Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
PATRONATO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y REHABILITACIÓN INTEGRAL DE BARRIO
Núm. 1274
Patronat Municipal de l'Habitatge i Riba - Programa de Ayudas a la Rehabilitación 2020
Extracto de 30 de diciembre de 2020 de de Junta de Gobierno por la que se aprueban las bases y la convocatoria pública del PROGRAMA DE AYUDAS A LA REHABILITACION 2020 para los barrios de CAMP REDÓ, SON GOTLEU Y VERGE DE LLUC de Palma .
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8ª de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y del artículo 15 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Palma, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo podrà consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index), así como en la web del Patronat Municipal de l'Habitatge-Riba ( http://patronathabitatge.palma.cat/)
Primero. Objeto y finalidad de las subvenciones.
La finalidad de esta convocatoria es conseguir la recuperación del Patrimonio Arquitectónico de la ciudad de Palma, y continuar con la tarea de frenar la degradación, debida principalmente al estado en que se encuentran las edificaciones.
Con esta actuación se pretende conseguir una recuperación funcional y estética de los barrios del Camp Redó, Son Gotleu y Verge de Lluc, señalados actualmente dentro de las áreas vulnerables de Palma e incluidos dentro del Plan Estratégico de Palma, dado que se encuentran inmersas dentro de una situación de progresiva degradación arquitectónica y urbanística que requiere la adopción de medidas con el objetivo de detenerla y mantener el patrimonio existente.
Segundo. Ámbito de Aplicación.
Viviendas zona central Camp Redó
Calles:
FELIP II |
números pares del 2 al 4B |
CAN FOSSER (passatge particular) |
todos los números |
CASTILLO DE OLITE |
todos los números |
JOAN D'ÀUSTRIA |
pares del 2 al 4B, impares del 1 al 3B |
EBRO (pasaje particular) |
todos los números |
VARA DE REY (pasaje particular) |
todos los números |
ALFONS EL SAVI |
todos los pares del 2 al 4B, impares del 1 al 3C |
GENERAL RIERA |
todos los pares el 120 |
INFANT PAGÀ |
pares el 18, impares del 21 al 25B |
COTLLIURE |
impares del 17 al 21B |
Viviendas zona central de Son Gotleu
El ámbito de aplicación corresponde a la ARE/65-01 i ARE/65-02 del barrio de Son Gotleu delimitadas en el PGOU de Palma vigente.
Calles:
PICO TEIDE |
todos los números (1 al 3) |
PICO ALMANZOR |
todos los números (1 al 3) |
PICO AUÑAMENDI |
todos los números (1 al 3) |
PICO PUIGMAL |
todos los números (1 al 3) |
INDALECIO PRIETO |
pares del 28 al 44, impares del 25 al 31 |
CAMÍ DE SON GOTLEU |
pares 54 al 56 |
PICO ALCAZABA |
número 2 |
PICO VELETA |
pares del 2 al 10, impares del 1 al 3 |
PICO MULHACEN |
pares del 2 al 6, impares del 1 al 3 |
PICO TEIDE. |
todos los números |
PICO ANETO |
impares del 1 al 3, p impares el 2 |
SANTA FLORENTINA |
pares del 46 al 58, impares del 49 al 69 |
TOMAS RULLAN |
pares del 52 al 82, impares del 51 al 63 |
SIETE PICOS |
pares del 2 al 8, impares del 1 al 9 |
PICO PEÑALARA |
pares del 2 al 10, impares el 1 |
PICO CEBOLLERA |
pares del 2 al 6, impares del 1 al 5 |
PICO MONCAYO |
números del 2 i 11 |
PICOS DE EUROPA. |
pares del 2 al 10 |
FRANCESC JULIÀ. |
pares del 46 al 50B |
PLAÇA FRA JOAN ALCINA |
números del 1 al 3 |
SAN FULGENCIO |
impares del 11 al 27 |
Viviendas zona central de Verge de Lluc
El ámbito de aplicación corresponde a la ARE 57-01 del Barrio de Verge de Lluc
Calles
ALFABIA |
números 1,2,3,4 |
PLAÇA FELIX RODRIGUEZ DE LA FUENTE |
todos los números (1-9) |
GRECO |
todos los números (1-15a) I (2-12) |
MORENETA |
pares del 2 AL 4, impares del 1 al 13 |
GOYA |
pares del 2 AL 16, impares del 1 al 7 |
SO NA DOLÇA |
impares del 1 al 5a |
JUAN DE LA CIERVA |
pares del 2 al 6, impares del 1 al 5 |
CARDENAL CISNEROS |
pares del 2 al 4b, impares del 1 al 3 |
URÀ |
pares del 2 al 6, impares del 1 al 5 |
PASSATGE CALA MURTA |
el número 2 |
PASSATGE CALA FIGUERA |
el número 2 |
PASSATGE CALA MILLOR |
el número 2 |
PASSATGE CALA MORLANDA |
el número 2 |
ARAGÒ |
los números 323 i 323a |
Tercero. Líneas objeto de esta convocatoria.
Línea A.
Comprende las obras de necesaria ejecución como resultado del IAE o ITE desfavorable o con orden de ejecución abierta por disciplina urbanística. . Quedan excluidas las edificaciones que por cualquier otra causa tengan un expediente disciplinario abierto por el Ayuntamiento de Palma hasta que la situación que la hubiera originado quede resuelta.
La rehabilitación de las lesiones que afecten a la seguridad constructiva y funcional en fachadas y otros elementos comunes en los edificios (bajantes, balcones, accesos, impermeabilizaciones ....)
Línea B.
Comprende la adecuación y limpieza de las zonas privadas de uso publico entre bloques, necesarios para asegurar la integridad de los peatones (arboleda en malas condiciones, aceras, calzada y iluminación) con orden de ejecución o sin ella.
Cuarto. Tipos de ayudas.
La ayuda del Ayuntamiento adoptará la modalidad de subvención a fondo perdido con la condición previa que el resto del coste de las actuaciones subvencionables lo asuman los beneficiarios de la ayuda.
Quinto. Beneficiarios de las ayudas.
Tienen la consideración de persona o entidad beneficiaria de subvenciones las personas físicas o jurídicas que hayan de realizar la actividad que fundamente la adjudicación o que se encuentren en la situación que legitima la concesión.
Cuando la persona o entidad beneficiaria es una persona jurídica los miembros asociados de esta – tanto si son personas físicas como jurídicas – que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamenten la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero, tienen igualmente la consideración de personas o entidades beneficiarias.
Sexto. Normativa de Aplicación
Las ayudas económicas a la rehabilitación residencial se regirán por las presentes bases reguladoras y por las siguientes disposiciones, entre otras:
1. Ordenanza municipal de subvenciones del Ayuntamiento de Palma, aprobada por acuerdo de Pleno de día 26 de febrero del 2015 (BOIB 35, de 12.03.2015)
2. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (actualmente LGS) i Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
3. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB.
4. Las Bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Palma vigente.
5. Ley 39/2015, d'1 de octubre, del procedimiento administrativo común de les administraciones publiques;
6. Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo por la cual se aprueba el texto refundido de haciendas locales.
7. Las otras leyes de derecho administrativo i, en su defecto de estas, las del derecho privado que le sean de aplicación.
No serán de aplicación las normas indicadas en los art.. 25 i 26 de la Ley 2/2020, del 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por el Covid-19, ya que no se encuentran en los supuestos mencionados en esta Ley
Séptimo. Dotación Económica.
La dotación económica de esta convocatoria es de CUATRO-CIENTOS MIL EUROS. (400.000,00 €) La financiación de las ayudas establecidas en esta normativa con cargo a los presupuestos del Ayuntamiento de Palma y gestionados por el PMHRIBA, quedaran limitados a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio y se adecuaran al que se fija en la Ordenanza municipal de subvenciones y a las Bases para la ejecución del presupuesto municipal de 2020, y del resto de la normativa que le sea de aplicación.
La repartición de la dotación económica por líneas es la siguiente:
Línea A).................................... 350.000,00 €
Línea B).................................... 50.000,00 €
Si el importe consignado para el financiamiento de alguna de las líneas especificas no se agotará, el sobrante se aplicará en la otra línea hasta completar el presupuesto total destinado a estas ayudas. Si se da la circunstancia, se podrá aumentar la dotación económica prevista para esta convocatoria sin necesidad de tramitar una nueva.
Octavo. Plazo presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de CUARENTA (40) días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOIB.
Las solicitudes se podrán presentar en el Registro General del Patronat Municipal de l'Habitatge i Rehabilitació de Barris –av. de Gabriel Alomar, 18, planta baja (edificio Avenidas) 07006– mediante cita previa. En este caso, se deberá concretar día y hora a través de sistema de cita previa, por correo electrónico dirigido a sstt@pmh.palma.cat, o por teléfono en los números 971723284 - 971710940 –o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo de las administraciones publiques–, que requerirá confirmación mediante la recepción por parte del solicitante del núm. de expediente que se haya dado a la su solicitud. Las solicitudes se deben presentar de acuerdo con los modelos normalizados que figuren en los anexos II i III de estas Bases y con la documentación requerida en el art. 26 para la línea A y en el art. 27 para la línea B.
Palma, 15 de enero de 2021
La presidenta del Patronat Municipal de l'Habitatge i Riba.
Neus Truyol Caimari