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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 1722
Departamento de Planeamiento y Gestión urbanística. Servicio jurídico-administrativo de Planeamiento. Exp: PA20/0007. Aprobación incial del proyecto de modificación del PGOU de Palma, referida al elemento del Catálogo 13-11, Plaça Berenguer de Palou 8 i C/ Reina Esclaramunda 15

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento de 28-01-2021, aprobó inicialmente el proyecto de modificación del Plan General de Ordenación Urbana consistente en Modificación del PGOU de Palma, referida al  elemento  del Catálogo  13-11, Plaça Berenguer de Palou 8 i C/ Reina Esclaramunda 15, según el proyecto redactado por los Servicios técnicos de Planeamiento.

Cumpliendo el artículo 55 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, se somete el mencionado proyecto de modificación del Plan General, a información pública durante TREINTA DÍAS . Visto el art. 21.5 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca (RLOUS), el plazo de información pública se computa desde la última publicación obligatoria.

Quienes se consideren afectados pueden examinar el proyecto:

  • presencialmente en la Sección de información urbanística (Av. Gabriel Alomar, 18, planta baja. Edificio Municipal de les Avingudes), solicitando cita previa en línea
  • en el anuncio de este acuerdo, en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica Municipal (con navegador Explorer).
  • a través del enlace
  • https://ajtpalma.sharepoint.com/:b:/s/Planejament/EUKUhanXurpPpPbuOkKfFRIBWtBYQFpfqP9MGPwq1XRsmQ?e=1Rgrka (con navegador Explorer)

y presentar las alegaciones que estimen pertinentes, dentro del mencionado plazo y mediante escrito dirigido al  Ayuntamiento de Palma, en el registro general de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía, cuya dirección puede ser consultada en la página web www.palma.cat, o en las dependencias a que se refiere el art. 26.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Así mismo y de acuerdo con el art. 51 de la mencionada Ley 12/2017, se hace pública la suspensión de la tramitación y aprobación de los planes de desarrollo, de los instrumentos de gestión, así como del otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas y de la posibilidad de presentar comunicaciones previas, en lo que resulten afectadas por las determinaciones de este planeamiento.

 

Palma, 15 de febrero de 2021

El jefe del Departamento  sl

p.d. Decreto de Alcaldía nº  3000/2014, de 26/02/2014

(BOIB nº  30 de  4-03-2014)

Jaume Horrach Font