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AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 1104
Resolución de Alcaldía de fecha 3 de febrero de 2021, por la que se emplaza a los posibles interesados en el recurso contencioso administrativo tramitado mediante procedimiento ordinario 779/2020, ante el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares
Dando cumplimiento al requerimiento hecho por el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, se hace pública la interposición del recurso contencioso-administrativo tramitado mediante procedimiento ordinario 779/2020, interpuesto por OPERIBERICA SA, contra el Ayuntamiento de Alcudia, en reclamación de la disposición de fecha 22 de septiembre de 2020 que eleva a definitivo el acuerdo del Pleno adoptado en sesión ordinaria de día 03 de julio de 2020, se comunica la Resolución de Alcaldía núm. 228 /2021, de fecha 3 de febrero.
"RESOLUCIÓN
Dado que mediante decreto de fecha 15 de enero de 2021 el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares se admite a trámite recurso contencioso-administrativo interpuesto por OPERIBERICA SA, procedimiento ordinario 779/2020, contra la Ordenanza reguladora de los horarios de establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas de Alcudia.
Dado que el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de régimen jurídico contencioso administrativo, en fecha 26 de enero de 2021, el letrado municipal de este Ayuntamiento recibió por medios electrónicos, oficio emitido por la letrada de la Administración de Justicia requiriendo la remisión del expediente, y en su caso, de las oportunas notificaciones previstas en el artículo 49 de la mencionada Ley, de emplazamiento a posibles interesados.
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Alcaldía, en uso de las facultades conferidas
RESUELVO
Primero.- Ordenar la remisión del expediente núm. 2019/1861 con respecto a la Ordenanza reguladora de los horarios de establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas de Alcudia, al Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo improrrogable de 20 días, de conformidad con lo establecido el artículo 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de régimen jurídico contencioso administrativo.
Segundo.- Emplazar a los posibles interesados para que puedan comparecer y personarse como demandados, en el plazo de 9 días, ante el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo previsto en el artículo 49 y 50 de la citada Ley 29/1998.
Tercero.- Comunicar a las personas interesadas que si se presentan fuera del plazo indicado, se les considerará parte para los trámites no precluidos. Si no comparecen oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a efectuar, en estrados o en cualquier otra forma, notificaciones de ningún tipo.
Cuarto.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares."
Alcudia, en fecha de la firma
He tomado razón,
La Alcaldesa El Secretario
Bàrbara Rebassa Bisbal Juan Seguí Serra"
Lo que se publica.
Alcudia, 4 de febrer de 2021
La alcaldesa
Bárbara Rebassa Bisbal