Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 1361
Acuerdo del Pleno del Consell Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de 17 de febrero de 2020, relativo a la Resolución de las alegaciones al acuerdo de modificación del catálogo de puestos de trabajo y aprobación definitiva de la modificación del Catálogo de puestos de trabajo del Consell Insular de Menorca (exp. 0602-2019-4)
El Pleno del Consell Insular de Menorca, en sesión de carácter extraordinario de 23 de septiembre de 2019, tomó entre otros los siguientes acuerdos:
"PRIMERO. Aprobar inicialmente la modificación del Catálogo de puestos de trabajo del Consell Insular de Menorca, según el documento anexo.
SEGUNDO. Las fichas que se presentan suponen catalogaciones unitarias de forma que unifican las denominaciones y las titulaciones de las diversas fichas de la misma especialidad que aparecen en el Catálogo de puestos de trabajo y son aplicables a todos los puestos de trabajo de una misma especialidad.
Esta unificación tiene una única excepción en el caso de los psicólogos, en que el requerimiento del Máster en Psicología General Sanitaria será exigible únicamente para los puestos de trabajo que en el artículo 6.4 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, formen parte de sus funciones la investigación, la evaluación y la intervención psicológica sobre los aspectos del comportamiento y la actividad de las personas que influyen en la promoción y la mejora del estado general de su salud, que en el Consell Insular se consideran todos los puestos de trabajo excepto los jefes de servicio o directores de centros.
TERCER. Exponer al público durante el plazo de quince días estas modificaciones, para mayor transparencia y participación, aunque la STS de 05 de febrero de 2014 aclaró la naturaleza de acto administrativo y no de disposición de carácter general, y por tanto este acto no requiere la exposición pública."
Dicho acuerdo se publicó en el BOIB núm. 132, de 28 de septiembre de 2019. En el plazo de exposición pública se presentaron varios escritos de alegaciones.
El Pleno del Consell Insular de Menorca, en sesión de carácter ordinario de 17 de febrero de 2020 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero. Desestimar las alegaciones que han presentado M.B.L.M., F.J.R.J., A.M.L. y M.F.G. porque ninguno de los nuevos funcionarios ocupará una plaza de auxiliar técnico informático, delineante o administrativo de un grupo superior al que ocupan los alegantes.
Segundo. Desestimar la alegación que ha presentado F.R.G. porque no es necesario especificar todos los títulos y certificados que puedan ser considerados comparables al título requerido, en este caso el Grado en Educación Social.
Tercero. Desestimar la alegación que ha presentado A.F.B. porque la alegación no se refiere propiamente al acuerdo de Pleno de 23 de septiembre de 2019 de modificación del Catálogo de puestos de trabajo, sino al proceso de movilidad y de Oferta Pública de Empleo 2016-2017, así como a una nueva propuesta de modificación de la catalogación de dos puestos de trabajo.
Cuarto. Estimar parcialmente las alegaciones que ha presentado Lourdes Manzano Vascondeos, delegada sindical de la FeSP-UGT del Consell Insular de Menorca, en el sentido de modificar el anexo del acuerdo con el fin de hacer constar que se adapta la exigencia de titulación de todos los puestos de trabajo del Consell Insular de Menorca en el artículo 76 del TREBEP, concretamente los que constan en el anexo, y reflejar únicamente la titulación exigida a partir de ahora.
Quinto. Aprobar definitivamente la modificación del Catálogo de puestos de trabajo del Consell Insular de Menorca, según el documento anexo.
Sexto. Notificar esta resolución a las personas interesadas.
ANEXO MODIFICACIÓN DEL CATÁLOGO DE PUESTOS DE TRABAJO
Se adaptan la exigencia de titulación de todos los puestos de trabajo del Consell Insular de Menorca al artículo 76 del TREBEP. Concretamente:
ADMINISTRATIVO |
C1 |
|
Debe decir |
Bachillerato, formación profesional de ciclo medio o titulación equiparable |
AGENTE DE MEDIO AMBIENTE |
C1 |
|
Debe decir |
FP de grado medio de Técnico en aprovechamiento y conservación del medio natural o equiparable |
|
ASESOR JURÍDICO |
A1 |
|
Debe decir |
Grado en Derecho o titulaciones equiparables. |
|
Donde dice |
DUE / ATS |
A2 |
Debe decir |
ENFERMERO/A |
|
Debe decir |
Grado de Enfermeria o titulación equiparable |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO |
C2 |
||
Debe decir |
ESO o titulación equiparable |
|
AUXILIAR DE ENFERMERIA |
C1 |
||
Debe decir |
Formación profesional de grado medio de Técnico en cuidados auxiliares de enfermería, Técnico de atención sociosanitaria o Técnico de atención a personas en situación de dependencia, o bien Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales o equiparable |
|
AUXILIAR DE INTERNADO |
AP |
|
Debe decir |
Certificado de estudios o titulación equiparable |
|
AUXILIAR CUIDADOR |
C1 |
|
Debe decir |
Formación profesional de grado medio de Técnico en cuidados auxiliares de enfermería, Técnico de atención sociosanitaria, Técnico en atención a personas en situación de dependencia, Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, o equiparable |
|
EDUCADOR SAOCIAL |
A2 |
||
Debe decir |
Grado en Educación Social o titulación equiparable |
|
Donde dice |
AGENTE COMARCAL |
A2 |
Debe decir |
INGENIEROTÉCNICO AGRÍCOLA |
|
Debe decir |
Grado en Ingeniería Ciencias Agronómicas o titulación equiparable |
|
GUARDA DE PESCA |
C2 |
|
Debe decir |
ESO y título de Patrón portuario o titulaciones equiparables |
|
INSPECTOR DE PATRIMONIO HISTÓRICO |
A1 |
|
Debe decir |
Grado en Arqueología o titulaciones equiparables |
|
Donde dice |
PATRÓN |
C1 |
Debe decir |
PATRÓN / GUARDA DE PESCA |
|
Debe decir |
Formación profesional de grado medio y título de Patrón portuario o titulaciones equiparables |
|
PSICÓLOGO |
A1 |
|
Debe decir |
Grado en Psicología y Máster en Psicología General Sanitaria, o titulaciones equiparables |
|
TÉCNICO SUPERIOR |
A1 |
|
Debe decir |
Grado en Derecho, Ciencias Políticas, Económicas o Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario, o titulación equiparable |
|
TÉCNICO AUXILIAR ARCHIVO |
C1 |
|
Debe decir |
Bachillerato, formación profesional de ciclo medio o titulación equiparable |
|
TÉCNICO MEDIO O TÉCNICO MEDIO DE GESTIÓN |
A2 |
|
TÉCNICO DE GESTIÓN |
|
|
Debe decir |
Grado o titulación equiparable |
|
TÉCNICO DE MEDIO AMBIENTE |
A1 |
|
Debe decir |
Grado de Ciencias Ambientales o titulación equiparable |
|
INSPECTOR DE PESCA |
A2 |
|
Debe decir |
Grado en Ciencias del Mar o titulación equiparable y título de Patrón portuario o títulos equiparables |
|
INSPECTOR DE TURISMO |
A2 |
|
Debe decir |
Grado en Turismo o titulación equiparable |
|
Donde dice |
ASISTENTE SOCIAL |
A2 |
Debe decir |
TRABAJADOR SOCIAL |
|
Debe decir |
Grado en Trabajo Social o titulación equiparable |
|
Donde dice |
CELADOR VELADOR |
AP |
Debe decir |
VELADOR |
|
Debe decir |
Certificado de estudios o titulación equiparable, y carnet de conducir B |
|
CELADOR / CHOFER |
AP |
|
Debe decir |
Certificado de estudios o titulación equiparable, y carnet de conducir B |
|
Estas fichas suponen catalogaciones unitarias de forma que unifican las denominaciones y las titulaciones de las diversas fichas de la misma especialidad que aparecen en el Catálogo de puestos de trabajo y son aplicables a todos los puestos de trabajo de una misma especialidad.
Maó, 10 de febrero de 2021
Por delegación de la presidenta, la secretaria
Rosa Salord Olèo
(Decreto 427/2019, de 11 de julio)
(BOIB núm. 97 de 16-7-2019)