Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 1251
Decreto de modificación de las bases de la convocatoria para proveer temporalmente el puesto de trabajo de libre designación, Jefe/a de Servicio Juventud y Participación Ciudadana, mediante una comisión de servicios ordinaria voluntaria
Decreto de Alcaldía
1. En fecha 5 de febrero de 2021 la Tenencia de Alcaldía de Servicios Generales e Infraestructuras aprobó las bases de la convocatoria para proveer temporalmente el puesto de trabajo de libre designación, Jefe/a de Servicio de Juventud y Participación Ciudadana (BOIB n.º 16, de 6 de febrero de 2021).
2. Se ha detectado error material en la base segunda, por lo cual se ha de enmendar.
Fundamentos de Derecho
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas prevé que las Administraciones Públicas podrán, así mismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Por todo esto y, en virtud de lo que establece el art. 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases de régimen local, esta Tenencia de Alcaldía dispone la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Modificar la base segunda de la convocatoria para proveer temporalmente el puesto de trabajo de libre designación, Jefe/a de Servicio de Juventud y Participación Ciudadana. (BOIB núm. 16, de 6 de febrero de 2021), en el siguiente sentido:
Donde dice:
“c) Conocimiento de la lengua catalana, nivel C1, que se tiene que acreditar mediante original o fotocopia del correspondiente certificado expedido por el Gobierno Balear o título, diploma o certificado equivalente según la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo de 2013).”
Ha de decir:
“c) Conocimiento de la lengua catalana, nivel B2, que se tiene que acreditar mediante original o fotocopia del correspondiente certificado expedido por el Gobierno Balear o título, diploma o certificado equivalente según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo de 2013).”
2. Otorgar un plazo de tres días hábiles más para presentar instancias para participar.
3. Publicar esta resolución en el BOIB.
Calvià, 8 de febrero de 2021
El teniente de alcalde delegado de Servicios Generales e Infraestructuras (Delegación por Resolución de Alcaldía de fecha 17/06/2019) Juan Recasens Oliver