Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES
Núm. 3567
Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, de 18 de Febrero de 2021, por la cual se dispone el cese y nombramiento del personal eventual de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes
El artículo 20 de la Ley 3/2007 de 27 de marzo, de la Función Pública de la comunidad autónoma de las Islas Baleares dispone que es personal eventual el que, en virtud de nombramiento legal, ocupa, con carácter temporal, lugares de trabajo considerados de confianza o de asesoramiento especial de la Presidencia o de los consejeros o de las consejeras, no reservados a personal funcionario de carrera, y que el presidente o la presidenta y los consejeros o las consejeras nombran y cesan libremente a su personal eventual. Los nombramientos y ceses deben publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
De acuerdo con todo lo expuesto dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero. Disponer el cese del personal eventual de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, con efectos de día 18 de febrero de 2021, agradeciendo los servicios prestados:
- Joan Mascarell Ramiro, jefe del Gabinete de la consejera.
- Maria Eugènia Quetglas Amer, responsable de comunicación.
- Joan Ferrà Terrassa, interlocutor parlamentario.
- Aina Sastre Bestard, asesora técnica.
- Alexandre Charles Rolland, jefe de la secretaría del Gabinete.
Segundo. Nombrar, de acuerdo con la Relación de Puestos de trabajo de Personal Eventual vigente, con adscripción orgánica a la Consellería de Asuntos Sociales y Deportes, con efectos de día 18 de febrero de 2021, en los lugares que se mencionan a continuación, las personas siguientes:
- Joan Ferrà Terrassa, jefe del Gabinete de la consejera.
- Joan Mascarell Ramiro, responsable de comunicación.
- Aina Sastre Bestard, interlocutora parlamentaria.
- Alexandre Charles Rolland, asesor técnico.
Tercero. A los efectos de dietas e indemnizaciones por razón de servicio, es aplicable lo que disponen el Decreto 16/2016, de 8 de abril, o la norma que lo sustituya, y el artículo 16 de la Ley 3/2020 de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2021.
Cuarto. A los efectos de retribuciones por antigüedad o trienios, se reconoce el derecho a la percepción de los conceptos mencionados que la persona interesada acredite en las diferentes administraciones públicas.
Quinto. Publicar este cese en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Palma, 18 de febrero de 2021
La consejera de Asuntos Sociales y Deportes
Fina Santiago Rodríguez