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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 1242
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2021 por el que se declara inversión de interés autonómico la construcción de una residencia para personas mayores dependientes y un centro de día en la Caserna del Quarter del Duc de Crillón en Es Castell, Menorca

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Texto

El artículo 7 del Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y / o la ampliación de la red de equipamientos públicos de uso educativo, sanitario o social de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que un equipamiento público de uso educativo, sanitario o social se considera como una inversión de interés autonómico cuando así lo declare expresamente el Consejo de Gobierno de las Illes Balears, en cumplimiento del artículo 5 de la Ley 4 / 2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión en las Illes Balears, y de acuerdo con las condiciones que el Consejo de Gobierno determine para ejecutarlo.

Para la declaración de un equipamiento público de uso educativo, sanitario o social como una inversión de interés autonómico, el Consejo de Gobierno de las Illes Balears tiene que identificar los terrenos donde se ubica o se debe ubicar el equipamiento público, indicar la administración a la que corresponda la titularidad, determinar el uso concreto que se debe dar al equipamiento y señalar el sistema general de equipamiento del suelo al que se adscribe o, si dicho equipamiento ya existe, informar de la clasificación y la calificación urbanística correspondiente.

Previamente, la Ley 4/2010 ya había establecido, en el artículo 4, que son inversiones de interés autonómico las declaradas como tales por el Gobierno de las Illes Balears por su especial relevancia para el desarrollo económico y social en su ámbito territorial. En cuanto a la declaración de estas inversiones, el artículo 5 de la Ley 4/2010 dispone que la declaración de una inversión de interés autonómico es adoptada por el Consejo de Gobierno a propuesta de cualquier consejero en el ámbito de la su respectiva competencia. Y añade que esta declaración se puede acordar en cualquier momento de la tramitación administrativa, pero solo tendrá efecto a partir de la fecha en que se declare el interés autonómico de la inversión. La declaración de inversión de interés autonómico implica un impulso preferente y rápido en los diferentes trámites administrativos, ante cualquier administración de las Illes Balears.

Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de diciembre de 2010, se creó el Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Illes Balears (en adelante, el Consorcio), fruto de la fusión de los consorcios de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera, con el fin de impulsar, programar, promover, financiar y ejecutar la creación de infraestructuras, equipamientos, instalaciones y, en general, todo tipo de recursos sociosanitarios, asistenciales y sociales (BOIB núm. 190, de 30 de diciembre de 2010).

En fecha 9 de octubre de 2020 se firmó un convenio entre el Consorcio, el Ayuntamiento de Es Castell, el Consejo insular de Menorca, el Instituto Balear de la Vivienda y la Administración de la CAIB para la determinación del uso y titularidad final de las fincas donde se ubican los cuarteles Duque de Crillón y Conde de Cifuentes de la plaza de la Explanada de Es Castell, así como el solar del Clot de Santa Ana, para fines de interés público o interés social. Mediante dicho convenio, el Consorcio se comprometió a realizar la residencia para personas mayores dependientes dentro del cuartel del Duque de Crillón. En relación con ello, la alcaldesa del municipio de Es Castell emitió, el 18 de diciembre de 2020, una declaración por la que el Ayuntamiento se comprometía a realizar los trámites para la cesión del espacio posterior del edificio para el uso de la residencia.

Por Acuerdo de la Junta Rectora del Consorcio, en fecha 16 de diciembre de 2019 se aprobó el Plan de Actuaciones de 2020, que prevé la construcción de la residencia del municipio de Es Castell.

Al respecto, el Estatuto de autonomía de las Illes Balears, prevé en el artículo 30.15 que la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene la competencia exclusiva en materia de políticas de atención a personas dependientes. Por lo tanto, corresponde a la Comunidad Autónoma la ejecución de las previsiones de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. Esta Ley tiene por objeto regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de la ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, mediante el Sistema para la Autonomía y atención a la Dependencia (SAAD), con la colaboración y la participación de todas las administraciones públicas. Este Sistema responde a una acción coordinada y cooperativa de la Administración General del Estado y las comunidades autónomas que establece medidas en todas las áreas que afectan a las personas en situación de dependencia, con la participación, en su caso, de las entidades locales, de acuerdo con el artículo 1.2 de la Ley 39/2006.

La atención social a las personas mayores y las personas con discapacidad se ha estructurado en redes de centros residenciales y centros comunitarios, tal como establece la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. Esta red asistencial históricamente ha sufrido una carencia de recursos públicos que permitan dar una respuesta ajustada a los estándares de referencia a nivel estatal. Por ello, y vista la aprobación de la Ley 39/2006, se ha procurado la implantación de nuevos recursos, en ejecución de los mandatos incluidos en dicha Ley y atendiendo a la creación de nuevos derechos subjetivos. Entre los recursos que se deben ofrecer a los beneficiarios se encuentran los servicios residenciales, regulados por el Decreto 86/2010. Sin embargo, las posibilidades de acceder a los diferentes recursos previstos legalmente no siempre es posible porque tal y como indica la memoria justificativa, de 26 de noviembre de 2020, el número de plazas existente es totalmente insuficiente para atender la demanda real. De acuerdo con los datos de diciembre de 2019, la lista de espera para una plaza en un servicio residencial en la isla de Menorca ascendía hasta 349 personas.

El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, crea la Dirección General de Planificación, Equipamientos y Formación y le atribuye, entre otras competencias, la planificación de la política de servicios sociales y el fomento de la construcción de equipamientos de servicios sociales. Igualmente, de acuerdo con el anexo 1 de este Decreto, en relación con la disposición adicional primera, el Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Illes Balears queda adscrito a la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes.

Finalmente, de acuerdo con el artículo 7 del Decreto Ley 1/2018, en relación con el artículo 5 de la Ley 4/2010, corresponde al Consejo de Gobierno la declaración de  inversión de interés autonómico, a propuesta de cualquier consejero o consejera en el ámbito de su respectiva competencia.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno a propuesta de la consejera de Salud y Consumo, en la sesión de día 8 de febrero de 2021, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Declarar inversión de interés autonómico la construcción de la residencia para personas mayores dependientes y el centro de día, en el antiguo Cuartel del Duque de Crillón en Es Castell, Menorca, con la consideración de equipamiento público asistencial en suelo urbano. Estas instalaciones estarán ubicadas en la parcela catastral identificada con núm. 0553301FE1105S0001AX, propiedad de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en cumplimiento del convenio firmado entre esta, el Consejo insular de Menorca y el Ayuntamiento de Es Castell; y en una franja de suelo de 4,50 metros de ancho, a lo largo de la totalidad de la fachada suroeste del inmueble, situada sobre el aparcamiento de propiedad municipal, que se corresponde con el antiguo patio del cuartel y que linda con la calle del Duque de Crillon, y al que se refiere la declaración de la alcaldesa del Ayuntamiento de Es Castell de 18 de diciembre de 2020.

Segundo. Notificar este Acuerdo al Ayuntamiento de Es Castell.

Tercero . Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

  

Palma, 8 de febrero de 2021

La secretaria del Consejo de Gobierno

Pilar Costa i Serra