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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

PATRONATO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y REHABILITACIÓN INTEGRAL DE BARRIO

Núm. 1274
Patronat Municipal de l'Habitatge i Riba - Programa de Ayudas a la Rehabilitación 2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Extracto de 30 de diciembre  de 2020 de de Junta de Gobierno por la que se aprueban las bases y la convocatoria pública del PROGRAMA DE AYUDAS A LA   REHABILITACION 2020 para los barrios de CAMP REDÓ, SON GOTLEU Y VERGE DE LLUC  de Palma .

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8ª de la Ley  38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y del artículo  15 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de  Palma,  se  publica el extracto  de la convocatoria, cuyo texto completo podrà consultarse en la Base  de Datos Nacional de Subvenciones. (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index), así como en la web del Patronat  Municipal de l'Habitatge-Riba ( http://patronathabitatge.palma.cat/)

Primero.  Objeto y finalidad de las subvenciones.

La finalidad de esta convocatoria es conseguir la recuperación del Patrimonio Arquitectónico de la ciudad de Palma, y continuar con la tarea de frenar la degradación, debida principalmente al estado en que se encuentran las edificaciones.

Con esta actuación se pretende conseguir una recuperación funcional y estética de los barrios del  Camp Redó, Son Gotleu y Verge de Lluc, señalados actualmente dentro de las áreas  vulnerables de Palma  e incluidos dentro del Plan Estratégico de Palma, dado que se encuentran inmersas dentro de una situación de progresiva degradación arquitectónica y urbanística que requiere la adopción de medidas con el objetivo de detenerla y mantener el patrimonio existente.

Segundo. Ámbito de Aplicación.  

Viviendas zona central Camp Redó 

Calles:

FELIP II

números pares del 2 al 4B

CAN FOSSER (passatge particular)

todos los números

CASTILLO DE OLITE

todos los números

JOAN D'ÀUSTRIA

pares del 2 al 4B, impares del 1 al 3B

EBRO (pasaje particular)

todos los números

VARA DE REY (pasaje particular)

todos los números

ALFONS EL SAVI

todos los pares del 2 al 4B, impares del 1 al 3C

GENERAL RIERA

todos los pares el 120

INFANT PAGÀ

pares el 18, impares del 21 al 25B

COTLLIURE

impares del 17 al 21B

Viviendas  zona central de Son Gotleu

El ámbito de aplicación corresponde a la ARE/65-01 i ARE/65-02 del barrio de Son Gotleu delimitadas en el PGOU de Palma vigente. 

Calles:

PICO TEIDE

 todos los números  (1 al 3)

PICO ALMANZOR

 todos los números  (1 al 3)

PICO AUÑAMENDI

 todos los números  (1 al 3)

PICO PUIGMAL

 todos los números  (1 al 3)

INDALECIO PRIETO

pares del 28 al 44, impares del 25 al 31

CAMÍ DE SON GOTLEU

pares 54 al 56

PICO ALCAZABA

número 2

PICO VELETA

pares del 2 al 10, impares  del 1 al 3

PICO MULHACEN

pares del 2 al 6, impares  del 1 al 3

PICO TEIDE.

todos los números

PICO ANETO

impares del 1 al 3, p impares  el 2

SANTA FLORENTINA

pares del 46 al 58, impares del 49 al 69

TOMAS RULLAN

pares del 52 al 82, impares del 51 al 63

SIETE PICOS

pares del 2 al 8, impares del 1 al 9

PICO PEÑALARA

pares del 2 al 10, impares el 1

PICO CEBOLLERA

pares del 2 al 6, impares del 1 al 5

PICO MONCAYO

números  del 2 i 11

PICOS DE EUROPA.

pares del 2 al 10

FRANCESC JULIÀ.

pares del 46 al 50B

PLAÇA FRA JOAN ALCINA

números del 1 al 3

SAN FULGENCIO

impares  del 11 al 27

Viviendas zona central de Verge de Lluc

El ámbito de aplicación corresponde a la ARE 57-01 del Barrio de Verge de Lluc

Calles

ALFABIA

números 1,2,3,4

PLAÇA FELIX RODRIGUEZ DE LA FUENTE 

todos los números   (1-9)

GRECO

todos los números (1-15a) I (2-12)

MORENETA

pares del 2 AL 4, impares del 1 al 13

GOYA

pares del 2 AL 16, impares del 1 al 7

SO NA DOLÇA

impares del 1 al 5a

JUAN DE LA CIERVA

pares  del 2 al 6, impares del 1 al 5

CARDENAL CISNEROS

pares del 2 al 4b, impares del 1 al 3

URÀ

pares del 2 al 6, impares del 1 al 5

PASSATGE CALA  MURTA

el número 2

PASSATGE CALA FIGUERA

el número 2

PASSATGE CALA MILLOR

el número 2

PASSATGE CALA MORLANDA

el número 2

ARAGÒ

los números 323 i 323a

Tercero. Líneas objeto de esta convocatoria. 

Línea A.

Comprende las obras de necesaria ejecución como resultado del IAE o ITE desfavorable o con orden de ejecución abierta por disciplina urbanística. . Quedan excluidas las edificaciones que por cualquier otra causa tengan un expediente disciplinario abierto por el Ayuntamiento de Palma hasta que la situación que la hubiera originado quede resuelta. 

La rehabilitación de las lesiones que afecten a la seguridad constructiva y funcional en fachadas y otros elementos comunes en los edificios (bajantes, balcones, accesos, impermeabilizaciones   ....)

Línea B.

Comprende la adecuación y  limpieza de las zonas privadas de uso publico entre bloques, necesarios para asegurar la integridad de los peatones (arboleda en malas condiciones, aceras, calzada y iluminación) con orden de ejecución o sin ella.  

Cuarto.  Tipos de ayudas.

La ayuda del Ayuntamiento adoptará la modalidad de subvención a fondo perdido con la condición previa que el resto del coste de las actuaciones subvencionables lo asuman los beneficiarios de la ayuda.

Quinto. Beneficiarios de las ayudas.

Tienen la consideración de persona o entidad beneficiaria de subvenciones  las personas físicas o jurídicas que hayan de realizar  la actividad que fundamente  la adjudicación o que se encuentren en la situación que  legitima la concesión.

Cuando la persona o entidad beneficiaria es una persona jurídica los miembros asociados de esta – tanto si son personas físicas como jurídicas – que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamenten la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero, tienen  igualmente la consideración de personas o entidades beneficiarias.  

Sexto.  Normativa  de Aplicación

Las ayudas económicas a la rehabilitación residencial se regirán por las presentes bases reguladoras y por las siguientes disposiciones, entre otras:

1. Ordenanza municipal de subvenciones del Ayuntamiento de Palma, aprobada por acuerdo de Pleno de día  26 de febrero del 2015 (BOIB 35, de 12.03.2015)

2. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (actualmente  LGS) i Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

3. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba  el texto refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB.

4.  Las Bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Palma vigente. 

5. Ley 39/2015, d'1 de octubre, del procedimiento administrativo común de les administraciones publiques;

6. Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo por la  cual se aprueba el texto refundido  de haciendas locales.   

7. Las otras leyes de derecho administrativo i, en su defecto de estas, las del derecho privado que le sean de aplicación.

No serán de aplicación las normas indicadas en los art.. 25 i 26 de la Ley 2/2020, del 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por el Covid-19, ya que no se encuentran en los supuestos mencionados en esta Ley

Séptimo. Dotación Económica.  

La dotación económica de esta convocatoria es de CUATRO-CIENTOS MIL EUROS.  (400.000,00 €)  La financiación de las ayudas establecidas en esta normativa con cargo a los presupuestos del Ayuntamiento de Palma y gestionados por el PMHRIBA, quedaran limitados a las disponibilidades  presupuestarias de cada ejercicio y se adecuaran al que se fija en la Ordenanza municipal de subvenciones y a las Bases para la ejecución del presupuesto municipal de 2020, y del resto de la normativa que le sea de aplicación.  

La repartición de la dotación económica por líneas es la siguiente:

Línea A).................................... 350.000,00 €

Línea B).................................... 50.000,00 €

Si el importe consignado para el financiamiento de alguna de las líneas especificas no se agotará, el sobrante se aplicará en la otra línea hasta completar el presupuesto total destinado a estas ayudas.  Si se da la circunstancia, se podrá aumentar la dotación económica prevista para esta convocatoria sin necesidad  de tramitar una nueva.

Octavo. Plazo presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de CUARENTA (40) días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el  BOIB.

Las solicitudes se podrán presentar en el Registro General del Patronat Municipal de l'Habitatge i Rehabilitació de Barris –av. de Gabriel Alomar, 18, planta baja (edificio Avenidas) 07006– mediante cita previa. En este caso, se deberá concretar día y hora a través de sistema de cita previa, por correo electrónico dirigido a sstt@pmh.palma.cat, o por teléfono en los números 971723284 - 971710940 –o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo de las administraciones publiques–, que requerirá confirmación mediante la recepción por parte del solicitante  del núm. de expediente que se haya dado a la su solicitud.  Las solicitudes se deben presentar de acuerdo con los modelos normalizados que figuren en los anexos  II i III de estas  Bases y con la documentación requerida en el art. 26 para la línea  A y en el art. 27 para la línea B.

   

Palma,  15 de enero  de 2021

La presidenta del Patronat Municipal  de l'Habitatge i Riba.

Neus Truyol Caimari