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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 24814
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 16 de febrero de 2021 por la que se autoriza la modificación de la configuración del Centro Docente Extranjero Queen’s College, de Palma, con el traslado de las enseñanzas de secundaria y bachillerato a un nuevo edificio y se informa de los nuevos administradores de la entidad Bonanova English School, SL, titular del centro

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Texto

Hechos

1. En el BOE núm. 189, de 9 de agosto de 1995, se publicó la Orden de 14 de julio de 1995 por la que se autoriza al Centro Docente Extranjero Queen's College, de Palma de Mallorca (Baleares), a impartir las enseñanzas del sistema educativo británico para alumnos españoles y extranjeros. Como consecuencia de esta autorización, el centro quedó configurado de la manera siguiente:

Denominación específica: Queen's College

Domicilio: c. de Saridakis, 64

Titular: Bonanova English School, SL

Localidad: Palma

Municipio: Palma

Autorización para impartir enseñanzas conforme al sistema educativo británico a alumnos españoles y extranjeros: 15 unidades y 375 plazas escolares.

Niveles educativos: de Nursery (tres años) hasta Year 13 (dieciocho años)

2. El 10 de diciembre de 2019, el representante del centro presentó una solicitud de autorización para la apertura y el funcionamiento de un nuevo edificio para impartir las enseñanzas de secundaria y bachillerato (de Year 7 hasta Year 13), con 8 unidades y 200 plazas escolares.

3. El 23 de diciembre de 2019, el señor Jordi Julià Tornila Suau presentó una solicitud donde se comunicaba el cambio de administradores de la entidad Bonanova English School, SL, titular del centro. Con la solicitud adjuntó la escritura de nombramiento de los nuevos administradores solidarios y el cese del anterior. También adjuntó las escrituras en las que se especifica que los representantes son Jordi Julià Tornila Suau y Esperanza Maria Tornila Suau, que sustituyen al señor Pedro Tornila Mateu.

4. El 14 de julio de 2020, el representante del centro presentó nueva documentación, necesaria para poder continuar con la tramitación del expediente.

5. El 27 de agosto de 2020, el arquitecto del Servicio de Centros Educativos emitió un informe favorable sobre la solicitud, puesto que el nuevo edificio cumple con los requisitos exigidos por la legislación vigente para la configuración solicitada de 8 unidades y 200 plazas escolares (de Year 7 a Year 13).

6. El 19 de octubre de 2020, el representante del centro solicitó la visita del arquitecto para comprobar que las instalaciones se adecuaban a los planos aprobados.

7. El 27 de octubre de 2020, el arquitecto del Servicio de Centros Educativos emitió un informe favorable después de realizar la visita de obras al centro el 23 de octubre y comprobar que los espacios se ajustaban a los planos presentados.

8. El 12 de enero de 2021, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre el traslado de las enseñanzas de secundaria y bachillerato del Centro Docente Extranjero Queen's College, de Palma, a un nuevo edificio y la modificación de la configuración en el edificio ya existente. También informaba favorablemente sobre la inscripción de los nuevos administradores solidarios de la entidad Bonanova English School, SL, titular del centro.

9. El 12 de febrero de 2021, el director general de Planificación, Ordenación y Centros propuso la autorización de la modificación de la configuración del Centro Docente Extranjero Queen's College, de Palma, con el traslado de las enseñanzas de secundaria y bachillerato a un nuevo edificio y la modificación de la configuración en el edificio ya existente. También propuso la inscripción en el Registro de centros docentes de los nuevos administradores de la entidad Bonanova English School, SL, titular del centro.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. El Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE núm. 86, de 9 de abril), modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

5. El Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España (BOE núm. 149, de 23 de junio), modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero.

6. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

7. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 15 de febrero).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha 12 de febrero de 2021, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, con efectos del inicio del curso 2020-2021, la modificación de la configuración del Centro Docente Extranjero Queen's College, de Palma, con el traslado de las enseñanzas de secundaria y bachillerato a un nuevo edificio y la ampliación de las unidades de primaria al edificio ya existente.

2. Confirmar el cambio de representantes solidarios de la entidad Bonanova English School, SL, titular del Centro Docente Extranjero Queen's College, de Palma, del señor Pedro Tornila Mateu a los señores Jordi Julià Tornila Suau y Maria Esperanza Tornila Suau.

3. Confirmar y validar que en este centro se impartan enseñanzas del sistema educativo británico para alumnos extranjeros y alumnos españoles y que se han de impartir las enseñanzas de lengua catalana y cultura de las Illes Balears y de lengua y cultura españolas.

4. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07006421

Denominación genérica: centro docente extranjero

Denominación específica: Queen's College

Titular: Bonanova English School, SL (administradores solidarios: Jordi Julià Tornila Suau y Maria Esperanza Tornila Suau)

Domicilio del edificio de educación infantil y primaria: c. de Saridakis, 64

Domicilio del edificio de educación secundaria y bachillerato: c. de Francesc Vidal i Sureda, 74B

Localidad: Palma

Municipio: Palma

CP: 07015

Enseñanzas autorizadas: 23 unidades y 575 plazas escolares, distribuidas de la siguiente manera:

Edificio de educación infantil y primaria: 15 unidades y 375 plazas escolares:

  • Nursery, Reception y Year 1, educación infantil de segundo ciclo: 4 unidades y 100 plazas escolares

  • Year 2 a Year 7, educación primaria: 11 unidades y 275 plazas escolares.

Edificio de educación secundaria y bachillerato: 8 unidades y 200 plazas escolares:

  • Year 8 a Year 11, educación secundaria obligatoria: 4 unidades y 100 plazas escolares.

  • Year 12 y Year 13, bachillerato (modalidades de Ciencias y Humanidades y Ciencias Sociales): 4 unidades y 100 plazas escolares.

5. Inscribir esta modificación en el Registro de centros docentes (RCD) de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros.

6. Recordar al centro mencionado que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se deba modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

7. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

  

Palma, 16 de febrero de 2021

El consejero de Educación y Formación Profesional

Martí X. March i Cerdà