Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓN BALEAR DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGIA (FUNDACIÓN BIT)
Núm. 1151
Bases específicas que regirán la convocatoria para contratar en régimen de interinidad uno/a Técnico/a Superior Jurídico/a para el área Jurídica de la Fundación Bit (JUR01-21)
Primera.- La selección se regirá por las indicaciones recogidas en la presente convocatoria y en la normativa de aplicación.
Segunda.- Se ofrece un contrato de interinidad a tiempo parcial, grupo de clasificación A, con un horario entre las 8:00h y las 15:30h (régimen flexible de entrada y salida) con una remuneración bruta anual para tiempo completo de 34.091,39.-€
El trabajo consiste en gestionar y dirigir los aspectos jurídicos de la Fundación BIT: contratación, área inmobiliaria, urbanismo, aspectos fiscales, defensa jurídica y cualquier otra actividad relativa a la actividad del ente.
Tercera.- Los/las candidatos/tas tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
Cuarta.- El proceso de selección se realizará por una comisión de selección:
Presidente: Amparo Arnao Sáez (titular), Jefe del Servicio de Registro de Personal de la dirección general de Función Pública; Jesús Giménez Rigo (suplente), Jefe del Servicio de Gestión del Personal Funcionario de la dirección general de Función Pública
Vocal: Pilar Romero Otero (titular), Técnica Superior Jurídica; María José López-Polín Hernanz (suplente) Jefe área Económico-Financiero
Secretaria: Raquel Díaz Martín (titular) Jefe de Área de Recursos Humanos; Sonia Plaza García (suplente) Técnico Recursos Humanos
Quinta.- El proceso selectivo constará de 4 fases:
Fase 1-PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS
La documentación justificativa (original y fotocopia) se tendrá que aportar en las oficinas de la Fundació Bit, calle Laura Bassi, s/n-Centro Empresarial Son Espanyol, Parc-Bit, en el horario de 09:00h a 13:00h. Todo ello sin perjuicio de hacerlo en cualquier de las formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las personas interesadas en participar en la convocatoria disponen de 7 días hábiles para presentar la solicitud, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Finalizado el plazo para presentar las solicitudes, se publicará una lista provisional de admitidos y excluidos con un plazo de 5 días hábiles para enmendar las posibles omisiones y/o deficiencias.
El Gerente de la entidad emitirá resolución con el listado definitivo de admitidos y empezará la siguiente fase
Solo los candidatos o candidatas que cumplan con los requisitos pasarán a la fase 2.
Fase 2 – PRUEBA DE CONOCIMIENTOS (5 PUNTOS)
Prueba tipo test con 50 preguntas de opción múltiple (4 opciones).
De cada pregunta solo una respuesta será correcta. En la prueba se pedirán cuestiones del siguiente temario:
Esta prueba tendrá una duración de 60 minutos. Cada pregunta tendrá una puntuación total de 0,10 puntos. Las preguntas mal contestadas restarán 0,033 puntos, redondeando al segundo decimal.
La puntuación máxima es de 5 puntos. Solo los candidatos que superen la prueba de conocimientos con una puntuación de 2 puntos o superior podrán continuar con el proceso de selección.
Fase 3 – ENTREVISTA PERSONAL (1 PUNTO)
Entrevista personal- Se valorarán las competencias específicas que se requieren por la realización del trabajo: Capacidad de trabajar en equipo, capacidad de autoaprendizaje, autonomía y capacidad resolutiva.
Fase 4 – VALORACIÓN DE MÉRITOS (4 PUNTOS)
Experiencia laboral en departamento jurídico o asesoría haciendo tareas de contratación pública tanto a la Administración Pública o en una entidad del Sector Público Instrumental, 0,15 puntos por cada mes de trabajo con un máximo de 3 puntos
Experiencia laboral en departamento jurídico o asesoría haciendo tareas de nivel jurídico tanto en empresa privada como la Administración Pública o a una entidad del Sector Público Instrumental, 0,15 puntos por cada mes de trabajo con un máximo de 0,5 puntos.
La experiencia laboral se justificará con: un informe de vida laboral, el Curriculum vitae (donde se tienen que especificar las tareas de contratación desarrolladas y/o las de nivel jurídico, así como el tiempo que se ha trabajado en ellos), una declaración jurada de la veracidad de los datos y el contrato de trabajo o certificado adecuado del empleador.
Conocimientos de catalán: 0,5 puntos para el nivel C2. Acreditado mediante certificado, título, diploma o equivalente, expedido u homologado por el órgano competente en materia lingüística del Gobierno de las Islas Baleares o equivalente.
Concluida la valoración de los méritos, la comisión de selección elaborará una lista provisional con las puntuaciones que han obtenido los aspirantes, con indicación del número del documento nacional de identidad y se abrirá un plazo de cinco días hábiles, desde el día siguiente de la publicación de la lista, para la presentación de alegaciones.
La comisión de selección valorará las alegaciones y elaborará las listas definitivas que se elevarán al Gerente para la resolución definitiva del proceso.
La persona con una mayor puntuación será la persona seleccionada. Se hace la reserva de un puesto de trabajo que podrá ser llamado si se produce una baja en este puesto de trabajo.
En el supuesto de que varios candidatos/se obtengan la misma puntuación, el criterio para establecer la orden de prelación en la puntuación final, será el siguiente:
1. Ser mujer, debido a la representación inferior al 40%, del género femenino en la categoría de técnico superior a la Fundación Bit, de acuerdo con el artículo 43 de la ley Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
2. Puntuación en la entrevista personal
3. Puntuación de experiencia profesional
Toda la información del proceso de selección (convocatorias de la prueba de conocimientos, lista provisional, definitiva,...) se publicarán a través de la web de la Fundación Bit https://www.fundaciobit.org/category/ofertes-de-feina y en las oficinas de la Fundació Bit en el ParcBit
El orden jurisdiccional social es el competente para resolver las controversias derivadas de estas bases, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, sin que se pueda interponer ningún recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social, sin perjuicio que se pueda presentar una reclamación ante el órgano que dicta estas bases.
Palma, 2 de febrero de 2021
El gerente de la Fundación Balear de Innovación y Tecnología Álvaro Medina Ballester