Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA
Núm. 1304
Convocatoria de subvenciones destinadas a empresas del municipio de Algaida para proteger la actividad económica local del impacto del COVID-19
Se hace constar que la Alcaldesa del Ayuntamiento de Algaida ha acordado aprobar las bases que tienen que regir la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a preservar la actividad económica del municipio de Algaida de los efectos adversos del COVID-19.
Lo cual se hace pública a los efectos del artículo 131 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Algaida, 9 de febrero de 2021
La alcaldesa
Maria Antònia Mulet Vich
BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN POR CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A EMPRESAS DEL MUNICIPIO DE ALGAIDA PARA PROTEGER LA ACTIVIDAD ECONÓMICA LOCAL DEL IMPACTO DE LA COVID- 19
1.- Objeto y finalidad.
1.El objeto de la presente convocatoria es otorgar ayudas destinadas a preservar la actividad económica del municipio de Algaida de los efectos adversos que haya podido originar la situación derivada de las medidas adoptadas para contener la difusión de la COVID-19.
En concreto, se establece el procedimiento para la concesión de ayudas con destino a sufragar gastos en que hayan incurrido los sujetos que puedan adquirir la condición de personas beneficiarias, siempre que los mismos estén orientados a promover la estabilidad y perdurabilidad de las empresas, así como la continuidad de los productos y servicios que preste (o la mejora de los mismos), o su posible diversificación por canales alternativos a los tradicionales.
1.2 La finalidad de estas subvenciones es ayudar a los empresarios del municipio de Algaida a afrontar los efectos económicos adversos derivados de la COVID-19 que hayan podido sufrir. La crisis sanitaria provocada por el brote de COVID-19 se está transmitiendo a la economía y a la sociedad, afectando tanto a la actividad productiva como a la demanda y al bienestar de los ciudadanos.
Es por ello que este Ayuntamiento, en este contexto, tiene como prioridad absoluta en materia económica proteger, preservar y dar soporte al tejido productivo y social para minimizar el impacto y conseguir que, ya finalizada la alarma sanitaria, se produzca lo más rápido posible una normalización en la actividad económica local. Por ello se ha dotado de un fondo para la prestación de estas subvenciones, ante el cierre obligatorio de sus establecimientos.
1.3 De acuerdo con lo que se prevé en el artículo 29.2 de la Ley 20/2006 Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares, en relación con el artículo 25.1 y 5 de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local y el artículo 32 del Decreto Ley 8/2020, el Ayuntamiento puede otorgar las presentes subvenciones como medida de fomento que coadyuve a la recuperación económica.
2.- Personas beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de la subvención las personas físicas y jurídicas cuya actividad se encuentre recogida dentro de las obligadas al cierre obligatorio de los establecimientos recogidos en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 11 de enero de 2021 por el que se establecen los niveles de alerta sanitaria por islas que estarán vigentes en la comunidad autónoma de las Islas Baleares, conforme al Acuerdo del Consejo de Gobierno de las Islas Baleares de 27 de noviembre de 2020, y se disponen medidas excepcionales aplicables a la isla de Mallorca y la de Ibiza.
3.- Gastos subvencionables.
3.1 Las personas beneficiarias podrán optar a esta línea de ayuda, que subvencionará los gastos siguientes:
- Gastos en concepto de alquiler del local comercial. Deberá ser un establecimiento fijo de titularidad privada, con acceso directo e independiente desde la calle. El contrato de alquiler deberá estar a nombre del solicitante de la subvención, y ser anterior a la declaración del estado de alarma.
- Gastos corrientes destinados al desarrollo, mejora o mantenimiento de la actividad:
3.2. Los gastos anteriores deberán, de manera indudable, responder a la naturaleza y objeto de la actividad subvencionada, y haberse abonado efectivamente previamente a la solicitud de subvención por el beneficiario.
4.- Requisitos de las personas solicitantes.
Las personas o entidades interesadas en esta subvención deberán cumplir los siguientes requisitos:
5.- Periodo subvencionable y cuantía.
5.1 El periodo subvencionable será el comprendido entre 14 de marzo de 2020 (declaración del estado de alarma) y el día anterior a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
5.2 Los posibles beneficiarios podrán solicitar esta ayuda, la que supondrá la otorgación de una cuantía fija de 1.000 euros.
El Crédito presupuestario total máximo para la subvención es de 30.000 euros, que figura consignado en la partida presupuestaria 2021/01/433/47900.
En caso de que el total de ayudas supere la consignación presupuestaria, se reducirán proporcionalmente las cantidades concedidas.
6.- Plazo y forma de presentación de las solicitudes.
6.1 El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de las presentes bases y convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la página web municipal.
Los modelos normalizados, así como las bases y el resto de documentación asociada al expediente, estará disponible en la página web del Ayuntamiento de Algaida.
6.2 Sólo se atenderá una solicitud por empresa (persona física o jurídica) y actividad económica afectada, independientemente de que realicen más de una actividad económica, o de que disponga, de uno o más establecimientos o locales para el ejercicio de la o las actividades. Si diversas personas físicas o jurídicas comparten el mismo establecimiento sólo una podrá optar a la ayuda.
6.3 Las solicitudes se formalizarán por escrito en modelo normalizado de solicitud que se acompaña como Anexo 1, dirigidas a la Alcaldía-Presidencia e irán acompañadas de la documentación indicada en la base siguiente.
Las solicitudes podrán ser presentadas de forma presencial en el Registro Genera de las Oficinas Municipales o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7.- Documentación a acompañar a la solicitud.
7.1 Documentación relativa al solicitante
7.2 Documentación relativa a la actividad económica
8.- Procedimiento, resolución y pago de la subvención
8.1 El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, según lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
La gestión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
8.2 El órgano competente para resolver el procedimiento es la alcaldesa del Ayuntamiento de Algaida, que deberá dictar y notificar a los interesados la resolución del procedimiento en el plazo máximo de tres meses contadores desde la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Las actas de trámite del presente procedimiento, así como la resolución de éste, se publicarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Algaida (http://ajalgaida.sedelectronica.es).
En caso de ser necesario, se requerirá a los solicitantes para que aporten cuanta documentación e información complementaria se estime oportuna para fundamentar su derecho, así como para que se proceda a la corrección de los defectos apreciados en la solicitud, en el plazo de diez días hábiles. También podrá realizar de oficio cuantas actuaciones considere necesarias y convenientes para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos que figuren en las solicitudes.
8.3 El pago de estas subvenciones se realizará en un pago único a cada beneficiario por la totalidad del importe concedido, mediante transferencia bancaria, a partir de la fecha de la resolución de la concesión.
9.- Tratamiento de los datos de carácter personal.
De conformidad con lo que se prevé en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales el responsable del tratamiento de sus datos será el Ayuntamiento de Algaida (CIF: P0700400E, C/ del Rei, 6 – 07210 Algaida, Illes Balears), único destinatario de la información aportada voluntariamente.
Los interesados podrán ejercer sus derechos por correo postal, adjuntando una fotocopia del DNI o documento equivalente, dirigido al Ayuntamiento de Algaida, Carrer del Rei, 6, 07210 Algaida, Illes Balears; presencialmente, mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento de Algaida, o a través de cualquiera de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015.
10.- Legislación supletoria e interpretación de las bases.
En todo lo no previsto, en las presentes bases regirá lo que se dispone en el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (Real decreto 887/2006, de 21 de julio)
Igualmente, le serán aplicables los preceptos básicos de la Ley 32/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el resto de disposiciones legales y reglamentarias que sean de aplicación.
Para todas aquellas cuestiones no contempladas en las presentes Bases, y la interpretación de las dudas que puedan surgir en su aplicación, será competente el órgano con facultades para aprobar las mismas, que queda autorizado para dictar aquellos actos que sean precisos para su desarrollo.
ANEXO I
SOLICITUD
DATOS DE LA PERSONA INTERESADA.
Nombre y apellidos ______________________________________________________________________________________________
DNI _______________________ Dirección _________________________________________________________________________
Localidad ____________ CP_____ Teléfono ____________ Correo electrónico: _____________________________________________
Nombre y apellidos ______________________________________________________________________________________________
DNI _______________________ Dirección _________________________________________________________________________
Localidad ____________ CP_____ Teléfono ____________ Correo electrónico: _____________________________________________
EXPONE
1.- Que ha tenido constancia que se ha publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la página web municipal del Ayuntamiento de Algaida, las bases reguladoras y convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a empresas del municipio de Algaida para proteger la actividad económica local del impacto económico de la COVID-19.
2.- Que es titular de una actividad económica ubicada y con actividad en el municipio de Algaida, y que esta actividad se ha visto afectada por las medidas adoptadas para contener la propagación de la COVID-19.
3.- Que reúne todos los requisitos establecidos en estas bases para ser beneficiario de una subvención de un importe de 1.000 euros.
SOLICITA
Previos los trámites oportunos, se me conceda la mencionada subvención
SE ADJUNTA DOCUMENTACIÓN
Documentación relativa al solicitante
Documentación relativa a la actividad económica
Algaida, a _____ de febrero de 2021
Firma
ILMA. SRA ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA
ANEXO 2
DECLARACIÓN RESPONSABLE
DATOS DE LA PERSONA INTERESADA
El Sr./Sra. ______________________________________________________, con DNI ____________________, en representación de _______________________________________________________________________, bajo mi responsabilidad, para que el órgano concedente de la subvención tenga conocimiento,
DECLARO
Algaida, a _____ de febrero de 2021
Firma
ILMA. SRA. ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA
Sus datos personales serán usados para nuestra relación y poder prestarle nuestros servicios. Estos datos son necesarios para poder relacionarnos con usted, lo que nos permite el uso de su información dentro de la legalidad. Asimismo, podrán tener conocimiento del su información aquellas entidades que necesiten tener acceso a la misma para que podamos prestarle nuestros servicios. Conservaremos sus datos durante nuestra relación y mientras nos obliguen las leyes aplicables. En cualquier momento puede dirigirse a nosotros para saber qué información tenemos sobre usted, rectificarla si fuera incorrecta y eliminarla una vez finalizada nuestra relación. También tiene derecho a solicitar el traspaso de su información a otra entidad (portabilidad). Para solicitar alguno de estos derechos, deberá realizar una solicitud escrita a nuestra dirección, junto con una fotocopia de su DNI: AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA, CALLE DEL REY 6, CP 07120, ALGAIDA (Islas Baleares). En caso de que entienda que sus derechos han sido desatendidos, puede formular una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es)
ANNEX 3
COMUNICACIÓN DE CUENTA BANCARIA
SOLICITANTE |
Núm. DNI/NIE |
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Domicilio social (calle, número, piso puerta) |
Municipio |
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Dirección electrónica |
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REPRESENTADO/ADA POR (padre, madre o tutor/a) |
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Apellidos y nombre |
Núm. DNI/NIE/Pasaporte |
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Dirección (calle, número, piso puerta) |
Municipio |
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Código Postal |
Población |
Teléfono |
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Teléfono móvil |
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Dirección electrónica |
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Comunica al Ayuntamiento, a efecto de los pagos que deba recibir los siguientes DATOS BANCARIOS
Entidad |
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IBAN ENTIDAD OFICINA DC NÚMERO DE CUENTA
Firma
Diligencia de conformidad de la Entidad Bancaria :
Los datos anteriores coinciden con los que constan en esta oficina
Firmado:
(Fecha, Firma y Sello)
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