Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE LLOSETA
Núm. 1255
Decreto núm. 2021-0058 constitución bolsa de policias locales interinos
Se hace saber para general conocimiento que el Sr. Alcalde en resolución de día 08 de febrero de 2021 , aprobó Decreto núm. 2021-0058, siguiente:
“DECRETO
El 19 de noviembre de 2020 se publicó en el BOIB la convocatoria i les Bases del procedimiento para formar una Bolsa de Policías Locales para el Ayuntamiento de Lloseta mediante el sistema de concurso.
El 29 de enero de 2021, los miembros del tribunal calificador, un una vez valorados los méritos presentados por los aspirantes, elevó a aquesta alcaldía la propuesta de la Bolsa con la puntuación total y el orden de prelación.
Por todo lo expuesto, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de Bases de Régimen Local, RESUELVO:
Primero.- Constituir la siguiente Bolsa de Policías Locales interinos para la atención de futuras necesidades de personal del Ayuntamiento de Lloseta en los términos indicados por el Tribunal de selección:
Apellidos |
Nombre |
DNI |
PUNTUACIÓN |
ALORDA MORENO |
SANTIAGO |
****0925* |
36 |
VIDAL FELANY |
ENRIQUE |
4311***** |
35,784 |
GELABERT MOREY |
JOAN |
4****657* |
35,112 |
FONT PEREDA |
GABRIEL |
43*29**** |
34,288 |
BOVER GUARDIOLA |
MARC |
*82**09** |
26,03 |
Segundo.- Hacer pública la constitución de la Bolsa mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares
Tercer.- Notificar la presente resolución a los interesados y a los representantes de los trabajadores.
Lloseta, 8 de febrero de 2021
El batle
José María Muñoz Pérez
Contra este acuerdo que agota la vía administrativa se puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante la alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso- administrativo, ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. todo ello sin perjuicio de que pueda interponer se, cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho