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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

UNIVERSIDAD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 1411
Resolución del Rectorado del día 8 de febrero de 2021 por la que se prorrogan las bolsas de trabajo del personal de administración y servicios de la Universidad de las Illes Balears

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Texto

La Universidad de las Illes Balears publicó en el BOIB número 143, de 23 de noviembre de 2017, la Resolución del Rector de 13 de noviembre de 2017 por las que se aprueba la composición final del proceso selectivo para formar parte de la bolsa de trabajo para cubrir, con personal laboral temporal o con carácter de interinidad por razones justificadas de necesidad y urgencia, puestos de trabajo vacantes de esta universidad.

El Acuerdo normativo 12005, del día 20 de septiembre de 2016, por el que se aprueban los procedimientos de selección de funcionarios interinos y personal laboral temporal y se regulan los criterios generales de gestión de bolsas de trabajo del PAS de la Universidad de las Illes Balears (FOU 436, de 30 de septiembre), establece en el artículo 16. Vigencia de las bolsas, que, a partir de la publicación de la composición de las bolsas de trabajo, estas tendrán una vigencia máxima de tres años. Igualmente las bolsas se extinguirán por acuerdo de la comisión técnica de seguimiento y control o en caso de que se agoten los integrantes en activo.

Vistos los puntos anteriores, este Rectorado, en uso de las atribuciones que tiene conferidas de acuerdo con la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los Estatutos de la Universidad de las Illes Balears, aprobados por el Decreto 64/2010, de 14 de mayo, resuelve:

Primero. Prorrogar las bolsas de trabajo que se publicaron en el BOIB número 143, para asegurar poder cubrir, con personal laboral temporal o con carácter de interinidad por razones justificadas de necesidad y urgencia, puestos de trabajo vacantes de esta universidad.

Segundo. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la sede electrónica de la Universidad de las Illes Balears.

Tercero. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar del día siguiente de su publicación, ante el Rector de esta universidad, o bien se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a contar del día siguiente de su publicación, en conformidad con el que dispone el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 8 de febrero de 2021

El rector Llorenç Huguet