la entidad solicitante                          

(firma)

 

ANEXO 8

(Este anexo sólo se tiene que rellenar y presentar si en la L2 los grupos, centros de recreo<A[recreo|centro de recreo]>, agrupamientos o movimientos escoltas y las entidades que formen parte de asociaciones y presenten varias solicitudes de subvención de manera individual)

DECLARACIÓN RESPONSABLE EN RELACIÓN AL CUMPLIMIENTO<A[CUMPLIMIENTO|CUMPLIDO]> DE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL APARTADO 6.3 DE LA CONVOCATORIA DE LA SUBVENCIÓN

__________________________________________________, con DNI/NIE______________________, como representante de la entitat______________________________________________________________________________________, en relación con la subvención concedida por el Departamento de Promoció Econòmica i Desenvolupament Local del Consell de Mallorca para llevar a cabo el proyecto ____________________________________________________________________, del agrupamiento ______________________________________________

Declaro bajo mi responsabilidad:

1. Que los estatutos de la entidad madre prevé la autonomía funcionarial de los grupos que la conforman.

2. Que en el Censo Insular de entidades Juveniles están reconocidos expresamente como entidades dependientes de la entidad principal.

3. Que el año pasado presentamos memoria de actividades de manera individualizada de la entidad matriz.

_____________________, ______ de ________________________de 202__

El representante legal de la entidad solicitante

(firma)

 

ANEXO 9 –L2

RELACIÓN CLASIFICADA DE LOS GASTOS DE EJECUCIÓN Y DE LAS DESVIACIONES

(Este anexo sólo se tiene que rellenar y presentar si en la L2 los grupos, centros de ocio<A[recreo|centro de recreo]>, de los agrupamientos o movimientos escoltas y las entidades que formen parte de asociaciones presenten varias solicitudes de subvención de manera individual)

__________________________________________________, como representante de la entidad matriz______________________________________________________________________________,con NIF/NIE__________________________, de la que depende el agrupamiento _______________________________ y_________________________________, como jefe de __________________________________________________________________, con NIF/NIE__________________________, en relación con la subvención concedida por el Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local del Consejo Insular de Mallorca para llevar a cabo el proyecto _______________________________________________, de la L2 en relación con la subvención concedida mediante la convocatoria de subvenciones de las entidades juveniles correspondiente al año 2021.

DECLARO:

Que la relación detallada clasificada de los gastos del proyecto ejecutado es la que se adjunta y corresponde sin lugar a dudas a la actividad subvencionada.

N. ORDEN

PERCEP-TOR

N.

FACTURA

FECHA EMISIÓN

NIF

CIF

CONCEPTO

IMPORTE BASE

IMPORTE IVA

FECHA PAGO

%

IMPUTACIÓN

TOTAL IMPORTE IMPUTADO

 ALQUILER DE LAS INSTALACIONES DONDE SE DESARROLLA LA ACTIVIDAD

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

 MATERIALES NECESARIOS PARA DESARROLLAR LA ACTIVIDAD

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

GASTOS DE TRANSPORTE DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

SEGUROS DE ACCIDENTES Y DE RESPONSABILIDAD CIVIL QUE CUBREN LA ACTIVIDAD

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

GASTOS DE PUBLICIDAD DE LA ACTIVIDAD

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

OTROS GASTOS QUE INEQUÍVOCAMENTE CORRESPONDAN A LA ACTIVIDAD

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

PERSONAL QUE PARTICIPA DIRECTAMENTE EN LA ACTIVIDAD

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBTOTAL

*Nota: Si el espacio establecido no es suficiente añadir líneas

 

 

SUMA TOTAL EJECUTADO FACTURAS

 

N. ORDEN

NOMBRE Y APLLIDOS

LIQUIDONÓMINA

FECHA PAGO NÒMINA

BASE DE COTI-ZACIÓN SS

APORTA-CIÓN SS TRABA-JADOR/A

APORTA-CIÓN SS EMPRE-SA

SS

BONIFICA-CIONES SS

FECHA PAGO

SS

IMPOR-TE IRPF

FECHA

PAGO

IRPF

% IMPU-TACIÓN

TOTAL

IMPORTE IMPUTADO

PERSONAL QUE PARTICIPA DIRECTAMENTE EN LA ACTIVIDAD

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 *Nota: Si el espacio establecido no es suficiente añadir líneas

 

 

 

 

 

SUMA TOTAL EJECUTADO GASTOS DE PERSONAL

SUMA TOTAL EJECUTADO FACTURAS + EJECUTADO GASTOS DE PERSONAL

 

 

 

La relación de gastos se tiene que estructurar de acuerdo con las partidas del presupuesto presentado.

Si ocurre<A[pega|ocurre]>, especificación de los criterios de reparto de los costes generales incorporados en la relación clasificada de gastos que ponga de manifiesto que la parte que ha imputado es la que razonablemente corresponde de acuerdo con los principios y las normas de contabilidad generalmente admitidas y que estos costes corresponden al período en que efectivamente se llevó a cabo la actividad.

 

DESCRIPCIÓN Y EXPLICACIÓN DE LOS CRITERIOS DE IMPUTACIÓN DE LOS GASTOS PRESENTADOS

 

DESVIACIONES Indicar las desviaciones ocurridas, incrementos o disminuciones respecto al presupuesto presentado, y explicar el motivo:

1.__________________________________________________________________________

2.__________________________________________________________________________ 

Las facturas relacionadas antes no podrán utilizarse, en la cuantía imputada a la subvención, como en justificantes para el cobro de otra ayuda y cumplen, sin lugar a dudas el objeto de la subvención.

Declaro que las facturas relacionadas antes corresponden únicamente al agrupamiento determinado en el encabezamiento de este escrito, que depende de la entidad matriz.

_____________________, ______ de ________________________de 202__

                                                                                          

El representante legal o persona

autorizada de la entidad solicitante   (firma)                    El jefe/a del agrupamiento

solicitante       (firma)