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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 7197
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de febrero de 2021 por el cual se corrige el Acuerdo del Consejo de Gobierno de día 15 de febrero de 2021 de modificación de la Relación de puestos de trabajo correspondiente al personal eventual de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears

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Texto

En fecha 15 de febrero de 2021 se publicó en el Boletín Oficial de les Illes Balears, núm. 22 ext.,  el Acuerdo de consejo de Gobierno de les Illes Balears de día 15 de febrero, de modificación de la Relación de puestos de trabajo correspondiente al personal eventual de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Una vez publicado el mencionado acuerdo, se ha detectado un error material que se ha de corregir de conformidad con el art. 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El artículo 5.2 g de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de les llles Balears, establece que corresponde al Consejo de Gobierno determinar el número, las características y las retribuciones de los puestos de trabajo del personal eventual. Así mismo, el artículo 20.2 de este texto legal dispone que el número de puestos de trabajo del personal eventual, sus características y las retribuciones que le corresponden son públicos y los determina el Consejo de Gobierno.

Por otra parte, el artículo 6.2 f del texto legal mencionado atribuye la competencia al consejero/a competente en materia de función pública el proponer al Consejo de Gobierno la aprobación de la relación de puestos de trabajo del personal al servicio de la administración autonómica.

Por todo eso, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, en la sesión de 22 de febrero de 2021, adoptó entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Corregir el Acuerdo del Consejo de Gobierno de día 15 de febrero de 2021  de modificación de la Relación de puestos de trabajo correspondiente al personal eventual de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears en los términos que se preveen en el anexo 1 adjunto.

Segundo. El presente Acuerdo tendrá efectos de fecha 15 de febrero de 2021.

Tercero. Facultar a las consejeras de Presidencia, Función Pública e Igualdad y de Hacienda y Relaciones Exteriores para que adopten las medidas necesarias para ejecutar este Acuerdo.

Cuarto. Ordenar la publicación de este Acuerdo y del Anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Quinto. Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente de su  publicación, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears en el plazo de dos meses contadores a partir del día  siguiente  de su publicación, de acuerdo con los artículos 10.1, 8.2 i 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa sin perjuicio que la persona interesada pueda interponer cualquier otro  que considere procedente.

 

Palma, 22 de febrero de 2021

La secretaria del Consejo de Gobierno Mercedes Garrido Rodríguez

 

 

ANEXO 1

DONDE DICE

Acuerdo

Cuarto. Adscribir a la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática los puestos de trabajo de personal eventual adscritos a la extinta Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos:

  • Jefe/a de Gabinete
  • Responsable de Comunicación
  • Interlocutora/Interlocutor Parlamentaria/Parlamentario
  • Asesora Técnica/Asesor Técnico

DEBE DECIR

Acuerdo

Cuarto. Adscribir a la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática los puestos de trabajo de personal eventual adscritos a la extinta Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos:

  • Jefe/a de Gabinete
  • Responsable de Comunicación
  • Interlocutora/Interlocutor Parlamentaria/Parlamentario
  • Asesora Técnica/Asesor Técnico
  • Asesora Técnica/Asesor Técnico