Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SÓLLER

Núm. 858
Aprobación del calendario del contribuyente para el ejercicio 2021

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En cumplimiento de lo acordado en la Junta de Gobierno Local de fecha 27 de Enero de 2021, se publica el calendario del contribuyente para el ejercicio 2021, en el cual se fijan los plazos de cobro en periodo voluntario para el pago de los tributos de cobro periódico y notificación colectiva, con objeto de aportar una garantía a los contribuyentes de conocer cuándo debe afrontar el pago de los tributos y exacciones que se exigen desde el Ayuntamiento.

Periodo de cobro

Tributos

12/02/2021 A 12/04/2021

FEMS (1T) Recogida domiciliaria de residuos sólidos urbanos

I.V.T.M. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica

23/04/2021 A 23/06/2021

FEMS (2T) Recogida de Basuras

Arbitrios

03/06/2021 A 03/08/2021

I.B.I.U. Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana

I.B.I.R. Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica

09/07/2021 A 09/09/2021

FEMS Recogida de Basuras y limpieza viaria (3T)

01/07/2021 A 01/09/2021

TASA MERCADOS OCASIONALES.

01/10/2021 A 01/12/2021

FEMS Recogida de Basuras y limpieza viaria (4T)

I.A.E. Impuesto sobre actividades económicas.

En referencia al periodo de cobro de los recibos de I.B.I.:

De acuerdo a las ordenanzas vigentes, los recibos del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles (IBIU y IBIR) por importes superiores a 90€ con orden de pago a través del banco, siempre que se hayan domiciliado antes del mes de marzo, se cobrarán fraccionados:

- 1º plazo, el 60% del importe del recibo, se cobrará el mes de Junio, dentro del periodo voluntario.

- 2º plazo, el 40% restante, en la primera semana del mes de Noviembre.

(Este fraccionamiento sólo se efectuará a los recibos domiciliados y el impago del primer plazo anulará el fraccionamiento concedido, iniciándose el periodo ejecutivo por la totalidad de la deuda tributaria).

La Junta de Gobierno Local se reserva la facultad de modificar el presente calendario cuando, por motivos de carácter técnico debidamente justificados, sea imposible la gestión de los recursos económicos indicados en las fechas señaladas, informando de dicha circunstancia a los ciudadanos con suficiente antelación.

 

Sóller, 28 de enero de 2021

El alcalde Carlos Simarro Vicens.