Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 11194
Rectificación de error en la Resolución núm. 2021000009 de la consejera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica y Empresarial, y Cooperación Municipal de fecha 18 de febrero de 2021 (publicada en el BOIB núm. 25, de 20 de febrero de 2021)
En fecha 23 de febrero de 2021, la consejera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica y Empresarial, y Cooperación Municipal del Consejo Insular de Ibiza ha dictado la Resolución número 2021000010, del tenor literal siguiente:
«El Consejo Insular de Ibiza aprobó las bases de la convocatoria extraordinaria de ayudas dirigidas a paliar las consecuencias de las restricciones motivadas por la crisis sanitaria de la Covid-19 en los sectores económicos de la restauración y otros, que fueron fueron publicadas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 16, de 6 de febrero de 2021, y el extracto de la convocatoria el día 9 de febrero de 2021, en el BOIB núm. 17. Estas bases fueron publicadas en la Base Nacional de Datos de Subvenciones (BNDS), con núm. referencia IGAE 548.016.
Detectado error en el informe propuesta de la jefa de Sección de Industria, de fecha 02/15/2021 (documento electrónico número 13523630013501156301), que a su vez provocó error en el apartado primero de la parte dispositiva de la resolución señalada en el encabezamiento, por la que se aprobó concesión y primer pago de la convocatoria de ayudas dirigidas a paliar las consecuencias de las restricciones motivadas por la crisis sanitaria de la Covid-19 en los sectores económicos de la restauración y otros , en colaboración con el Gobierno de las Islas Baleares, consistente en que, en cuanto al municipio de Ibiza, se incluyó indebidamente como beneficiaria, una persona, expediente de la cual aún no había culminado, en concreto , la persona incluida erróneamente en el listado de dicho municipio es la siguiente:
8 |
Expediente: 2021/2232Q |
xxxxxxxxxxxxxxxxxxx |
CIF: 29741520J |
Importe: 1.500 € |
Este error conlleva también rectificar los apartados segundo y tercero de la resolución con el fin de reducir en 1.500 €, el importe total autorizado y concedido
Dado el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que establece que las administraciones públicas pueden rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, procede rectificar el error producido.
Por todo lo anterior, visto el informe propuesta de la Jefa de Sección de Industria de fecha 22 de febrero de 2021, en uso de las facultades que tengo conferidas
RESUELVO
PRIMERO.- Rectificar el error producido en el punto primero de la resolución para eliminar a la persona xxxxxxxxxxxxx con CIF 29741520J del listado de beneficiarios del municipio de Ibiza, y el importe de 1.500 € concedido, de tal forma que el listado correcto del municipio de Ibiza es el siguiente:
MUNICIPIO DE IBIZA
Nº |
Nº. Expediente |
BENEFICIARIO/A |
NIF Beneficiario/a |
Importe Económico |
---|---|---|---|---|
1 |
2021/2250B |
xxxxxxxxxxxxxxxxxxx |
B57460743 |
1.500 € |
2 |
2021/2315F |
xxxxxxxxxxxxxxxxxxx |
E07531361 |
1.500 € |
3 |
2021/2320N |
xxxxxxxxxxxxxxxxxxx |
Y2867289P |
1.500 € |
4 |
2021/2336M |
xxxxxxxxxxxxxxxxxxx |
41440136R |
1.500 € |
5 |
2021/2412N |
xxxxxxxxxxxxxxxxxxx |
74613247M |
1.500 € |
6 |
2021/2210V |
xxxxxxxxxxxxxxxxxxx |
X6798809D |
1.500 € |
7 |
2021/2216T |
xxxxxxxxxxxxxxxxxxx |
41457816V |
1.500 € |
9 |
2021/2258L |
xxxxxxxxxxxxxxxxxxx |
B16595555 |
1.500 € |
10 |
2021/2280H |
xxxxxxxxxxxxxxxxxxx |
B57947665 |
1.500 € |
11 |
2021/2308T |
xxxxxxxxxxxxxxxxxxx |
41442429V |
1.500 € |
12 |
2021/2286R |
xxxxxxxxxxxxxxxxxxx |
43116898V |
1.500 € |
13 |
2021/2193T |
xxxxxxxxxxxxxxxxxxx |
18233800K |
1.500 € |
14 |
2021/2399E |
xxxxxxxxxxxxxxxxxxx |
41441445E |
1.500 € |
15 |
2021/2397C |
xxxxxxxxxxxxxxxxxxx |
B16663155 |
1.500 € |
SEGUNDO.- Rectificar el punto segundo de la resolución, que debe decir lo siguiente:
Autorizar y disponer un gasto global de 52.500 euros a favor de las personas físicas y jurídicas relacionadas en el acuerdo primero, con cargo a la aplicación presupuestaria núm. 4220.47900 del presupuesto del Consejo Insular de Ibiza del año 2021.
TERCERO.- Rectificar el punto tercero de la resolución, que debe decir lo siguiente:
Reconocer la obligación y proponer el pago global de 52.500 euros, correspondiente al mes de enero, a favor de las personas físicas y jurídicas relacionadas al acuerdo primero, con cargo a la a la aplicación presupuestaria núm. 4220.47900 del presupuesto del Consejo Insular de Ibiza del año 2021.
CUARTO.- Dar de baja a la siguiente persona de la BNDS como persona beneficiaria, así como el importe correspondiente concedido:
8 |
Expediente: 2021/2232Q |
xxxxxxxxxxxxxxxxx |
CIF: 29741520J |
Importe: 1.500 € |
QUINTO. Publicar la resolución rectificativa en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.»
Eivissa, 24 de febrero de 2021
La jefa de Sección de Industria del Departamento de Promoción Económica y Empresarial, y Cooperación Municipal
Olga Torres Ribas