Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
PUERTOS DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 1077
Acuerdo de modificación de la concesión administrativa otorgada al Club Náutico de s’Estanyol para la realización de obras y explotación de la instalación náutica, del puerto deportivo de escala s’Estanyol
El consejo de administración de Ports de les Illes Balears en fecha 29 de octubre de 2020 ha adoptado el siguiente ACUERDO
Primero. Modificar el plazo concesional y canon de la concesión administrativa otorgada por acuerdo del Consejo de Administración el 28 de septiembre de 2010, a la entidad Club Náutico de s'Estanyol, para la realización de obras y explotación del puerto deportivo de escala s'Estanyol, por adaptación a la Ley 10/2005 de 21 de junio de Ports de les Illes Balears sito en un tramo de costa del T.M. de Llucmajor/Mallorca, en virtud de la Disposición Adicional 8ª de esta Ley, en los siguientes términos:
Plazo concesional: Se amplía en 5 años.
Canon anual: 79.137,09 €.
Segundo. Publicar el presente acuerdo en el BOIB y notificarlo a los interesados en el procedimiento, significando que contra el mismo, que agota la vía administrativa, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Administración de Puertos de las Islas Baleares, en el plazo de un mes a interponer desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112 y 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o de forma alternativa recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.
Palma, 1 de febrero de 2021
El vicepresidente
Xavier Ramis Otazua