Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 1383
Resolución de la directora general de Personal Docente de 11 de febrero de 2021 por la que se emplaza a las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo procedimiento abreviado núm.373/2020
Hechos
Los señores y las señoras Maria del Carmen Fernández Prieto, Ana María Gual de Torrella le Senne, Bartolomé Estarellas Pardo, Joana Maria Serra Miró, Martí Ávila Serra, José Manuel Soler Barreno, Urko Cuevas Gómez, William Adrián Solano Albornoz y Catalina Parets Amengual han interpuesto un recurso contencioso-administrativo, actuaciones núm. 701/2020, que se siguen por el procedimiento abreviado en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 2 de Palma, contra la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 8 de mayo de 2017 por la que se establece el procedimiento para el acceso a una destinación para los profesores de religión católica de acuerdo con lo que establece el artículo 6 del Real decreto 696/2007, de 1 de junio, por el cual se regula la relación laboral de los profesores de religión (BOIB núm. 58, de 13 de mayo de 2017).
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 49 y 50 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
2. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Emplazar a las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo, actuaciones núm. 373/2020, que se siguen por el procedimiento abreviado en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 2 de Palma, para que puedan comparecer en calidad de demandadas y personarse ante este juzgado en el plazo de nueve días desde la fecha de publicación de esta Resolución.
2. Comunicar a las personas interesadas que si se personan fuera del plazo indicado, se las considerará como parte de los trámites no precluidos, sin que por ello se deba retrotraer ni interrumpir el curso del procedimiento, y que, si no se personan oportunamente, continuará el procedimiento en sus trámites, sin que sea necesario hacerles notificación de ningún tipo.
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 11 de febrero de 2021
La directora general de Personal Docent
Rafaela Sánchez Benítez