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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES
Núm. 1516
Extracto de la Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la que se convocan ayudas para la adquisición de material inventariable para federaciones deportivas, clubes deportivos y deportistas de las Islas Baleares
BDNS: 548597
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
1. Beneficiarios
Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones:
Para la línea de material inventariable de federaciones deportivas de las Islas Baleares:
• Las federaciones deportivas inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de les Illes Balears.
• Delegaciones territoriales de las federaciones deportivas españolas, anotadas en el Registro de Entidades Deportivas de les Illes Balears.
• En el caso de que se quiera solicitar la adquisición de inmovilizado material deportivo adaptado, la federación o delegación ha de tener debidamente reconocidas las disciplinas deportivas adaptadas destinatarias del material, en el Registro de Entidades Deportivas de les Illes Balears.
Para la línea de material técnico deportivo adaptado:
• Los equipos de deportes adaptados de los clubes deportivos y las secciones deportivas de entidades no deportivas regulados por el título V, capítulos I y II, de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares , y por el Decreto 147/1997, de 21 de noviembre, por el que se regulan la constitución y el funcionamiento de los clubes deportivos, modificado por el Decreto 214/1999, de 1 de octubre, inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares.
• Los equipos de deportes adaptados de los clubes deportivos de las Islas Baleares inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares, federados en la federación española correspondiente, en caso de que no haya federación deportiva de las Islas Baleares.
• Los deportistas de deportes adaptados de las categorías infantil, cadete, juvenil o junior y absoluta siempre que no tengan carácter profesional, que acrediten una discapacidad como mínimo del 33%, residentes o nacidos en las Islas Baleares, con domicilio fiscal en la estado español.
2. Finalidad
La finalidad es atender las necesidades para mejorar el material deportivo inventariable para la práctica de deporte adaptado y el desarrollo de programas de seguimiento deportivo, y de programas de tecnificación deportiva. También es objeto de la convocatoria la adquisición de material no deportivo inventariable para las federaciones deportivas de las Islas Baleares.
3. Bases reguladoras:
Orden del consejero de Turismo y Deportes de 18 de diciembre de 2012 por la cual se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de deportes. (BOIB núm. 2, de 3 de enero).
4. Importe:
La dotación de la convocatoria es de 200.000,00 euros
5. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo para presentar solicitudes es de treinta días hábiles desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Palma, 10 de febrero de 2021
La Consejera de Asuntos Sociales y Deportes
Fina Santiago Rodríguez